Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. III. Otras disposiciones. Ayudas. (BOE-A-2025-14443)
Orden CNU/737/2025, de 2 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas instrumentalizadas mediante convocatorias de expresiones de interés para las Infraestructuras Científicas y Técnicas Singulares, en el marco del Programa FEDER Plurirregional de España 2021-2027.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
13 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 167

Sábado 12 de julio de 2025

Sec. III. Pág. 93469

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES
Orden CNU/737/2025, de 2 de julio, por la que se aprueban las bases
reguladoras para la concesión de ayudas instrumentalizadas mediante
convocatorias de expresiones de interés para las Infraestructuras Científicas
y Técnicas Singulares, en el marco del Programa FEDER Plurirregional de
España 2021-2027.

Según el Real Decreto 829/2023, de 20 de noviembre, el Ministerio de Ciencia,
Innovación y Universidades (MCIU) es el departamento encargado de la ejecución de la
política del Gobierno en materia de investigación científica y técnica, desarrollo
tecnológico e innovación en todos los sectores.
En línea con el Semestre Europeo, en España se considera prioritario reforzar las
capacidades innovadoras del sector público y las empresas, invirtiendo en investigación
aplicada. Para ello, es preciso reforzar las capacidades tecnológicas con el equipamiento
y las instalaciones necesarias en las entidades de investigación, lo que supone
inversiones en la construcción, remodelación o ampliación de sus instalaciones.
Asimismo, para fomentar el uso de las infraestructuras de investigación es necesario
dotarlas de los establecimientos y el equipamiento científico técnico actualizados.
Adicionalmente, debe potenciarse el papel de las infraestructuras de investigación, y
especialmente las Instalaciones Científicas y Técnicas Singulares (ICTS), en la
transferencia de conocimiento a las empresas.
En este contexto, la Comisión adopta la Decisión de Ejecución C (2022) 9632 la que
se aprueba el Programa Plurirregional España FEDER 2021-2027 (PPE). Estas ayudas
se enmarcan en la Estrategia Española de Ciencia, Tecnología e Innovación 2021-2027
(EECTI) y en el Plan Estatal de Investigación Científica, Técnica y de Innovación
(PECTI), que conforman la Estrategia de Especialización Inteligente de España. En el
PPE, se integran en el Objetivo Político 1 (Una Europa más competitiva e inteligente,
promoviendo una transformación económica innovadora e inteligente y una conectividad
regional a las tecnologías de la información y de las comunicaciones), prioridad P1A
(Transición digital e inteligente) y en los objetivos específicos RSO1.1. (Desarrollar y
mejorar las capacidades de investigación e innovación y asimilar tecnologías avanzadas)
y RSO1.6. (Desarrollo de tecnologías STEP).
El Reglamento (UE) 2024/795 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de
febrero de 2024, por el que se crea la Plataforma de Tecnologías Estratégicas para
Europa (STEP) establece los sectores incluidos en el ámbito de aplicación de STEP e
introduce el concepto de servicios conexos. En este ámbito es donde las ICTS pueden
jugar un papel fundamental para el desarrollo de las tecnologías STEP, puesto que
pueden actuar como banco de ensayos en las diferentes etapas de desarrollo de dichas
tecnologías.
Esta orden se estructura en 25 artículos, una disposición adicional y dos
disposiciones finales. Dando cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 38/2003 y de acuerdo
con el Real Decreto-ley 36/2020, se dicta esta orden de normas reguladoras de ayudas
públicas encuadradas en convocatorias de expresiones de interés destinadas a financiar
actuaciones en ICTS con cargo a los fondos europeos vinculados al PPE.
En virtud de todo lo expuesto, dispongo:
Artículo 1.

Objeto y ámbito de aplicación.

1. El objeto de esta orden es establecer las normas reguladoras para la concesión
de ayudas públicas instrumentalizadas mediante convocatorias de expresiones de
interés para las ICTS, en el marco del PPE.

cve: BOE-A-2025-14443
Verificable en https://www.boe.es

14443