Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-14275)
Resolución de 3 de julio de 2025, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Agencia Estatal de Administración Digital y la Agencia de Información y Control Alimentarios, O.A., para la asignación de equipos portátiles y/o separables dentro de la iniciativa «Puesto de Trabajo Inteligente», en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -financiado por la Unión Europea- Next Generation EU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 165

Jueves 10 de julio de 2025

Sec. III. Pág. 92242

Cuarto.
Que la Agencia de Información y Control Alimentarios, O.A., tiene como atribuciones/
funciones establecidas en su Estatuto, aprobado mediante Real Decreto 227/2014, de 4
de abril, la gestión de medios materiales del departamento.
Quinto.
Que la Agencia de Información y Control Alimentarios, considera de gran utilidad
disponer de los equipos portátiles y/o separables enmarcados en la iniciativa de Puesto
de Trabajo Inteligente del Plan de Digitalización de las Administraciones
Públicas 2021-2025 para dotar a los empleados públicos de soluciones colaborativas y
de movilidad en los puestos de trabajo, que les permitan tanto su uso presencial en las
instalaciones del organismo o entidad como, en su caso, fuera de las mismas.
Sexto.
Que es posible la aplicación del Fondo de Recuperación Next Generation EU a la
adquisición de los equipos portátiles y/o separables, siendo el presente convenio el
instrumento destinado a hacer efectiva la medida «Puesto de Trabajo Inteligente»,
incluida en el C11.I1, mediante la asignación a la Agencia de Información y Control
Alimentarios de dichos equipos, así como la cesión de su derecho de uso.
Séptimo.
Que es de interés general para las partes firmantes dar respuesta al objetivo común
de incrementar la eficacia y la eficiencia de las Administraciones, facilitar la aplicación de
economías de escala y contribuir a la racionalización y simplificación de la actuación
administrativa.
Por todo ello, ambas partes suscriben el presente convenio, que se regirá por las
siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto.

Constituye el objeto de este convenio:
1.º Llevar a cabo la asignación por la AEAD a la Agencia de Información y Control
Alimentarios de 200 equipos portátiles y/o separables, adquiridos por aquella con cargo
al Fondo de Recuperación Next Generation EU, así como la cesión de su derecho de
uso. Dicha asignación se realiza con la siguiente distribución:

2.º Establecer los términos, las condiciones generales y las responsabilidades de
las partes con relación a la asignación de los equipos portátiles y/o separables y la
cesión de su derecho de uso.
Segunda.
1.

Obligaciones de las partes.

Son obligaciones de la AEAD:

a) Realizar la recepción de los equipos ante la Intervención General de la
Administración del Estado (en adelante, IGAE).

cve: BOE-A-2025-14275
Verificable en https://www.boe.es

a) Equipos portátiles ultraligeros: 120, cuyos números de serie e inventario se
adjuntan en el anexo I.
b) Equipos separables: 80, cuyos números de serie e inventario se adjuntan en el
anexo II.