Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-14361)
Resolución de 2 de julio de 2025, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., por la que se publica el Convenio con la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología, F.S.P., para la colaboración en la selección de imágenes de fotografía científica Fotciencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 166
Viernes 11 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 92787
5. Gestión de la logística del acto de inauguración de la exposición, así como su
financiación.
6. Apoyo a la FECYT en la edición del catálogo.
7. Adquisición de las imágenes y tramitación con los autores y las autoras de los
contratos de gestión de derechos de las imágenes seleccionadas por el comité
correspondiente a las modalidades del Instituto de Agricultura Sostenible (IAS-CSIC) y al
Instituto de Agroquímica y Tecnología de Alimentos (IATA-CSIC), conforme a la
normativa que resulte aplicable.
8. Producción y preparación de la exposición para cada una de las ediciones objeto
de este convenio. Organización y gestión de su itinerancia y producción de las cajas de
transporte, si fuera necesario. Asimismo, gestión y financiación de los gastos de
almacenamiento de la exposición ocasionados durante el periodo de tiempo en el que no
se esté exhibiendo.
9. En relación con la itinerancia de la exposición, realización de las tareas de
seguimiento vinculadas (gestión de propuestas recibidas, calendarios y coordinación del
transporte con las entidades solicitantes) y elaboración de un dossier con toda la
itinerancia de cada una de las exposiciones para informar a los responsables del
Mecanismo de seguimiento, vigilancia y control al que se refiere la cláusula quinta del
presente convenio.
10. Elaboración de un breve vídeo con las mejores imágenes seleccionadas en
cada edición.
11. Difusión de Fotciencia a través de diversos canales y medios de comunicación.
Asimismo, ambas entidades se comprometen a participar en la redacción de las
normas de Fotciencia, en la designación de los miembros del comité de selección y en
los actos de inauguración de las exposiciones, así como a mantenerse mutuamente
informadas del uso que se haga de las imágenes participantes para la consecución de
una adecuada difusión de las actividades propias de cada entidad.
Cuarta.
Desarrollo de la selección de fotografías Fotciencia.
Fotciencia se desarrollará y regirá conforme a las normas generales que
establecerán las partes de mutuo acuerdo, antes del comienzo de la participación,
conforme a los procedimientos e instrumentos que resulten adecuados a la normativa
interna o externa de aplicación a una y otra institución. Estas normas se podrán adaptar
conforme a los objetivos específicos de cada edición acordados por las partes, sin que
esto suponga una modificación sustancial de las mismas.
El seguimiento, vigilancia y control del convenio se realizará a través de un
mecanismo de seguimiento formado por un (1) responsable de cada una de las partes.
El responsable por parte del CSIC será el Jefe del Área de Cultura Científica o
persona en quien delegue.
El responsable por parte de la FECYT será la Directora del Departamento de Cultura
Científica y de la Innovación o persona en quien delegue.
Ambos responsables deberán velar por el buen desarrollo del proyecto, interpretar
los términos del acuerdo y resolver las discrepancias, dudas y conflictos que se
presenten en la ejecución del convenio, mediante reuniones periódicas o intercambio de
información o informes. Asimismo podrán acordar modificaciones en el reparto de tareas
especificado en la cláusula tercera, así como modificaciones relativas a la distribución
económica bienal por actividades, respetando, en todo caso, el presupuesto máximo
para cada edición, recogido en la cláusula sexta y en el anexo I.
cve: BOE-A-2025-14361
Verificable en https://www.boe.es
Quinta. Mecanismo de seguimiento, vigilancia y control.
Núm. 166
Viernes 11 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 92787
5. Gestión de la logística del acto de inauguración de la exposición, así como su
financiación.
6. Apoyo a la FECYT en la edición del catálogo.
7. Adquisición de las imágenes y tramitación con los autores y las autoras de los
contratos de gestión de derechos de las imágenes seleccionadas por el comité
correspondiente a las modalidades del Instituto de Agricultura Sostenible (IAS-CSIC) y al
Instituto de Agroquímica y Tecnología de Alimentos (IATA-CSIC), conforme a la
normativa que resulte aplicable.
8. Producción y preparación de la exposición para cada una de las ediciones objeto
de este convenio. Organización y gestión de su itinerancia y producción de las cajas de
transporte, si fuera necesario. Asimismo, gestión y financiación de los gastos de
almacenamiento de la exposición ocasionados durante el periodo de tiempo en el que no
se esté exhibiendo.
9. En relación con la itinerancia de la exposición, realización de las tareas de
seguimiento vinculadas (gestión de propuestas recibidas, calendarios y coordinación del
transporte con las entidades solicitantes) y elaboración de un dossier con toda la
itinerancia de cada una de las exposiciones para informar a los responsables del
Mecanismo de seguimiento, vigilancia y control al que se refiere la cláusula quinta del
presente convenio.
10. Elaboración de un breve vídeo con las mejores imágenes seleccionadas en
cada edición.
11. Difusión de Fotciencia a través de diversos canales y medios de comunicación.
Asimismo, ambas entidades se comprometen a participar en la redacción de las
normas de Fotciencia, en la designación de los miembros del comité de selección y en
los actos de inauguración de las exposiciones, así como a mantenerse mutuamente
informadas del uso que se haga de las imágenes participantes para la consecución de
una adecuada difusión de las actividades propias de cada entidad.
Cuarta.
Desarrollo de la selección de fotografías Fotciencia.
Fotciencia se desarrollará y regirá conforme a las normas generales que
establecerán las partes de mutuo acuerdo, antes del comienzo de la participación,
conforme a los procedimientos e instrumentos que resulten adecuados a la normativa
interna o externa de aplicación a una y otra institución. Estas normas se podrán adaptar
conforme a los objetivos específicos de cada edición acordados por las partes, sin que
esto suponga una modificación sustancial de las mismas.
El seguimiento, vigilancia y control del convenio se realizará a través de un
mecanismo de seguimiento formado por un (1) responsable de cada una de las partes.
El responsable por parte del CSIC será el Jefe del Área de Cultura Científica o
persona en quien delegue.
El responsable por parte de la FECYT será la Directora del Departamento de Cultura
Científica y de la Innovación o persona en quien delegue.
Ambos responsables deberán velar por el buen desarrollo del proyecto, interpretar
los términos del acuerdo y resolver las discrepancias, dudas y conflictos que se
presenten en la ejecución del convenio, mediante reuniones periódicas o intercambio de
información o informes. Asimismo podrán acordar modificaciones en el reparto de tareas
especificado en la cláusula tercera, así como modificaciones relativas a la distribución
económica bienal por actividades, respetando, en todo caso, el presupuesto máximo
para cada edición, recogido en la cláusula sexta y en el anexo I.
cve: BOE-A-2025-14361
Verificable en https://www.boe.es
Quinta. Mecanismo de seguimiento, vigilancia y control.