Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-14298)
Resolución de 2 de julio de 2025, de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., por la que se publica el Convenio con la Agencia Española de Protección de Datos, para colaborar en la realización del encuentro «Innovación y privacidad en inteligencia artificial y espacios de datos: construcción de un modelo compatible con los derechos de las personas».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 165

Jueves 10 de julio de 2025
Segunda.

Sec. III. Pág. 92428

Compromisos asumidos por la AEPD.

I. Aspectos académicos.
La AEPD asume las tareas de dirección académica y de secretaría académica del
encuentro, de acuerdo con la propuesta de programa presentada por la propia Agencia y
aprobada por la UIMP.
El equipo directivo y técnico de la AEPD participará activamente en el programa,
asesorando e interviniendo en aquellos temas en los que su aportación sea relevante
para el contenido del encuentro.
II. Gestión del encuentro.
i. La AEPD, con sus propios medios y de acuerdo a sus procedimientos y
normativa, se encargará de gestionar directamente los viajes (incluidos transfers), el
alojamiento, los desayunos y las cenas de las personas que se encarguen de la
dirección y de la secretaría académica y del resto de profesorado.
ii. La AEPD mantendrá indemne a la UIMP de cualquier reclamación que se pueda
recibir en relación con el encuentro en lo que se refiere a la gestión que la propia AEPD
realiza, asumiendo éste toda la responsabilidad frente al profesorado, empresas
contratistas o cualquier persona o entidad que pueda verse afectada por dicha gestión.
III. Compromiso económico.

i. Una aportación a la UIMP en concepto de apoyo económico a los gastos que
gestiona la UIMP para la organización y celebración del encuentro por un importe
máximo de nueve mil ochocientos cincuenta euros con ochenta céntimos (9.850,80 €). El
importe de esta aportación se calcula como la suma de los importes de las partidas que
se indican en el presupuesto del anexo II. La AEPD no asumirá ninguna aportación a la
UIMP por este concepto por importe superior a la cantidad indicada en este párrafo.
Esta aportación irá con cargo a la aplicación presupuestaria 13.301.135M.226.06 de
su presupuesto vigente de gastos, en la cual existe crédito adecuado y suficiente, y se
abonará mediante transferencia a la cuenta n.º ES95-9000-0001-20-0200008606 abierta
a nombre de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo en el Banco de España,
Agencia de Madrid. Se establecen como requisitos para el pago que se haya celebrado
el encuentro de conformidad con lo previsto y acordado en este convenio y que se haya
emitido por parte de la UIMP el correspondiente requerimiento de pago. Los
responsables del seguimiento, vigilancia y control del convenio certificarán
conjuntamente el cumplimiento de los requisitos indicados para el pago. Este pago se
deberá realizar en el plazo máximo de treinta días desde la emisión de la certificación
indicada y en todo caso antes del 31 de diciembre de 2025.
En el caso de que se acordara la no celebración del encuentro por causa de fuerza
mayor, por la falta del número mínimo de alumnos requerido según la normativa de
la UIMP, o por cualquier otra causa valorada de mutuo acuerdo por ambas partes,
la AEPD únicamente deberá hacer una aportación económica a la UIMP por el importe
de aquellos gastos que ya se hubieran realizado antes de la cancelación del encuentro y
no pudieran recuperarse, según liquidación que presentará la UIMP, hasta un máximo
de 9.850,80 euros. Esta liquidación deberá contar con el visto bueno de los responsables
del seguimiento del convenio.
ii. Aportación en servicios. La AEPD asumirá directamente con su propios medios
de su presupuesto ordinario, la financiación de las actuaciones que gestiona de acuerdo
con lo indicado en el apartado II de esta cláusula, hasta un máximo de diecinueve mil

cve: BOE-A-2025-14298
Verificable en https://www.boe.es

La AEPD asume un compromiso económico máximo en virtud de este convenio de
veintinueve mil quinientos veintitrés euros con sesenta céntimos (29.523,60 €), según se
detalla en el presupuesto que aprueban las partes y que se recoge en el anexo II. Este
compromiso económico incluye: