Ministerio de Hacienda. I. Disposiciones generales. Subvenciones. (BOE-A-2025-14374)
Real Decreto 610/2025, de 8 de julio, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para la financiación de inversiones realizadas en los municipios de la Comarca del Campo de Gibraltar.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 167
Sábado 12 de julio de 2025
Sec. I. Pág. 93032
sociedades por los consejeros de las mismas que no pertenezcan al sector público
se determinará mediante la correspondiente Orden de la persona titular del
Ministerio de Hacienda.»
Disposición final segunda.
Título competencial.
Este real decreto se dicta al amparo de las competencias que la Constitución
Española atribuye al Estado el su artículo 149.1.13.ª, 16.ª, 23.ª y 25.ª respectivamente,
sobre bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica, bases
y coordinación general de la sanidad, legislación básica sobre protección del medio
ambiente y sobre las bases de régimen minero y energético.
Disposición final tercera.
Entrada en vigor.
El presente real decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el
«Boletín Oficial del Estado».
Dado en Madrid, el 8 de julio de 2025.
FELIPE R.
La Vicepresidenta Primera del Gobierno
y Ministra de Hacienda,
cve: BOE-A-2025-14374
Verificable en https://www.boe.es
MARÍA JESÚS MONTERO CUADRADO
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 167
Sábado 12 de julio de 2025
Sec. I. Pág. 93032
sociedades por los consejeros de las mismas que no pertenezcan al sector público
se determinará mediante la correspondiente Orden de la persona titular del
Ministerio de Hacienda.»
Disposición final segunda.
Título competencial.
Este real decreto se dicta al amparo de las competencias que la Constitución
Española atribuye al Estado el su artículo 149.1.13.ª, 16.ª, 23.ª y 25.ª respectivamente,
sobre bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica, bases
y coordinación general de la sanidad, legislación básica sobre protección del medio
ambiente y sobre las bases de régimen minero y energético.
Disposición final tercera.
Entrada en vigor.
El presente real decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el
«Boletín Oficial del Estado».
Dado en Madrid, el 8 de julio de 2025.
FELIPE R.
La Vicepresidenta Primera del Gobierno
y Ministra de Hacienda,
cve: BOE-A-2025-14374
Verificable en https://www.boe.es
MARÍA JESÚS MONTERO CUADRADO
https://www.boe.es
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X