Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática. III. Otras disposiciones. Convenios de cooperación transfronteriza. (BOE-A-2025-14289)
Resolución de 3 de julio de 2025, de la Secretaría General de Coordinación Territorial, por la que se publica el Convenio de cooperación entre el Ayuntamiento de Irún y el Syndicat des mobilités Pays Basque-Adour (República Francesa), en el marco de «La prestación de servicios de transporte público a Irún por parte del Syndicat des mobilités».
11 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 165
Jueves 10 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 92359
MN
Media aritmética de los 12 últimos índices mensuales conocidos en la fecha de aplicación
del índice de precios al consumo - Base 2015 - Todos los hogares - Francia metropolitana Nomenclatura Coicop: 07.2.3 - Mantenimiento y reparación de vehículos de motor privados
(www.insee.fr, Identificador 001764109).
M0
130,26 (media aritmética de los 12 últimos índices mensuales en la fecha de presentación
de la oferta definitiva).
FGN
Media aritmética de los 4 últimos índices trimestrales conocidos en la fecha de aplicación
de la indexación del índice de precios de producción de los servicios franceses a las
empresas francesas (BtoB) - Total HS - Todos los servicios - Base 100 en 2015.
(www.insee.fr, Identificador 010545930).
FG0
112,20 (Media aritmética de los 12 últimos índices mensuales en la fecha de presentación
de la oferta definitiva).
La fórmula de indexación se calcula con tres dígitos después del punto decimal, y las
reglas de redondeo se aplican por exceso o por defecto al dígito siguiente.
En caso de modificación de la base de los índices de actualización durante la
vigencia del contrato, los índices de referencia «0» se retrotraerán a los periodos «0» en
base a los coeficientes de conexión publicados por el INSEE.
7.3
Ajuste del canon en caso de incremento del servicio.
El SMPBA puede proponer cambios en la oferta con vistas a incrementar el servicio.
Si el SMPBA decide incrementar el servicio existente en más del 1 % del kilometraje
anual.
– Las condiciones establecidas en el artículo 7.1 se revisarán de la siguiente
manera: Por cada kilómetro adicional recorrido que supere el + 1 % del volumen anual
(véase el artículo 7.1), el Ayuntamiento de Irún aportará el 50 % del coste adicional sobre
la base de un coste global calculado en 3,37 euros/km (euros 2024). Este importe estará
sujeto a indexación. En tal caso, se añadirá una clausula adicional al convenio.
– Si la modificación realizada por el SMPBA genera la incorporación de un vehículo
más (por encima de la flota actual), el Ayuntamiento de Irún aportará también el 50 % del
coste total de adquisición/leasing del vehículo. En tal caso, una cláusula adicional al
convenio establecerá los términos y condiciones de la contribución del Ayuntamiento.
En cualquier caso, la modificación efectiva del servicio no se aplicará antes de un
plazo de doce meses.
Artículo 8.
Condiciones de pago del canon.
– Solicitud de fondos n.º 1 (mayo/junio) = tras la votación del Presupuesto del
SMPBA para el año N, sobre la base del importe anual expresado en 2024 euros,
combinado con la indexación definitiva para el año N-1.
– Solicitud de fondos n.º 2 (enero) = una vez conocida la indexación definitiva del
año N en enero del año N+1, el SMPBA ajustará al alza o a la baja la aportación del
Ayuntamiento de Irún.
Si el servicio aumenta (más de un 1 % km/año), la primera solicitud de fondos se
establecerá sobre la base del convenio inicial y de cualquier cláusula modificativa del
mismo.
El pago se efectuará en un plazo máximo de treinta días a partir de la recepción de la
solicitud de fondos.
cve: BOE-A-2025-14289
Verificable en https://www.boe.es
El canon Rn abonado por el Ayuntamiento de Irún se calculará en relación con el
periodo de referencia anual n.
El Ayuntamiento efectuará dos pagos anuales, previa solicitud de fondos del SMPBA:
Núm. 165
Jueves 10 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 92359
MN
Media aritmética de los 12 últimos índices mensuales conocidos en la fecha de aplicación
del índice de precios al consumo - Base 2015 - Todos los hogares - Francia metropolitana Nomenclatura Coicop: 07.2.3 - Mantenimiento y reparación de vehículos de motor privados
(www.insee.fr, Identificador 001764109).
M0
130,26 (media aritmética de los 12 últimos índices mensuales en la fecha de presentación
de la oferta definitiva).
FGN
Media aritmética de los 4 últimos índices trimestrales conocidos en la fecha de aplicación
de la indexación del índice de precios de producción de los servicios franceses a las
empresas francesas (BtoB) - Total HS - Todos los servicios - Base 100 en 2015.
(www.insee.fr, Identificador 010545930).
FG0
112,20 (Media aritmética de los 12 últimos índices mensuales en la fecha de presentación
de la oferta definitiva).
La fórmula de indexación se calcula con tres dígitos después del punto decimal, y las
reglas de redondeo se aplican por exceso o por defecto al dígito siguiente.
En caso de modificación de la base de los índices de actualización durante la
vigencia del contrato, los índices de referencia «0» se retrotraerán a los periodos «0» en
base a los coeficientes de conexión publicados por el INSEE.
7.3
Ajuste del canon en caso de incremento del servicio.
El SMPBA puede proponer cambios en la oferta con vistas a incrementar el servicio.
Si el SMPBA decide incrementar el servicio existente en más del 1 % del kilometraje
anual.
– Las condiciones establecidas en el artículo 7.1 se revisarán de la siguiente
manera: Por cada kilómetro adicional recorrido que supere el + 1 % del volumen anual
(véase el artículo 7.1), el Ayuntamiento de Irún aportará el 50 % del coste adicional sobre
la base de un coste global calculado en 3,37 euros/km (euros 2024). Este importe estará
sujeto a indexación. En tal caso, se añadirá una clausula adicional al convenio.
– Si la modificación realizada por el SMPBA genera la incorporación de un vehículo
más (por encima de la flota actual), el Ayuntamiento de Irún aportará también el 50 % del
coste total de adquisición/leasing del vehículo. En tal caso, una cláusula adicional al
convenio establecerá los términos y condiciones de la contribución del Ayuntamiento.
En cualquier caso, la modificación efectiva del servicio no se aplicará antes de un
plazo de doce meses.
Artículo 8.
Condiciones de pago del canon.
– Solicitud de fondos n.º 1 (mayo/junio) = tras la votación del Presupuesto del
SMPBA para el año N, sobre la base del importe anual expresado en 2024 euros,
combinado con la indexación definitiva para el año N-1.
– Solicitud de fondos n.º 2 (enero) = una vez conocida la indexación definitiva del
año N en enero del año N+1, el SMPBA ajustará al alza o a la baja la aportación del
Ayuntamiento de Irún.
Si el servicio aumenta (más de un 1 % km/año), la primera solicitud de fondos se
establecerá sobre la base del convenio inicial y de cualquier cláusula modificativa del
mismo.
El pago se efectuará en un plazo máximo de treinta días a partir de la recepción de la
solicitud de fondos.
cve: BOE-A-2025-14289
Verificable en https://www.boe.es
El canon Rn abonado por el Ayuntamiento de Irún se calculará en relación con el
periodo de referencia anual n.
El Ayuntamiento efectuará dos pagos anuales, previa solicitud de fondos del SMPBA: