Comunitat Valenciana. III. Otras disposiciones. Bienes de interés cultural. (BOE-A-2025-14305)
Resolución de 18 de junio de 2025, de la Conselleria de Educación, Cultura, Universidades y Empleo, por la que se incoa expediente para declarar bien de interés cultural, con la categoría de sitio histórico, el conjunto formado por los espacios que ocuparon la torre-palacio del Maestre de la Orden de Montesa y el convento de Santo Domingo de Sant Mateu, y se somete el expediente incoado a trámite de información pública.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 165

Jueves 10 de julio de 2025

Sec. III. Pág. 92487

Por otra parte, el paisaje circundante al noreste y este del conjunto, que está
catalogado como no agrario por el Catastro, en el que donde cualquier edificación o
instalación de cualquier tipo, afectaría negativamente en la contemplación del bien y a su
entorno paisajístico, se han incluido las parcelas circundantes.
2. Arqueológicas: el ámbito comprende los perímetros de presunción arqueológica,
susceptibles de nuevos hallazgos relacionados directamente con el monumento.
3. Catastrales y administrativas: para facilitar la delimitación propuesta hemos
tenido en cuenta las subdivisiones del parcelario que se encuentra en la página del
Catastro. Se han incluido dentro del área de protección del monumento, los siguientes
elementos urbanos:
– Parcelas que limitan directamente con la que ocupa el BIC, pudiendo afectar al
mismo, tanto visual como físicamente cualquier intervención que se realice sobre ellas.
– Parcelas recayentes al mismo espacio público que el BIC y que constituyen el
entorno visual y ambiental inmediato y en el que cualquier intervención que se realice
pueda suponer una alteración de las condiciones de percepción de este o del carácter
del espacio urbano.
– Espacios públicos en contacto directo con el BIC y las parcelas enumeradas
anteriormente y que constituyen parte de su ambiente urbano inmediato.
– Edificaciones o cualquier elemento del paisaje urbano que aun no teniendo una
situación de inmediatez con el BIC afecten de forma fundamental a la percepción de
este.
3.2

Delimitación literal del entorno.

Como resultado de la combinación de los criterios de delimitación adoptados, se han
definido unos límites que vienen determinados por una serie de norte a sur y en el
sentido de las agujas del reloj, son los siguientes:

La línea delimitadora se inicia en el vértice noreste de la parcela 96 del polígono 24 y
recorre el límite sureste de las parcelas 96, 108, 107, 106 y 105 de dicho polígono. En el
extremo suroeste de la parcela 105 cruza transversalmente el río Palau hasta el vértice
sureste de la parcela 34 de manzana catastral 11336, recorre su límite sur y gira hacia el
norte siguiendo el límite oeste de las parcelas 34, 46, 35, 36, 37, 38, 39 y 03 de dicha
manzana. En el vértice noroeste de parcela 03, cruza transversalmente la calle Sant
Isidre hasta el vértice sur de la parcela 03 de la manzana 11342, para continuar por el
límite oeste de las parcelas 03 y 41 de dicha manzana. Desde el vértice noroeste de la
parcela 41, cruza transversalmente la calle de Sant Domenech hasta el vértice suroeste
de la parcela 31 de la manzana 10345, para recorrer su límite oeste y norte. En este
punto cruza el río Palau hacia el este, hasta el vértice noroeste de la parcela 14 de la
manzana 11356. Recorre el límite noroeste de las parcelas 14, 15, 16, 17, 25, 20, 21, 02
y 01 de dicha manzana. Desde el vértice noreste de la parcela 01 de la manzana 11356,
cruza transversalmente la calle del Raval de Barcelona hasta el vértice sureste de la
parcela 01 de la manzana 11359 y recorre su límite este para cruzar desde el vértice
noreste transversalmente la calle Portal de Xert hasta el vértice noroeste de la
manzana 12361, cuyo límite norte sigue por completo. Desde el vértice noreste de la
misma, cruza transversalmente la calle dels Camps y recorre el límite oeste de la
parcela 02 de la manzana 12365 hasta el vértice sur de la misma, por donde cruza
transversalmente el camí de Sant Joan en perpendicular al límite norte de la parcela 01

cve: BOE-A-2025-14305
Verificable en https://www.boe.es

– Origen del punto: vértice noreste de la parcela 96 del polígono 24.
– Sentido: horario.
– Línea delimitadora: de forma general, la delimitación incluye de forma íntegra las
manzanas catastrales número 12356, 12351, 12367, 12365, 12361 y 11356, así como
algunas parcelas de las manzanas número 10345, 11342 y 11336 y los espacios públicos
entre ellas, incluso la plaza de la Pietat. Así mismo, incorpora una serie de parcelas
ubicadas en el polígono 24 y un tramo del Camí de Quarterades y de la CV-1321.