Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-14357)
Resolución de 1 de julio de 2025, de la Dirección de la Agencia Estatal Comisión Española para la Lucha Antidopaje en el Deporte, por la que se publica el Convenio con la Sociedad Española de Medicina del Deporte, para la prevención de la salud y lucha contra el dopaje.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 166

Viernes 11 de julio de 2025

Sec. III. Pág. 92769

respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el
que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento General de protección de datos,
RGPD), y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y garantía de los derechos digitales, así como en las disposiciones de
desarrollo que se dicten.
Los datos personales que sean objeto de tratamiento con motivo del convenio se
incorporaran a los oportunos registros de actividades de tratamiento de cada una de las
partes intervinientes. Las partes se abstendrán de hacer ningún tipo de tratamiento de
los datos personales que no sea estrictamente necesario para el cumplimiento de los
fines de este convenio. Los titulares de los datos personales podrán ejercitar ante el
responsable o el encargado del tratamiento de tales datos los derechos de acceso,
rectificación, supresión y portabilidad, y la limitación u oposición a su tratamiento.
Décima.

Jurisdicción.

El presente convenio tiene naturaleza administrativa y por ello se somete al régimen
jurídico de convenios previsto en el capítulo VI título preliminar de la Ley 40/2015, de 1
de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público.
Las cuestiones litigiosas a que pueda dar lugar la interpretación del contenido del
presente convenio, que no hayan sido resueltas por la Comisión de Seguimiento prevista
en la cláusula Quinta del convenio, se someterán a la jurisdicción contenciosoadministrativa. Todo ello sin perjuicio de que los posibles actos derivados del convenio
(en su caso contratos u otros negocios jurídicos) puedan estar sometidos, ante posibles
vicisitudes, a otros órdenes jurisdiccionales que, en su caso, puedan corresponder.
Y para que conste a los efectos previstos, firman y rubrican el presente convenio, en
duplicado ejemplar, y con promesa de cumplir cuanto en él se contiene bien y fielmente,
en el lugar y fecha al principio indicados.–El Director de la Agencia Estatal Comisión
Española para la Lucha Antidopaje en el Deporte, Carlos Peralta Gallego.–El Presidente
de la Sociedad Española de Medicina del Deporte, Miguel del Valle Soto.
ANEXO I
Presupuesto anualidad 2025

Plataforma online para la puesta en marcha del
curso por SEMED a través de su página web y
su mantenimiento.

1.500

200

Elaboración y revisión de los contenidos del
curso.

12.000

2.000

Difusión del curso y materiales divulgativos.

500

200

2.000

800

16.000

3.200

Labor docente y académica para el desarrollo
del curso.
Total.

Aportación SEMED
Año 2025

Euros

cve: BOE-A-2025-14357
Verificable en https://www.boe.es

Concepto

Aportación de CELAD
Año 2025

Euros