Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-14357)
Resolución de 1 de julio de 2025, de la Dirección de la Agencia Estatal Comisión Española para la Lucha Antidopaje en el Deporte, por la que se publica el Convenio con la Sociedad Española de Medicina del Deporte, para la prevención de la salud y lucha contra el dopaje.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 166

Viernes 11 de julio de 2025

Sec. III. Pág. 92765

● Estimulantes.
● Otras sustancias.






El control de dopaje.
Las sanciones por dopaje.
La utilización de sustancias dopantes en la práctica médica.
El dopaje accidental.
Las alternativas al dopaje en la preparación de deportistas.

● Nutrición.
● Ayudas ergogénicas.
● El entrenamiento.
● La recuperación.
La impartición de este curso será a través de la Plataforma online puesta en marcha
por SEMED a través de su página web.
La concreción del contenido de las actividades y difusiones se determinará por la
Comisión de Seguimiento, tal como se establece en la cláusula cuarta.
También se podrán realizar iniciativas informativas, divulgativas y publicaciones de
concienciación en Redes Sociales y espacios físicos tales como congresos o eventos
organizados por SEMED, así como en la CELAD.
La SEMED se compromete a:
a) Preparar los textos docentes y las preguntas de cada uno de los temas.
b) Coordinar la entrega de los materiales docentes del curso por parte de los
profesores del mismo.
c) Corregir los exámenes de los alumnos.
d) Realizar la labor de tutoría que requiere la realización del curso.
e) Alojar los materiales docentes en la página web de la escuela de formación
de SEMED.
f) Preparar y solicitar la acreditación del curso en el Comisión de Formación
Continuada del Sistema Nacional de Salud.
g) Preparar los certificados de realización del curso para los alumnos.
h) Preparar los certificados de impartición del curso para los profesores.
i) Facilitar a través de actividades de comunicación difusión de materiales
informativos tanto en papel (infografías o dípticos, así como método de video siempre
que los tuviera con imágenes que fomenten la no utilización de sustancias dopantes).
j) Difundir los diferentes contenidos tanto por email, como por aplicación móvil, así
como a través de su aplicación de mensajes informativos, en caso de tenerla
relacionados con las consecuencias físicas y psíquicas de la utilización de sustancias
dopantes.

a) Elaboración de dos temas del programa.
b) Revisión del temario del curso, con el fin de garantizar su coherencia y calidad.
c) Supervisar las matrículas de los participantes del curso, para corroborar que
todos cumplen con los criterios de inclusión en el mismo.
d) Supervisar el contenido de los exámenes del curso, para asegurar que evalúan
adecuadamente los conocimientos y competencias que el estudiante debe haber
adquirido.
e) Firmar los certificados de finalización del curso que serán otorgados a los
estudiantes que cumplan con los requisitos establecidos.
f) Alojar la información del curso en la página web de la CELAD. Esto permitirá a
los interesados acceder fácilmente a los detalles y demás aspectos importantes.

cve: BOE-A-2025-14357
Verificable en https://www.boe.es

La CELAD se compromete a: