Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Energía eléctrica. (BOE-A-2025-14558)
Resolución de 10 de julio de 2025, de la Secretaría de Estado de Energía, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 8 de julio de 2025, por el que se aprueba el listado de actuaciones que se incorporan en el Plan de Desarrollo de la Red de Transporte de Energía Eléctrica 2021-2026 para aumentar la resiliencia de la red de transporte de energía eléctrica.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 168
Lunes 14 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 93927
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
14558
Resolución de 10 de julio de 2025, de la Secretaría de Estado de Energía,
por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 8 de julio de
2025, por el que se aprueba el listado de actuaciones que se incorporan en el
Plan de Desarrollo de la Red de Transporte de Energía Eléctrica 2021-2026
para aumentar la resiliencia de la red de transporte de energía eléctrica.
El Consejo de Ministros, en su reunión de 8 de julio de 2025, ha aprobado el acuerdo
por el que se aprueba el listado de actuaciones que se incorporan en el Plan de
Desarrollo de la Red de Transporte de Energía Eléctrica 2021-2026 para aumentar la
resiliencia de la red de transporte de energía eléctrica.
De acuerdo con lo dispuesto en el apartado quinto de dicho acuerdo, se dispone su
publicación en el «Boletín Oficial del Estado» como anexo a esta resolución.
Madrid, 10 de julio de 2025.–El Secretario de Estado de Energía, Joan Groizard
Payeras.
ANEXO
Acuerdo por el que se aprueba el listado de actuaciones que se incorporan
en el Plan de Desarrollo de la Red de Transporte de Energía Eléctrica 2021-2026
para aumentar la resiliencia de la red de trasporte de energía eléctrica
1. Incremento de la seguridad del suministro mediante el refuerzo de la red de
transporte.
2. Desarrollo de conexiones con los sistemas no peninsulares y entre islas.
3. Desarrollo de interconexiones internacionales.
4. Mejora de la integración de generación, en particular de las energías renovables.
5. Alimentación de nuevos ejes del Tren de Alta Velocidad.
6. Apoyo a la red de distribución y a la nueva demanda de grandes consumidores,
principalmente industriales.
cve: BOE-A-2025-14558
Verificable en https://www.boe.es
La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, en su artículo 4 establece
que la planificación eléctrica tendrá por objeto prever las necesidades del sistema
eléctrico para garantizar el suministro de energía a largo plazo, así como definir las
necesidades de inversión en nuevas instalaciones de transporte de energía eléctrica,
todo ello bajo los principios de transparencia y de mínimo coste para el conjunto del
sistema, introduciendo a su vez criterios medioambientales y de eficiencia económica. La
planificación energética relativa al desarrollo de la red de transporte de energía eléctrica,
que es a la que se refiere el presente acuerdo, resulta vinculante y debe detallar las
infraestructuras que han de ser desarrolladas por el transportista de energía eléctrica.
En la actualidad, está en vigor el documento «Plan de Desarrollo de la Red de
Transporte de Energía Eléctrica 2021-2026», sometido al Congreso de los Diputados
el 24 de febrero de 2022 y aprobado mediante Acuerdo del Consejo de Ministros de 22
de marzo de 2022 (BOE de 19 de abril de 2022).
El documento recoge aquellas infraestructuras necesarias para garantizar la
seguridad de suministro en el horizonte de planificación 2021-2026, respondiendo
principalmente a las siguientes necesidades:
Núm. 168
Lunes 14 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 93927
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
14558
Resolución de 10 de julio de 2025, de la Secretaría de Estado de Energía,
por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 8 de julio de
2025, por el que se aprueba el listado de actuaciones que se incorporan en el
Plan de Desarrollo de la Red de Transporte de Energía Eléctrica 2021-2026
para aumentar la resiliencia de la red de transporte de energía eléctrica.
El Consejo de Ministros, en su reunión de 8 de julio de 2025, ha aprobado el acuerdo
por el que se aprueba el listado de actuaciones que se incorporan en el Plan de
Desarrollo de la Red de Transporte de Energía Eléctrica 2021-2026 para aumentar la
resiliencia de la red de transporte de energía eléctrica.
De acuerdo con lo dispuesto en el apartado quinto de dicho acuerdo, se dispone su
publicación en el «Boletín Oficial del Estado» como anexo a esta resolución.
Madrid, 10 de julio de 2025.–El Secretario de Estado de Energía, Joan Groizard
Payeras.
ANEXO
Acuerdo por el que se aprueba el listado de actuaciones que se incorporan
en el Plan de Desarrollo de la Red de Transporte de Energía Eléctrica 2021-2026
para aumentar la resiliencia de la red de trasporte de energía eléctrica
1. Incremento de la seguridad del suministro mediante el refuerzo de la red de
transporte.
2. Desarrollo de conexiones con los sistemas no peninsulares y entre islas.
3. Desarrollo de interconexiones internacionales.
4. Mejora de la integración de generación, en particular de las energías renovables.
5. Alimentación de nuevos ejes del Tren de Alta Velocidad.
6. Apoyo a la red de distribución y a la nueva demanda de grandes consumidores,
principalmente industriales.
cve: BOE-A-2025-14558
Verificable en https://www.boe.es
La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, en su artículo 4 establece
que la planificación eléctrica tendrá por objeto prever las necesidades del sistema
eléctrico para garantizar el suministro de energía a largo plazo, así como definir las
necesidades de inversión en nuevas instalaciones de transporte de energía eléctrica,
todo ello bajo los principios de transparencia y de mínimo coste para el conjunto del
sistema, introduciendo a su vez criterios medioambientales y de eficiencia económica. La
planificación energética relativa al desarrollo de la red de transporte de energía eléctrica,
que es a la que se refiere el presente acuerdo, resulta vinculante y debe detallar las
infraestructuras que han de ser desarrolladas por el transportista de energía eléctrica.
En la actualidad, está en vigor el documento «Plan de Desarrollo de la Red de
Transporte de Energía Eléctrica 2021-2026», sometido al Congreso de los Diputados
el 24 de febrero de 2022 y aprobado mediante Acuerdo del Consejo de Ministros de 22
de marzo de 2022 (BOE de 19 de abril de 2022).
El documento recoge aquellas infraestructuras necesarias para garantizar la
seguridad de suministro en el horizonte de planificación 2021-2026, respondiendo
principalmente a las siguientes necesidades: