Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. I. Disposiciones generales. Calidad de las aguas. Entidades colaboradoras. (BOE-A-2025-14455)
Orden TED/739/2025, de 19 de junio, por la que se desarrolla el régimen jurídico de las entidades colaboradoras de la administración hidráulica en materia de aprovechamientos y protección de las aguas del dominio público hidráulico.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 168
Lunes 14 de julio de 2025
Sec. I. Pág. 93544
ANEXO II
Documentación exigida
A)
Datos de la entidad y de las delegaciones o laboratorios.
Los datos incluidos en el Formulario de solicitud deberán complementarse con la
siguiente información:
Información acerca de la entidad o laboratorio:
– En el caso de laboratorios, identificación y localización de las instalaciones que
desea incluir en el título de EACH.
– En el caso de entidades de inspección, identificación y localización de los
emplazamientos que desea incluir en el título de EACH.
– Persona titular de la Dirección Técnica.
– Cuando se trate de una revisión del título de ECAH deberá incluir el código
identificativo de la entidad en el Registro de ECAH (EC XXX/X rev.X).
Datos que desea que figuren como contacto en el portal de internet del Ministerio
para la Transición Ecológica y Reto Demográfico, tales como dirección, teléfono y e-mail.
B)
Actividades para las que se solicita su inclusión en el título ECAH.
– Los nombres y expresiones de las variables que describen las actividades
solicitadas deben ajustarse exactamente a la nomenclatura oficial de la Dirección
General del Agua incluida en Encolabora.
– El límite de cuantificación debe expresarse tal como figura en Encolabora.
– Si un ensayo, muestreo, toma de muestra o actividad no está incluido en
Encolabora, se podrá solicitar su alta aportando una descripción del mismo (Número
CAS, uso, procedimiento ECAH de ensayo, etc.).
Analizada la documentación se valorará si el ensayo, muestreo, toma de muestra,
verificación o control puede incluirse en el título.
– Cada actividad solicitada debe ir referenciada con la página del Anexo Técnico
donde consta su acreditación.
La información mínima que debe aportar la entidad solicitante para cada instalación
de laboratorio o emplazamiento de la entidad de inspección es:
B.1)
Laboratorios de ensayo.
Muestreo o Toma de Muestra.
– Matriz; destino de la muestra; tipo de muestra; nombre de procedimiento
acreditado; página del Anexo Técnico.
Determinaciones químicas, fisicoquímicas o microbiológicas.
Muestreo para ensayos biológicos.
– Elemento de calidad; categoría de masas de agua; tipo de muestra; procedimiento
acreditado; página del Anexo Técnico.
Determinaciones biológicas.
– Elemento de calidad; categoría de masas de agua; ensayo; procedimiento
acreditado; página del Anexo Técnico.
cve: BOE-A-2025-14455
Verificable en https://www.boe.es
– Ensayo; matriz de análisis; método analítico; límite de cuantificación, si procede;
Procedimiento acreditado; página del Anexo Técnico.
Núm. 168
Lunes 14 de julio de 2025
Sec. I. Pág. 93544
ANEXO II
Documentación exigida
A)
Datos de la entidad y de las delegaciones o laboratorios.
Los datos incluidos en el Formulario de solicitud deberán complementarse con la
siguiente información:
Información acerca de la entidad o laboratorio:
– En el caso de laboratorios, identificación y localización de las instalaciones que
desea incluir en el título de EACH.
– En el caso de entidades de inspección, identificación y localización de los
emplazamientos que desea incluir en el título de EACH.
– Persona titular de la Dirección Técnica.
– Cuando se trate de una revisión del título de ECAH deberá incluir el código
identificativo de la entidad en el Registro de ECAH (EC XXX/X rev.X).
Datos que desea que figuren como contacto en el portal de internet del Ministerio
para la Transición Ecológica y Reto Demográfico, tales como dirección, teléfono y e-mail.
B)
Actividades para las que se solicita su inclusión en el título ECAH.
– Los nombres y expresiones de las variables que describen las actividades
solicitadas deben ajustarse exactamente a la nomenclatura oficial de la Dirección
General del Agua incluida en Encolabora.
– El límite de cuantificación debe expresarse tal como figura en Encolabora.
– Si un ensayo, muestreo, toma de muestra o actividad no está incluido en
Encolabora, se podrá solicitar su alta aportando una descripción del mismo (Número
CAS, uso, procedimiento ECAH de ensayo, etc.).
Analizada la documentación se valorará si el ensayo, muestreo, toma de muestra,
verificación o control puede incluirse en el título.
– Cada actividad solicitada debe ir referenciada con la página del Anexo Técnico
donde consta su acreditación.
La información mínima que debe aportar la entidad solicitante para cada instalación
de laboratorio o emplazamiento de la entidad de inspección es:
B.1)
Laboratorios de ensayo.
Muestreo o Toma de Muestra.
– Matriz; destino de la muestra; tipo de muestra; nombre de procedimiento
acreditado; página del Anexo Técnico.
Determinaciones químicas, fisicoquímicas o microbiológicas.
Muestreo para ensayos biológicos.
– Elemento de calidad; categoría de masas de agua; tipo de muestra; procedimiento
acreditado; página del Anexo Técnico.
Determinaciones biológicas.
– Elemento de calidad; categoría de masas de agua; ensayo; procedimiento
acreditado; página del Anexo Técnico.
cve: BOE-A-2025-14455
Verificable en https://www.boe.es
– Ensayo; matriz de análisis; método analítico; límite de cuantificación, si procede;
Procedimiento acreditado; página del Anexo Técnico.