Universidades. III. Otras disposiciones. Encomienda de gestión. (BOE-A-2025-14369)
Resolución de 27 de junio de 2025, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, por la que se publica el Acuerdo de encomienda de gestión al Consorcio Público Universitario Centro Asociado de la Universidad Nacional de Educación a Distancia de Ponferrada, M.P., para la prestación de servicios relacionados con el proyecto «Análisis de aplicaciones móviles desde la perspectiva de la protección de datos: Ciber-Protección y Ciber-Riesgos de la información de la ciudadanía».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 166

Viernes 11 de julio de 2025

Sec. III. Pág. 92854

– Apoyo en la difusión en medios de comunicación gráficos y online de las
actividades del Proyecto y en general en los avances en investigación en el ámbito de
aplicaciones móviles para la protección de la ciudadanía.
– Soporte en la gestión de actividades de colaboración de empresas privadas y
universidad para la creación de sinergias entre este tipo de instituciones.
– Apoyo en la captación de personas con el talento necesario para trabajar en
proyectos de transferencia e innovación y crear nichos de colaboración con
universidades y centros tecnológicos.
2) Colaboración en la creación y mantenimiento de la Web del Proyecto, en
particular:
– Colaboración en las actividades relacionadas con la creación de la Web.
– Integración continua de resultados del Proyecto incluyendo informes, acceso a
datos y modelos.
– Apoyo en la difusión y comunicación incluyendo las diferentes redes sociales,
mediante la creación de los perfiles en redes sociales del Proyecto (ej. Twitter, Facebook,
etc.).
3) Provisión de una infraestructura para laboratorios en la NUBE: Datos, servidores
activos, etc.
4) Cualquier otro trámite relacionado con las actividades cuya gestión se
encomienda, siempre que no suponga alteración de la titularidad de la competencia ni de
los elementos sustantivos de su ejercicio.
Quinta.

Duración.

La presente encomienda tiene una duración de, desde la fecha de firma, hasta el 31
de diciembre de 2025.
Si el desarrollo de las actividades encomendadas lo requiere, el presente acuerdo
podrá ser prorrogado o revocado, a propuesta de cualquiera de las partes, por acuerdo
expreso de las mismas.
Sexta. Compensación económica.
La UNED compensará al Consorcio los gastos que haya soportado en la realización
de esta encomienda, por un importe máximo de 40.000 euros, que se financiará con
cargo a la aportación de INCIBE procedente de los Fondos Next Generation y se
imputará a la aplicación presupuestaria 18CSFNG002 463 A 227.

La Entidad u órgano encomendado tendrá la condición de encargado del tratamiento
de los datos de carácter personal a los que pudiera tener acceso en ejecución de la
encomienda de gestión, siéndole de aplicación lo dispuesto en la normativa de
protección de datos de carácter personal según lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018,
de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos
digitales.
Se adjunta como anexo II, las cláusulas que deberá tener en cuenta el Consorcio,
como encargado del tratamiento, para tratar por cuenta del responsable, los datos de
carácter personal a los que tenga acceso para prestar el servicio objeto de la presente
encomienda.

cve: BOE-A-2025-14369
Verificable en https://www.boe.es

Séptima. Datos de carácter personal.