Ministerio de Hacienda. I. Disposiciones generales. Subvenciones. (BOE-A-2025-14374)
Real Decreto 610/2025, de 8 de julio, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para la financiación de inversiones realizadas en los municipios de la Comarca del Campo de Gibraltar.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 167
Sábado 12 de julio de 2025
Sec. I. Pág. 93026
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE HACIENDA
Real Decreto 610/2025, de 8 de julio, por el que se regula la concesión
directa de subvenciones para la financiación de inversiones realizadas en los
municipios de la Comarca del Campo de Gibraltar.
Los municipios situados en la Comarca del Campo de Gibraltar atraviesan una
variada y excepcional problemática, debido a su situación geoestratégica como puerta de
Europa hacia el continente africano, su condición de bisagra de los espacios marítimos
mediterráneo y atlántico, y la alta densidad de población de la zona, con 270.000
habitantes, lo que hacen necesario emprender acciones destinadas a lograr diversos
objetivos en la zona, tales como su impulso económico, la mejora de la seguridad o la
realización de inversiones en infraestructuras y servicios públicos.
A tal fin se aprobó un Plan para el Campo de Gibraltar, mediante Acuerdo del
Consejo de Ministros de fecha 16 de noviembre de 2018, que integra diversas
actuaciones para dar respuesta a la singularidad de la Comarca, y cuya responsabilidad
depende de distintos departamentos ministeriales. Entre las medidas de dicho plan, está
incluida la concesión directa de subvenciones nominativas a entidades locales para
financiar actuaciones concretas y excepcionales en los municipios de la Comarca que lo
precisen.
En cumplimiento de dicho plan, y desde su aprobación, se han previsto en las
correspondientes leyes de presupuestos generales del Estado subvenciones nominativas
aprobadas por importe de 7.300.000 euros, para actuaciones en los municipios de la
Comarca del Campo de Gibraltar, formalizando los convenios correspondientes con la
Mancomunidad de Municipios del Campo de Gibraltar y con los ayuntamientos
afectados, destinadas al sostenimiento financiero de inversiones destinadas a
infraestructuras del ciclo del agua, la adquisición de equipos o la renovación integral del
sistema de gestión del servicio de recogida de residuos, entre otras.
A esta situación geoestratégica excepcional, se añade la situación actual en relación
con las reservas hídricas existentes en el Campo de Gibraltar ante la falta de recursos
hídricos. Por lo que, en este contexto, la necesidad de invertir en la mejora de la
infraestructura asociadas al ciclo del agua, ciclo de residuos y la realización de
inversiones que mejoren las infraestructuras municipales, con especial énfasis en la
sostenibilidad y la eficiencia energética de los municipios de la Comarca del Campo de
Gibraltar se hace aún más acuciante.
La excepcional situación que atraviesa la Comarca del Campo de Gibraltar exige que
sea necesario seguir mejorando los servicios públicos prestados por la citada
Mancomunidad, manteniendo en 2025 el nivel de inversión alcanzado en los últimos
años, lo que justifica la adjudicación directa de estas subvenciones, mediante su
aprobación a través de este real decreto, de acuerdo con lo previsto en el artículo 22.2.c)
de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, cuya aplicación está
avalada por el interés general, económico y social concurrentes que han quedado
descritas.
Las subvenciones reguladas en el presente real decreto se conceden a la
Mancomunidad de Municipios del Campo de Gibraltar, que, por su naturaleza y ámbito
de actuación, es la única entidad capacitada para ejecutar las inversiones previstas, lo
que impide la convocatoria pública de este tipo de subvenciones mediante el
procedimiento ordinario de concurrencia competitiva.
El presente real decreto se adecua a los principios de buena regulación previstos en
el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, como los de necesidad y eficacia, al estar
cve: BOE-A-2025-14374
Verificable en https://www.boe.es
14374
Núm. 167
Sábado 12 de julio de 2025
Sec. I. Pág. 93026
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE HACIENDA
Real Decreto 610/2025, de 8 de julio, por el que se regula la concesión
directa de subvenciones para la financiación de inversiones realizadas en los
municipios de la Comarca del Campo de Gibraltar.
Los municipios situados en la Comarca del Campo de Gibraltar atraviesan una
variada y excepcional problemática, debido a su situación geoestratégica como puerta de
Europa hacia el continente africano, su condición de bisagra de los espacios marítimos
mediterráneo y atlántico, y la alta densidad de población de la zona, con 270.000
habitantes, lo que hacen necesario emprender acciones destinadas a lograr diversos
objetivos en la zona, tales como su impulso económico, la mejora de la seguridad o la
realización de inversiones en infraestructuras y servicios públicos.
A tal fin se aprobó un Plan para el Campo de Gibraltar, mediante Acuerdo del
Consejo de Ministros de fecha 16 de noviembre de 2018, que integra diversas
actuaciones para dar respuesta a la singularidad de la Comarca, y cuya responsabilidad
depende de distintos departamentos ministeriales. Entre las medidas de dicho plan, está
incluida la concesión directa de subvenciones nominativas a entidades locales para
financiar actuaciones concretas y excepcionales en los municipios de la Comarca que lo
precisen.
En cumplimiento de dicho plan, y desde su aprobación, se han previsto en las
correspondientes leyes de presupuestos generales del Estado subvenciones nominativas
aprobadas por importe de 7.300.000 euros, para actuaciones en los municipios de la
Comarca del Campo de Gibraltar, formalizando los convenios correspondientes con la
Mancomunidad de Municipios del Campo de Gibraltar y con los ayuntamientos
afectados, destinadas al sostenimiento financiero de inversiones destinadas a
infraestructuras del ciclo del agua, la adquisición de equipos o la renovación integral del
sistema de gestión del servicio de recogida de residuos, entre otras.
A esta situación geoestratégica excepcional, se añade la situación actual en relación
con las reservas hídricas existentes en el Campo de Gibraltar ante la falta de recursos
hídricos. Por lo que, en este contexto, la necesidad de invertir en la mejora de la
infraestructura asociadas al ciclo del agua, ciclo de residuos y la realización de
inversiones que mejoren las infraestructuras municipales, con especial énfasis en la
sostenibilidad y la eficiencia energética de los municipios de la Comarca del Campo de
Gibraltar se hace aún más acuciante.
La excepcional situación que atraviesa la Comarca del Campo de Gibraltar exige que
sea necesario seguir mejorando los servicios públicos prestados por la citada
Mancomunidad, manteniendo en 2025 el nivel de inversión alcanzado en los últimos
años, lo que justifica la adjudicación directa de estas subvenciones, mediante su
aprobación a través de este real decreto, de acuerdo con lo previsto en el artículo 22.2.c)
de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, cuya aplicación está
avalada por el interés general, económico y social concurrentes que han quedado
descritas.
Las subvenciones reguladas en el presente real decreto se conceden a la
Mancomunidad de Municipios del Campo de Gibraltar, que, por su naturaleza y ámbito
de actuación, es la única entidad capacitada para ejecutar las inversiones previstas, lo
que impide la convocatoria pública de este tipo de subvenciones mediante el
procedimiento ordinario de concurrencia competitiva.
El presente real decreto se adecua a los principios de buena regulación previstos en
el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, como los de necesidad y eficacia, al estar
cve: BOE-A-2025-14374
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