Ministerio Del Interior. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-14356)
Resolución de 9 de julio de 2025, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Jefatura Central de Tráfico y Unipublic, SAU, para el establecimiento del marco adecuado de coordinación de actuaciones con motivo de la celebración de la prueba deportiva «Vuelta Ciclista a España».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 166
Viernes 11 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 92754
representación que ostentan, se reconocen mutua capacidad para obligarse y convenir y
en virtud de ello,
EXPONEN
Primero.
La Vuelta Ciclista a España (en adelante VCE), constituye un acontecimiento
deportivo que, tradicionalmente, despierta un gran interés tanto a nivel nacional como
internacional, con notable asistencia de espectadores a lo largo de todo su recorrido,
siendo objeto igualmente de una amplia cobertura informativa por todos los medios de
comunicación social, tanto españoles como extranjeros.
Su representación en el tráfico rodado y la transcendencia que su normal desarrollo
tiene en el ámbito de las comunicaciones, hace necesario establecer dispositivos de
seguridad que aseguren que el evento deportivo se desarrolle dentro de los cauces de
normalidad.
Estas especiales características no pasan desapercibidas a la Jefatura Central de
Tráfico, que entre sus competencias, está el velar por la Seguridad Vial y para ello
cuenta con la Agrupación de Tráfico de la Guardia civil (en adelante, ATGC), y con el
ánimo de garantizar el normal desarrollo de la prueba deportiva quiere establecer un
conjunto de medidas para atender la cobertura de las demandas extraordinarias del
servicio que se generan con la prestación de un servicio que excede del horario habitual
de trabajo por parte de los miembros de la ATGC.
Con ocasión de la celebración de dicha prueba deportiva, la Jefatura Central de
Tráfico y la Dirección de Unipublic, SAU, coinciden en la necesidad de elaborar un
convenio que identifique las actuaciones que estos organismos deben atender para
sufragar las necesidades económicas que genera la participación de los miembros de la
ATGC en la realización y organización de dicho evento deportivo, y de esta manera
queden asentadas las necesidades organizativas tanto de la unidad interviniente como
de la organización de la prueba.
De otra parte, y dado que no se trata de un catálogo cerrado de necesidades, sino que,
por el contrario, pueden aparecer en sucesivas ediciones de la vuelta ciclista a España
nuevas demandas, o pueden haber quedado desfasadas las actuales, deben igualmente
quedar establecidos los canales adecuados para proceder a la actualización del presente
convenio con la incorporación de las adendas requeridas al efecto, en su caso.
La VCE se lleva a efecto, cada año, con carácter itinerante a lo largo de la geografía
española, con inicios y finales de etapa en diferentes localidades, lo que supone
alojamientos y estancias cambiantes cada día, y su duración se extiende a lo largo de
tres semanas de prueba, a los que hay que añadir unas fechas previas de preparación y
otras posteriores para su extinción, tradicionalmente a caballo entre los meses de agosto
y septiembre. Además, el evento aglutina un vasto despliegue de medios humanos y
materiales propios de la Organización, ciclistas y sus equipos, medios de comunicación,
etc., que obligan a una gestión en estrecha coordinación de todos los participantes.
Esta idiosincrasia particular determina que no sea de aplicación estricta para este
evento la prescripción concerniente al control y orden en los accesos al espacio acotado
de la competición encomendada al personal auxiliar habilitado de la organización,
descrita en el punto 2.º del anexo III.1 de la instrucción 18/TV-101 de 12 de febrero
de 2018 de la Dirección General de Tráfico en la que se recogen las instrucciones
específicas sobre regulación del tráfico en el desarrollo de eventos deportivos en las vías
y terrenos de uso público, estando a lo dispuesto en las diferentes reuniones de
coordinación que se celebren en cada provincia por las que discurren las etapas.
cve: BOE-A-2025-14356
Verificable en https://www.boe.es
Segundo.
Núm. 166
Viernes 11 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 92754
representación que ostentan, se reconocen mutua capacidad para obligarse y convenir y
en virtud de ello,
EXPONEN
Primero.
La Vuelta Ciclista a España (en adelante VCE), constituye un acontecimiento
deportivo que, tradicionalmente, despierta un gran interés tanto a nivel nacional como
internacional, con notable asistencia de espectadores a lo largo de todo su recorrido,
siendo objeto igualmente de una amplia cobertura informativa por todos los medios de
comunicación social, tanto españoles como extranjeros.
Su representación en el tráfico rodado y la transcendencia que su normal desarrollo
tiene en el ámbito de las comunicaciones, hace necesario establecer dispositivos de
seguridad que aseguren que el evento deportivo se desarrolle dentro de los cauces de
normalidad.
Estas especiales características no pasan desapercibidas a la Jefatura Central de
Tráfico, que entre sus competencias, está el velar por la Seguridad Vial y para ello
cuenta con la Agrupación de Tráfico de la Guardia civil (en adelante, ATGC), y con el
ánimo de garantizar el normal desarrollo de la prueba deportiva quiere establecer un
conjunto de medidas para atender la cobertura de las demandas extraordinarias del
servicio que se generan con la prestación de un servicio que excede del horario habitual
de trabajo por parte de los miembros de la ATGC.
Con ocasión de la celebración de dicha prueba deportiva, la Jefatura Central de
Tráfico y la Dirección de Unipublic, SAU, coinciden en la necesidad de elaborar un
convenio que identifique las actuaciones que estos organismos deben atender para
sufragar las necesidades económicas que genera la participación de los miembros de la
ATGC en la realización y organización de dicho evento deportivo, y de esta manera
queden asentadas las necesidades organizativas tanto de la unidad interviniente como
de la organización de la prueba.
De otra parte, y dado que no se trata de un catálogo cerrado de necesidades, sino que,
por el contrario, pueden aparecer en sucesivas ediciones de la vuelta ciclista a España
nuevas demandas, o pueden haber quedado desfasadas las actuales, deben igualmente
quedar establecidos los canales adecuados para proceder a la actualización del presente
convenio con la incorporación de las adendas requeridas al efecto, en su caso.
La VCE se lleva a efecto, cada año, con carácter itinerante a lo largo de la geografía
española, con inicios y finales de etapa en diferentes localidades, lo que supone
alojamientos y estancias cambiantes cada día, y su duración se extiende a lo largo de
tres semanas de prueba, a los que hay que añadir unas fechas previas de preparación y
otras posteriores para su extinción, tradicionalmente a caballo entre los meses de agosto
y septiembre. Además, el evento aglutina un vasto despliegue de medios humanos y
materiales propios de la Organización, ciclistas y sus equipos, medios de comunicación,
etc., que obligan a una gestión en estrecha coordinación de todos los participantes.
Esta idiosincrasia particular determina que no sea de aplicación estricta para este
evento la prescripción concerniente al control y orden en los accesos al espacio acotado
de la competición encomendada al personal auxiliar habilitado de la organización,
descrita en el punto 2.º del anexo III.1 de la instrucción 18/TV-101 de 12 de febrero
de 2018 de la Dirección General de Tráfico en la que se recogen las instrucciones
específicas sobre regulación del tráfico en el desarrollo de eventos deportivos en las vías
y terrenos de uso público, estando a lo dispuesto en las diferentes reuniones de
coordinación que se celebren en cada provincia por las que discurren las etapas.
cve: BOE-A-2025-14356
Verificable en https://www.boe.es
Segundo.