Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. III. Otras disposiciones. Formación profesional. (BOE-A-2025-14430)
Resolución de 27 de junio de 2025, de la Secretaría General de Formación Profesional, por la que se establece el repertorio de módulos profesionales optativos de formación profesional para el ámbito de gestión del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 167
Sábado 12 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 93293
2. Aplica los protocolos de seguridad establecidos en la realización de los trabajos
de mantenimiento, a los vehículos eléctricos o híbridos sin tensión, cumpliendo la
normativa de seguridad vigente.
Criterios de evaluación:
a) Se ha señalizado el vehículo eléctrico o híbrido con rótulo de advertencia, según
la normativa establecida.
b) Se ha delimitado la zona de trabajo con balizamiento y señalización (carteles,
pancartas, cadenas de delimitación, conos de señalización, entre otros) aplicando los
protocolos establecidos.
c) Se ha informado al nivel inmediato superior para que se responsabilice de la
desconexión de alto voltaje en vehículos eléctricos o híbridos, aplicando la normativa
vigente.
d) Se han seleccionado las herramientas y útiles específicos (comprobador de
tensión, herramientas aisladas, bolsas cubre terminales, entre otros) para evitar los
riesgos laborales durante los trabajos eléctricos.
e) Se han utilizado los equipos de protección individual (guantes aislantes, calzado
dieléctrico, ropa de protección, pantalla anti-arcos, entre otros) durante el desarrollo de
los trabajos, aplicando la normativa de seguridad establecida.
f) Se ha comprobado la desconexión eléctrica y la ausencia de alta tensión,
siguiendo los planes de seguridad en vehículos eléctricos o híbridos.
g) Se han aislado los terminales con bolsas cubre terminales y cinta aislante
aplicando los protocolos de seguridad.
h) Se ha guardado en lugar seguro el interruptor de puesta en servicio, evitando la
conexión accidental durante los trabajos en vehículos eléctricos o híbridos.
i) Se han colocado los carteles indicativos de «vehículo sin tensión» y «trabajo en
curso» en la parte delantera y trasera del vehículo, informando de la situación de los
trabajos.
3. Realiza el mantenimiento de los sistemas de propulsión eléctrica, efectuando los
controles y los procesos establecidos en la documentación técnica, cumpliendo la
normativa de seguridad y con la calidad establecida.
a) Se han identificado los elementos que constituyen los sistemas de propulsión
eléctrica BEV (motor generador eléctrico, cables de alto voltaje, módulo electrónico de
potencia, batería de alto voltaje, cargador externo, entre otros) para realizar el
mantenimiento, describiendo sus características y funciones.
b) Se ha interpretado la documentación técnica de los sistemas identificando las
operaciones que hay que realizar en los procesos de mantenimiento.
c) Se han establecido los procesos de mantenimiento y/o sustitución de elementos
en vehículos eléctricos, según las instrucciones técnicas del fabricante y la
sintomatología y fallos identificados.
d) Se han seleccionado los materiales, equipos, útiles y herramientas para el
mantenimiento de los elementos de los sistemas de propulsión eléctrica.
e) Se han realizado las operaciones de desmontaje, montaje y conexionado,
siguiendo las especificaciones técnicas del fabricante y cumpliendo la normativa de
seguridad establecida en vehículos eléctricos.
f) Se han realizado los controles y ajustes de los parámetros establecidos,
siguiendo las especificaciones de la documentación técnica del fabricante.
g) Se han comprobado las unidades de control de los sistemas de propulsión
eléctrica y verificado que contienen la última versión del software, realizando su
actualización en los casos necesarios.
h) Se ha comprobado tras las operaciones realizadas, que se restituye la
funcionalidad requerida en los sistemas de propulsión eléctrica.
cve: BOE-A-2025-14430
Verificable en https://www.boe.es
Criterios de evaluación:
Núm. 167
Sábado 12 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 93293
2. Aplica los protocolos de seguridad establecidos en la realización de los trabajos
de mantenimiento, a los vehículos eléctricos o híbridos sin tensión, cumpliendo la
normativa de seguridad vigente.
Criterios de evaluación:
a) Se ha señalizado el vehículo eléctrico o híbrido con rótulo de advertencia, según
la normativa establecida.
b) Se ha delimitado la zona de trabajo con balizamiento y señalización (carteles,
pancartas, cadenas de delimitación, conos de señalización, entre otros) aplicando los
protocolos establecidos.
c) Se ha informado al nivel inmediato superior para que se responsabilice de la
desconexión de alto voltaje en vehículos eléctricos o híbridos, aplicando la normativa
vigente.
d) Se han seleccionado las herramientas y útiles específicos (comprobador de
tensión, herramientas aisladas, bolsas cubre terminales, entre otros) para evitar los
riesgos laborales durante los trabajos eléctricos.
e) Se han utilizado los equipos de protección individual (guantes aislantes, calzado
dieléctrico, ropa de protección, pantalla anti-arcos, entre otros) durante el desarrollo de
los trabajos, aplicando la normativa de seguridad establecida.
f) Se ha comprobado la desconexión eléctrica y la ausencia de alta tensión,
siguiendo los planes de seguridad en vehículos eléctricos o híbridos.
g) Se han aislado los terminales con bolsas cubre terminales y cinta aislante
aplicando los protocolos de seguridad.
h) Se ha guardado en lugar seguro el interruptor de puesta en servicio, evitando la
conexión accidental durante los trabajos en vehículos eléctricos o híbridos.
i) Se han colocado los carteles indicativos de «vehículo sin tensión» y «trabajo en
curso» en la parte delantera y trasera del vehículo, informando de la situación de los
trabajos.
3. Realiza el mantenimiento de los sistemas de propulsión eléctrica, efectuando los
controles y los procesos establecidos en la documentación técnica, cumpliendo la
normativa de seguridad y con la calidad establecida.
a) Se han identificado los elementos que constituyen los sistemas de propulsión
eléctrica BEV (motor generador eléctrico, cables de alto voltaje, módulo electrónico de
potencia, batería de alto voltaje, cargador externo, entre otros) para realizar el
mantenimiento, describiendo sus características y funciones.
b) Se ha interpretado la documentación técnica de los sistemas identificando las
operaciones que hay que realizar en los procesos de mantenimiento.
c) Se han establecido los procesos de mantenimiento y/o sustitución de elementos
en vehículos eléctricos, según las instrucciones técnicas del fabricante y la
sintomatología y fallos identificados.
d) Se han seleccionado los materiales, equipos, útiles y herramientas para el
mantenimiento de los elementos de los sistemas de propulsión eléctrica.
e) Se han realizado las operaciones de desmontaje, montaje y conexionado,
siguiendo las especificaciones técnicas del fabricante y cumpliendo la normativa de
seguridad establecida en vehículos eléctricos.
f) Se han realizado los controles y ajustes de los parámetros establecidos,
siguiendo las especificaciones de la documentación técnica del fabricante.
g) Se han comprobado las unidades de control de los sistemas de propulsión
eléctrica y verificado que contienen la última versión del software, realizando su
actualización en los casos necesarios.
h) Se ha comprobado tras las operaciones realizadas, que se restituye la
funcionalidad requerida en los sistemas de propulsión eléctrica.
cve: BOE-A-2025-14430
Verificable en https://www.boe.es
Criterios de evaluación: