Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. I. Disposiciones generales. Tratados internacionales. (BOE-A-2025-14373)
Resolución de 7 de julio de 2025, de la Secretaría General Técnica, sobre aplicación del artículo 24.2 de la Ley 25/2014, de 27 de noviembre, de Tratados y otros Acuerdos Internacionales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 167

Sábado 12 de julio de 2025

Sec. I. Pág. 92872

NOTA VERBAL
La Representación Permanente de Ucrania ante el Consejo de Europa saluda
atentamente a la Secretaria General del Consejo de Europa y, en nombre del Gobierno
de Ucrania, tiene el honor de comunicarle la información actualizada sobre las medidas
de suspensión de las obligaciones dimanantes del Convenio para la Protección de los
Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales, adoptadas de conformidad con
el Decreto Presidencial n.º 460/2024, de 23 de julio de 2024, por el que se prorrogó la
vigencia de la ley marcial por un plazo de 90 días, a contar desde las 05.30 horas del 12
de agosto de 2024, y que se aprobó mediante la Ley ucraniana n.º 3891-IX, de 23 de
julio de 2024, por la que se aprueba el Decreto Presidencial por el que se prorroga la
vigencia de la ley marcial en Ucrania.
La Representación Permanente de Ucrania ante el Consejo de Europa aprovecha la
ocasión para reiterar a la Secretaria General el testimonio de su más alta consideración.
ANEXO
Comunicación relativa a las medidas de suspensión
(sello) Estrasburgo, 13 de agosto de 2024.
Secretaria General del Consejo de Europa
Estrasburgo»
UCRANIA.
15-11-2024 NOTIFICACIÓN DE COMUNICACIÓN.
«REPRESENTACIÓN PERMANENTE DE UCRANIA ANTE EL CONSEJO DE
EUROPA.
N.º 31011/32-119-155759.
NOTA VERBAL
La Representación Permanente de Ucrania ante el Consejo de Europa saluda
atentamente a la Secretaria General del Consejo de Europa y, en nombre del Gobierno
de Ucrania, tiene el honor de comunicarle la información actualizada sobre las medidas
de suspensión de las obligaciones dimanantes del Convenio para la Protección de los
Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales, adoptadas de conformidad con
el Decreto Presidencial n.º 740/2024, de 28 de octubre de 2024, por el que se prorrogó la
vigencia de la ley marcial por un plazo de 90 días, a contar desde las 05.30 horas del 10
de noviembre de 2024, y que se aprobó mediante la Ley ucraniana n.º 4024-IX, de 29 de
octubre de 2024, por la que se aprueba el Decreto Presidencial por el que se prorroga la
vigencia de la ley marcial en Ucrania.
La Representación Permanente de Ucrania ante el Consejo de Europa aprovecha la
ocasión para reiterar a la Secretaria General el testimonio de su más alta consideración.

Comunicación de medidas de suspensión de obligaciones
(sello) Estrasburgo, 15 de noviembre de 2024.
Secretaria General del Consejo de Europa
Estrasburgo»

cve: BOE-A-2025-14373
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ANEXO