Ministerio de Economía, Comercio y Empresa. III. Otras disposiciones. Deuda del Estado. (BOE-A-2025-14565)
Resolución de 11 de julio de 2025, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, por la que se disponen determinadas emisiones de Bonos y Obligaciones del Estado en el mes de julio de 2025 y se convocan las correspondientes subastas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 14 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 93980
cinco años al 2,70 por 100. En las Obligaciones a diez años al 3,20 por 100 el primer
cupón a pagar será el 31 de octubre de 2025, por un importe de 1,306301 por 100,
según se establece en la Orden ECM/544/2025.
2.3 De conformidad con lo previsto en el número 2 de la Orden de 19 de junio
de 1997, los Bonos y Obligaciones que se emiten tienen la calificación de Bonos
segregables. No obstante, para el inicio de las operaciones de segregación y reconstitución
en las Obligaciones a diez años al 3,20 por 100, que se emiten, la autorización deberá
aprobarse por la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional.
3. Las subastas tendrán lugar el próximo 17 de julio de 2025, conforme al
calendario hecho público en el apartado 1 de la Resolución de 16 de enero de 2025 y el
precio de las peticiones competitivas que se presenten a las subastas se consignará en
tanto por ciento con dos decimales, el segundo de los cuales podrá ser cualquier número
entre el cero y el nueve, ambos incluidos, y se formulará ex-cupón. A este respecto, el
cupón corrido de los valores que se ponen en oferta, calculado de la forma que se
establece en el artículo 14.2 de la Orden ECM/3/2025, de 14 de enero, es el 1,27
por 100 en los Bonos a cinco años al 2,70 por 100, el 0,42 por 100 en las Obligaciones a
diez años al 3,20 por 100 y el 1,95 por 100 en Obligaciones al 2,70 por 100.
4. Las segundas vueltas de las subastas convocadas mediante esta resolución, a
las que tendrán acceso en exclusiva los Creadores de Mercado que actúan en el ámbito
de los Bonos y Obligaciones del Estado, se desarrollarán entre la resolución de las
subastas y las doce horas del día hábil anterior al de puesta en circulación de los valores
y serán adjudicadas al precio marginal resultante de la fase de subasta, conforme a la
normativa reguladora de estas entidades.
5. Los valores que se emitan en estas subastas se pondrán en circulación el día 22 de
julio de 2025, fecha de desembolso y adeudo en cuenta fijada para los titulares de cuentas
en la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de
Valores, SA Unipersonal, y se admitirán de oficio a negociación en AIAF Mercado de Renta
Fija. Además, estos valores se agregarán, en cada caso, a las emisiones reseñadas en el
apartado 2 anterior, teniendo la consideración de ampliación de aquéllas, con las que se
gestionarán como una única emisión a partir de su puesta en circulación.
6. En el anexo de la presente resolución, y con carácter informativo a efectos de la
participación en las subastas, se incluyen tablas de equivalencia entre precios y
rendimientos de los Bonos y Obligaciones del Estado cuya emisión se dispone, calculadas
de acuerdo con lo previsto en el artículo 14.2 de la Orden ECM/3/2025, de 14 de enero.
Madrid, 11 de julio de 2025.–La Directora General del Tesoro y Política Financiera, P. D.
de firma (Resolución de 20 de febrero de 2024), la Subdirectora General de Gestión de la
Deuda Pública, Mercedes Abascal Rojo.
ANEXO
Tabla de equivalencia entre precios y rendimientos para los Bonos del Estado
a 5 años al 2,70 %, vto. 31 de enero de 2030
(Subasta del día 17 de julio)
Precio
Ex-cupón
Rendimiento bruto*
–
Porcentaje
99,50
2,817
99,55
2,806
99,60
2,794
99,65
2,782
cve: BOE-A-2025-14565
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 168
Lunes 14 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 93980
cinco años al 2,70 por 100. En las Obligaciones a diez años al 3,20 por 100 el primer
cupón a pagar será el 31 de octubre de 2025, por un importe de 1,306301 por 100,
según se establece en la Orden ECM/544/2025.
2.3 De conformidad con lo previsto en el número 2 de la Orden de 19 de junio
de 1997, los Bonos y Obligaciones que se emiten tienen la calificación de Bonos
segregables. No obstante, para el inicio de las operaciones de segregación y reconstitución
en las Obligaciones a diez años al 3,20 por 100, que se emiten, la autorización deberá
aprobarse por la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional.
3. Las subastas tendrán lugar el próximo 17 de julio de 2025, conforme al
calendario hecho público en el apartado 1 de la Resolución de 16 de enero de 2025 y el
precio de las peticiones competitivas que se presenten a las subastas se consignará en
tanto por ciento con dos decimales, el segundo de los cuales podrá ser cualquier número
entre el cero y el nueve, ambos incluidos, y se formulará ex-cupón. A este respecto, el
cupón corrido de los valores que se ponen en oferta, calculado de la forma que se
establece en el artículo 14.2 de la Orden ECM/3/2025, de 14 de enero, es el 1,27
por 100 en los Bonos a cinco años al 2,70 por 100, el 0,42 por 100 en las Obligaciones a
diez años al 3,20 por 100 y el 1,95 por 100 en Obligaciones al 2,70 por 100.
4. Las segundas vueltas de las subastas convocadas mediante esta resolución, a
las que tendrán acceso en exclusiva los Creadores de Mercado que actúan en el ámbito
de los Bonos y Obligaciones del Estado, se desarrollarán entre la resolución de las
subastas y las doce horas del día hábil anterior al de puesta en circulación de los valores
y serán adjudicadas al precio marginal resultante de la fase de subasta, conforme a la
normativa reguladora de estas entidades.
5. Los valores que se emitan en estas subastas se pondrán en circulación el día 22 de
julio de 2025, fecha de desembolso y adeudo en cuenta fijada para los titulares de cuentas
en la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de
Valores, SA Unipersonal, y se admitirán de oficio a negociación en AIAF Mercado de Renta
Fija. Además, estos valores se agregarán, en cada caso, a las emisiones reseñadas en el
apartado 2 anterior, teniendo la consideración de ampliación de aquéllas, con las que se
gestionarán como una única emisión a partir de su puesta en circulación.
6. En el anexo de la presente resolución, y con carácter informativo a efectos de la
participación en las subastas, se incluyen tablas de equivalencia entre precios y
rendimientos de los Bonos y Obligaciones del Estado cuya emisión se dispone, calculadas
de acuerdo con lo previsto en el artículo 14.2 de la Orden ECM/3/2025, de 14 de enero.
Madrid, 11 de julio de 2025.–La Directora General del Tesoro y Política Financiera, P. D.
de firma (Resolución de 20 de febrero de 2024), la Subdirectora General de Gestión de la
Deuda Pública, Mercedes Abascal Rojo.
ANEXO
Tabla de equivalencia entre precios y rendimientos para los Bonos del Estado
a 5 años al 2,70 %, vto. 31 de enero de 2030
(Subasta del día 17 de julio)
Precio
Ex-cupón
Rendimiento bruto*
–
Porcentaje
99,50
2,817
99,55
2,806
99,60
2,794
99,65
2,782
cve: BOE-A-2025-14565
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 168