Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2025-14537)
Resolución de 7 de julio de 2025, de la Universidad Pompeu Fabra, por la que se convoca concurso de acceso a plaza de cuerpos docentes universitarios.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 14 de julio de 2025
Sec. II.B. Pág. 93818
3.3 Las solicitudes también se pueden presentar de forma presencial en el Registro
de la Universidad Pompeu Fabra (calle de la Mercè, 12, 08002 Barcelona), en cualquiera
de sus sedes, en el horario que se especifica en la web de la Universidad https://
www.upf.edu/web/registre-general. En este caso, deberá presentarse mediante el
formulario específico que se puede obtener en la web de la Universidad Pompeu Fabra
https://www.upf.edu/web/personal/ofertes-pdi.
Las solicitudes también pueden presentarse por cualquiera de los medios
establecidos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que son los siguientes:
a) En el registro electrónico de cualquiera de los sujetos a que se refiere el
artículo 2.1 de esta Ley 39/2015.
b) En las oficinas de correos del estado español, de acuerdo con el reglamento por
el que se regula la prestación de los servicios postales, en desarrollo de lo que se
establece en la Ley 43/2010, de 30 de diciembre, del servicio postal universal, de los
derechos de los usuarios y del mercado postal.
c) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el
extranjero.
d) En las oficinas de asistencia en materia de registros.
e) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
3.4 Las personas aspirantes deben satisfacer la tasa de 72,05 euros en concepto
de derechos, de acuerdo con la Orden PRE/112/2023, de 9 de mayo, por la que se hace
pública la relación de tasas vigentes que gestionan el Departamento de la Presidencia y
los organismos y las entidades que dependen. Sobre ese importe, se aplicarán las
exenciones o bonificaciones establecidas en la misma orden.
En caso de que la presentación de la solicitud se realice mediante el registro
electrónico, el pago de la tasa se deberá efectuar con tarjeta bancaria seleccionando
TPV Terminal en Punto de Venta al final del trámite.
En caso de que la presentación de la solicitud sea de forma presencial, el pago debe
efectuarse en cualquiera de las oficinas del Banco de Sabadell, mediante ingreso en caja
o por transferencia electrónica, en la cuenta corriente núm. ES18 0081 0603 0400 0137
0247, «Universitat Pompeu Fabra. Cuenta restringida de ingresos: PDI». Habrá que
indicar como nombre del remitente el del propio aspirante. El resguardo del pago debe
adjuntarse como documentación de la solicitud.
Para los casos de exenciones o bonificaciones de pago, será necesario adjuntar la
acreditación del motivo, tanto si se realiza la presentación de la solicitud por medio
electrónico como si se efectúa de forma presencial. La no presentación de esta
acreditación determinará su exclusión en este concurso.
La carencia del pago de la tasa o el pago incompleto en el plazo de presentación de
solicitudes determina la exclusión de la candidatura. Por tanto, no se podrá formalizar el
pago en el plazo de enmiendas. Para acreditar el pago debe adjuntarse el comprobante
a la solicitud.
Las tasas satisfechas no serán objeto de devolución en caso de exclusión de la
convocatoria por falta de cumplimiento de los requisitos, así como tampoco por causa de
renuncia de la persona aspirante, o por otras causas que impidan su participación en el
proceso selectivo, excepto por causa de fuerza mayor que será necesario acreditar.
3.5 Junto con la solicitud y dentro del plazo establecido en la base 3.2, las personas
candidatas deben adjuntar la siguiente documentación:
a) Copias de los documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos
específicos de la base 2.2.
b) En caso de pago de tasa mediante transferencia bancaria, justificante del pago
de la tasa.
cve: BOE-A-2025-14537
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 168
Lunes 14 de julio de 2025
Sec. II.B. Pág. 93818
3.3 Las solicitudes también se pueden presentar de forma presencial en el Registro
de la Universidad Pompeu Fabra (calle de la Mercè, 12, 08002 Barcelona), en cualquiera
de sus sedes, en el horario que se especifica en la web de la Universidad https://
www.upf.edu/web/registre-general. En este caso, deberá presentarse mediante el
formulario específico que se puede obtener en la web de la Universidad Pompeu Fabra
https://www.upf.edu/web/personal/ofertes-pdi.
Las solicitudes también pueden presentarse por cualquiera de los medios
establecidos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que son los siguientes:
a) En el registro electrónico de cualquiera de los sujetos a que se refiere el
artículo 2.1 de esta Ley 39/2015.
b) En las oficinas de correos del estado español, de acuerdo con el reglamento por
el que se regula la prestación de los servicios postales, en desarrollo de lo que se
establece en la Ley 43/2010, de 30 de diciembre, del servicio postal universal, de los
derechos de los usuarios y del mercado postal.
c) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el
extranjero.
d) En las oficinas de asistencia en materia de registros.
e) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
3.4 Las personas aspirantes deben satisfacer la tasa de 72,05 euros en concepto
de derechos, de acuerdo con la Orden PRE/112/2023, de 9 de mayo, por la que se hace
pública la relación de tasas vigentes que gestionan el Departamento de la Presidencia y
los organismos y las entidades que dependen. Sobre ese importe, se aplicarán las
exenciones o bonificaciones establecidas en la misma orden.
En caso de que la presentación de la solicitud se realice mediante el registro
electrónico, el pago de la tasa se deberá efectuar con tarjeta bancaria seleccionando
TPV Terminal en Punto de Venta al final del trámite.
En caso de que la presentación de la solicitud sea de forma presencial, el pago debe
efectuarse en cualquiera de las oficinas del Banco de Sabadell, mediante ingreso en caja
o por transferencia electrónica, en la cuenta corriente núm. ES18 0081 0603 0400 0137
0247, «Universitat Pompeu Fabra. Cuenta restringida de ingresos: PDI». Habrá que
indicar como nombre del remitente el del propio aspirante. El resguardo del pago debe
adjuntarse como documentación de la solicitud.
Para los casos de exenciones o bonificaciones de pago, será necesario adjuntar la
acreditación del motivo, tanto si se realiza la presentación de la solicitud por medio
electrónico como si se efectúa de forma presencial. La no presentación de esta
acreditación determinará su exclusión en este concurso.
La carencia del pago de la tasa o el pago incompleto en el plazo de presentación de
solicitudes determina la exclusión de la candidatura. Por tanto, no se podrá formalizar el
pago en el plazo de enmiendas. Para acreditar el pago debe adjuntarse el comprobante
a la solicitud.
Las tasas satisfechas no serán objeto de devolución en caso de exclusión de la
convocatoria por falta de cumplimiento de los requisitos, así como tampoco por causa de
renuncia de la persona aspirante, o por otras causas que impidan su participación en el
proceso selectivo, excepto por causa de fuerza mayor que será necesario acreditar.
3.5 Junto con la solicitud y dentro del plazo establecido en la base 3.2, las personas
candidatas deben adjuntar la siguiente documentación:
a) Copias de los documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos
específicos de la base 2.2.
b) En caso de pago de tasa mediante transferencia bancaria, justificante del pago
de la tasa.
cve: BOE-A-2025-14537
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 168