Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-14279)
Resolución de 3 de julio de 2025, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Universidad Nacional de Educación a Distancia, el Instituto de Estudios Fiscales, O.A., e ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., para la realización de la XI edición del Máster Universitario Oficial de la Universidad Nacional de Educación a Distancia en Hacienda Pública y Administración Financiera y Tributaria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 165
Jueves 10 de julio de 2025
Quinta.
Sec. III. Pág. 92298
Profesorado.
Los equipos docentes estarán conformados, de acuerdo con la Memoria verificada
por la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA) y las
actualizaciones realizadas por la Comisión de Título, por profesores UNED y No UNED,
estos últimos pertenecientes básicamente al IEF o a las Administraciones financieras o
tributarias.
En todo caso, y para dar cumplimiento a dicha normativa, la asignación de
profesores deberá realizarse teniendo en cuenta el preceptivo equilibrio entre profesores
doctores y no doctores. Así mismo, se intentará que exista un equilibrio entre profesores
pertenecientes a la UNED y profesores procedentes de los cuadros técnicos del
Ministerio de Hacienda, los cuales deberán reunir los requisitos académicos y
profesionales exigidos por la normativa vigente para ser profesores de un Máster
Universitario Oficial. La participación docente de estos últimos profesores será
atendiendo a que son profesionales cualificados (principalmente del Ministerio de
Hacienda) que desean colaborar en el desarrollo del mismo.
En cualquier caso, en todas las asignaturas existirá un profesor perteneciente a la
plantilla de la UNED que será el responsable de acreditar las enseñanzas y firmar las
actas oficiales de las evaluaciones que son necesarias para la expedición del título por
dicha universidad.
Los derechos y obligaciones de cada colectivo estarán sujetos a lo dispuesto en su
respectiva normativa reguladora, siendo responsabilidad de cada institución únicamente
los trabajadores o funcionarios que integren su plantilla.
No podrá ser retribuida la realización de actividades sustantivas del Máster al
personal docente e investigador de la UNED, pues se incluyen dentro de aquellas
actividades docentes que son propias de su puesto de trabajo. En todo caso, en relación
con la dedicación y retribución de las tutorizaciones se deberá atender a lo que dispone
el régimen regulador de la función tutorial en la UNED.
El IEF podrá incentivar el compromiso del profesorado con el Instituto mediante el
apoyo de actividades vinculadas a la investigación y a la transferencia y divulgación del
conocimiento en las áreas de interés del IEF.
Sexta. Desarrollo de la docencia y evaluación de los conocimientos.
Siempre preservando las funciones que según la normativa corresponda en exclusiva
a la UNED y a los profesores responsables de las diferentes asignaturas del Máster, la
tutorización de las asignaturas, la evaluación continua de las mismas, así como la
elaboración y adaptación de las Guías y Unidades Didácticas y demás material
necesario para el desarrollo correcto del mismo se llevará a cabo en colaboración con el
IEF e ICEX en el marco de la actividad que es propia del Centro Especial Institucional de
la UNED en el IEF.
La tutorización:
El desarrollo de la docencia, siguiendo la metodología propia de la UNED, incluirá la
tutorización de los estudiantes.
Corresponde a los equipos docentes de la UNED la supervisión de las labores de
tutoría de sus respectivas asignaturas.
La tutorización de las asignaturas podrá realizarse directamente por los profesores
mencionados en la cláusula anterior o mediante otros profesores tutores seleccionados
al efecto. Con carácter general, y siempre buscando para ellos el mayor grado de
especialización posible desde la experiencia aplicada de las materias del Máster a las
Administraciones financieras y tributarias, los responsables de dichas tutorizaciones
serán en un número importante colaboradores externos a la plantilla de la UNED.
Además, éstos, que actuarán siempre bajo la supervisión y coordinación del profesor
cve: BOE-A-2025-14279
Verificable en https://www.boe.es
a)
Núm. 165
Jueves 10 de julio de 2025
Quinta.
Sec. III. Pág. 92298
Profesorado.
Los equipos docentes estarán conformados, de acuerdo con la Memoria verificada
por la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA) y las
actualizaciones realizadas por la Comisión de Título, por profesores UNED y No UNED,
estos últimos pertenecientes básicamente al IEF o a las Administraciones financieras o
tributarias.
En todo caso, y para dar cumplimiento a dicha normativa, la asignación de
profesores deberá realizarse teniendo en cuenta el preceptivo equilibrio entre profesores
doctores y no doctores. Así mismo, se intentará que exista un equilibrio entre profesores
pertenecientes a la UNED y profesores procedentes de los cuadros técnicos del
Ministerio de Hacienda, los cuales deberán reunir los requisitos académicos y
profesionales exigidos por la normativa vigente para ser profesores de un Máster
Universitario Oficial. La participación docente de estos últimos profesores será
atendiendo a que son profesionales cualificados (principalmente del Ministerio de
Hacienda) que desean colaborar en el desarrollo del mismo.
En cualquier caso, en todas las asignaturas existirá un profesor perteneciente a la
plantilla de la UNED que será el responsable de acreditar las enseñanzas y firmar las
actas oficiales de las evaluaciones que son necesarias para la expedición del título por
dicha universidad.
Los derechos y obligaciones de cada colectivo estarán sujetos a lo dispuesto en su
respectiva normativa reguladora, siendo responsabilidad de cada institución únicamente
los trabajadores o funcionarios que integren su plantilla.
No podrá ser retribuida la realización de actividades sustantivas del Máster al
personal docente e investigador de la UNED, pues se incluyen dentro de aquellas
actividades docentes que son propias de su puesto de trabajo. En todo caso, en relación
con la dedicación y retribución de las tutorizaciones se deberá atender a lo que dispone
el régimen regulador de la función tutorial en la UNED.
El IEF podrá incentivar el compromiso del profesorado con el Instituto mediante el
apoyo de actividades vinculadas a la investigación y a la transferencia y divulgación del
conocimiento en las áreas de interés del IEF.
Sexta. Desarrollo de la docencia y evaluación de los conocimientos.
Siempre preservando las funciones que según la normativa corresponda en exclusiva
a la UNED y a los profesores responsables de las diferentes asignaturas del Máster, la
tutorización de las asignaturas, la evaluación continua de las mismas, así como la
elaboración y adaptación de las Guías y Unidades Didácticas y demás material
necesario para el desarrollo correcto del mismo se llevará a cabo en colaboración con el
IEF e ICEX en el marco de la actividad que es propia del Centro Especial Institucional de
la UNED en el IEF.
La tutorización:
El desarrollo de la docencia, siguiendo la metodología propia de la UNED, incluirá la
tutorización de los estudiantes.
Corresponde a los equipos docentes de la UNED la supervisión de las labores de
tutoría de sus respectivas asignaturas.
La tutorización de las asignaturas podrá realizarse directamente por los profesores
mencionados en la cláusula anterior o mediante otros profesores tutores seleccionados
al efecto. Con carácter general, y siempre buscando para ellos el mayor grado de
especialización posible desde la experiencia aplicada de las materias del Máster a las
Administraciones financieras y tributarias, los responsables de dichas tutorizaciones
serán en un número importante colaboradores externos a la plantilla de la UNED.
Además, éstos, que actuarán siempre bajo la supervisión y coordinación del profesor
cve: BOE-A-2025-14279
Verificable en https://www.boe.es
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