Ministerio Del Interior. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-14356)
Resolución de 9 de julio de 2025, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Jefatura Central de Tráfico y Unipublic, SAU, para el establecimiento del marco adecuado de coordinación de actuaciones con motivo de la celebración de la prueba deportiva «Vuelta Ciclista a España».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 166

Viernes 11 de julio de 2025

Sec. III. Pág. 92755

Tercero.
La importancia de la prueba en sí exige que el servicio compatibilice el normal
desarrollo de la misma con la seguridad, en sus vertientes tanto de seguridad ciudadana
como de seguridad vial de los participantes, e igualmente adecuarla a las necesidades
del resto de ciudadanos, tanto los interesados en la prueba como los que simplemente
coinciden en el espacio y tiempo, pero con otros intereses.
Para atender los requerimientos de servicio que este evento genera, se constituye la
unidad temporal «Unidad de Movilidad y Seguridad Vial» (en adelante UMSV), integrada
dentro de la ATGC, y a la que se adscriben un conjunto de recursos humanos y
materiales de la ATGC y de otras Unidades de la Dirección General de la Guardia Civil,
con la finalidad de garantizar la protección de las personas e instalaciones involucradas
en el evento, así como la movilidad y seguridad vial, tanto de los participantes en la VCE
como del resto de circulación que discurre por las vías públicas afectadas por el paso de
dicha prueba deportiva. Hay que señalar que la UMSV se constituye para la asignación
de una misión determinada, con los medios materiales y recursos humanos de los que
disponen el resto de efectivos de la ATGC al llevar a cabo misiones de otra índole en su
actividad ordinaria.
Esto le permite a la ATGC una organización y planificación interna para abordar las
funciones que se les requiere tanto en la Vuelta Ciclista a España como en el resto de
misiones.
La Orden del Ministerio del Interior de 16 de abril de 1980 por la que se regulan las
relaciones de la Dirección General de Tráfico con la Agrupación de Tráfico de la Guardia
Civil, en su artículo 1 establece: «… compete a la Dirección General de Tráfico lo
referente a la habilitación de fondos para el pago de retribuciones con cargo a su
presupuesto de gastos y realizar las retenciones que legalmente procedan sobre dichas
retribuciones, así como su posterior aplicación a la finalidad prevista. A tal efecto, el
Director General de Tráfico podrá delegar como Habilitación del Organismo Autónomo
Jefatura Central de Tráfico para el pago de retribuciones del personal de la Agrupación
de Tráfico de la Guardia Civil, a la Habilitación de retribuciones de la Dirección General
de la Guardia Civil».
Finalmente cabe reseñar que los requerimientos de la Organización, establecidos en
el Reglamento de la prueba (en el que se establecen las normas particulares de
actuación para los participantes), deben ser debidamente canalizados, atendidos y
valorados por el Jefe de la unidad de la UMSV que acompañen a la vuelta.
Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente convenio que se regirá por
las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del convenio.

Segunda.

Compromisos de la Jefatura Central de Tráfico.

Para hacer efectiva la realización del objeto citado en la cláusula primera el
organismo autónomo Jefatura Central de Tráfico, se compromete a:
1. Proporcionar seguridad y movilidad vial a los corredores de la vuelta ciclista,
vehículos de organización, apoyo y caravana publicitaria, en todo su recorrido y
aparcamientos.
2. Prestación de servicio de auxilio y socorro necesarios.

cve: BOE-A-2025-14356
Verificable en https://www.boe.es

Establecer el marco adecuado donde queden identificadas las necesidades relativas
a personal, material y equipos que permitan la correcta ejecución de los cometidos
asignados a la ATGC, tanto en la planificación previa a la celebración de la VCE, como
durante el desarrollo de dicho evento deportivo.