Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-14573)
Resolución de 4 de julio de 2025, del Consorcio Centro de Investigación Biomédica en Red, por la que se publica el Convenio con la Fundación Ramón Areces, para la promoción y ejecución del «Proyecto Geneborn: Genoma Neonatal en España. Proyecto Piloto de implementación del cribado genómico neonatal en todas las comunidades autónomas en España».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 168

Lunes 14 de julio de 2025

Sec. III. Pág. 94052

b) Anualmente, el Coordinador Científico deberá remitir, junto con la Entidad
Coordinadora, a través del acceso concedido al Área Privada de la Fundación, el Informe
Anual del desarrollo de los trabajos de ejecución del Proyecto de Investigación,
comunicaciones a congresos, así como los gastos realizados, acompañando un
certificado del responsable económico que acredite que el gasto está ejecutado y
pagado, e indique la partida concreta del presupuesto aprobado en la que estaba
incluido.
El Informe Anual deberá reportar las tareas realizadas, haciendo referencia expresa
a los objetivos que figuran en el Proyecto de Investigación, de modo que se pongan de
manifiesto los avances en el cumplimiento de estos. Además, el Informe irá acompañado
de las publicaciones que resulten del desarrollo del Proyecto de Investigación, las cuales
se adjuntarán obligatoriamente al Área Privada de la Fundación (en formato PDF).
c) Antes de que transcurran doce meses desde la finalización del Proyecto de
Investigación, el Coordinador Científico deberá remitir a la Fundación una Memoria Final
del Proyecto que incluirá una descripción de los resultados finales obtenidos, indicando
su relevancia y relación con los objetivos propuestos inicialmente, una lista de las
publicaciones derivadas del mismo, un listado de los actos científicos o no de difusión del
Proyecto de Investigación, y el reporte final de la ejecución del gasto por parte de la
Entidad Coordinadora desglosando el presupuesto ejecutado.
El contenido de dicha memoria deberá adecuarse al modelo que facilite el Consejo
Científico de la Fundación.
d) Asimismo, veinticuatro meses después del fin del Proyecto de Investigación, el
Coordinador Científico deberá remitir a la Fundación un informe de impacto indicando los
resultados obtenidos asociados al proyecto, el impacto medido en el campo de
enfermedades raras, con los parámetros que se consideren adecuados para el Proyecto
de Investigación, y un breve resumen dirigido al público general de una página como
máximo.
Adicionalmente, mediante la suscripción del presente convenio, el Coordinador
Científico declara expresamente que:
1. No ha obtenido una concesión previa de fondos de otra procedencia para
financiar todo o parte del Proyecto de Investigación, fuera de la posible utilización de los
consignados en el apartado correspondiente del formulario del proyecto.
2. En el caso de que se plantease la posibilidad de obtener (por su parte o la de
cualquiera de las entidades colaboradoras) cualquier tipología de concesión de nuevos
fondos para financiar en todo en parte dicho proyecto, solicitaría el previo visto bueno por
escrito al Consejo Científico de la Fundación.
Sexta.

Compromisos asumidos por la Entidad Coordinadora.

a) Mantener las comunicaciones con la Fundación (salvo aquellas específicamente
atribuidas al Coordinador Científico).
b) Remitir a la Fundación en el plazo máximo de un mes desde la eficacia del
presente convenio, los documentos suscritos con el resto de entidades colaboradoras
que deberá incluir la asunción de las obligaciones recogidas en las bases que rigieron la
convocatoria y en este convenio.
En concreto, dichos documentos deberán recoger, al menos, las siguientes
cuestiones:
1. el compromiso de las entidades colaboradoras de realizar los trabajos de
ejecución del Proyecto de Investigación con arreglo al plan del mismo y a las
estipulaciones de este convenio (incluyendo su anexo I);

cve: BOE-A-2025-14573
Verificable en https://www.boe.es

Además de los compromisos asumidos en el resto de las estipulaciones de este
convenio, la Entidad Coordinadora se compromete a lo siguiente: