Comunitat Valenciana. III. Otras disposiciones. Bienes de interés cultural. (BOE-A-2025-14305)
Resolución de 18 de junio de 2025, de la Conselleria de Educación, Cultura, Universidades y Empleo, por la que se incoa expediente para declarar bien de interés cultural, con la categoría de sitio histórico, el conjunto formado por los espacios que ocuparon la torre-palacio del Maestre de la Orden de Montesa y el convento de Santo Domingo de Sant Mateu, y se somete el expediente incoado a trámite de información pública.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 165

Jueves 10 de julio de 2025

Sec. III. Pág. 92486

12. Escudo de la orden de Montesa, procedente del Convento de Santo Domingo.

Colección Museográfica Municipal.

13. Escudo con decoración animal, procedente del Convento de Santo Domingo.

Colección Museográfica Municipal.

14. Capitel, procedente del Convento de Santo Domingo.

Colección Museográfica Municipal.

15. Escudo con decoración animal, procedente del Convento de Santo Domingo.

Colección Museográfica Municipal.

16. Escudo con decoración vegetal, procedente del Convento de Santo Domingo.

Colección Museográfica Municipal.

17. Escudo con decoración animal, procedente del Convento de Santo Domingo.

Colección Museográfica Municipal.

18. Conducto de agua exterior, procedente del Convento de Santo Domingo.

Colección Museográfica Municipal.

19. Sillares del pozo interior, procedente del Convento de Santo Domingo.

Colección Museográfica Municipal.

20. Sillares, columnas, bases de columnas, conducciones de agua, etc., y escudo con decoración animal,
procedente del Convento de Santo Domingo.

Colección Museográfica Municipal.

21. Retablo de piedra, procedente del Convento de Santo Domingo.

Colección Museográfica Parroquial.

22. Nervios de bóveda gótica, procedente del Convento de Santo Domingo.

Colección Museográfica Parroquial.

23. Clave de bóveda gótica, procedente del Convento de Santo Domingo.

Colección Museográfica Parroquial.

24. Clave de bóveda gótica, con la imagen de Sant Miquel, procedente del Convento de Santo Domingo.

Colección Museográfica Parroquial.

25. Base de columna, integrada en las escaleras de las escaleras de la torre campanario y capitel de
columna, procedente del Convento de Santo Domingo.

Colección Museográfica Parroquial.

26. Fragmento de capitel, procedente del Convento de Santo Domingo.

Colección Museográfica Parroquial.

27. Nervios de bóveda gótica, procedente del Convento de Santo Domingo.

Colección Museográfica Parroquial.

28. Nervios de bóveda gótica, conservando parte de la pintura original, procedente del Convento de Santo
Domingo.

Colección Museográfica Parroquial.

29. Escudo de montesa, conservando parte de la pintura original, procedente del Convento de Santo
Domingo.

Colección Museográfica Parroquial.

30. Nervio de bóveda gótica, procedente del Convento de Santo Domingo.

Zona murallas Calvario.

31. Bases de columna, procedente del Convento de Santo Domingo.

Zona murallas Calvario.

32. Nervios de bóveda gótica, procedente del Convento de Santo Domingo.

Abrevadero de los lavaderos
municipales.

3.
3.1

Delimitación literal del entorno de protección del sitio histórico

Justificación de la delimitación propuesta.

1. Topográficos y paisajísticos: tal y como se indica en el artículo 38 de la
Ley 4/1998, del Patrimonio Cultural Valenciano, y el 18 de la Ley 16/1985, del Patrimonio
Histórico Español, los bienes inmuebles de interés cultural son inseparables de su
entorno. Si bien el paisaje que constituía el entorno donde se ubicaron la torre-palacio y
el convento ha sido transformado totalmente y en la actualidad se han edificado
construcciones en su parte noroeste, consideramos que el área de protección debe
incluir el entorno más inmediato, donde la construcción o modificación de cualquier
edificación afectaría negativamente en la contemplación del bien.

cve: BOE-A-2025-14305
Verificable en https://www.boe.es

Para establecer la delimitación del entorno de protección se ha tenido en cuenta lo
dispuesto en la disposición transitoria primera 2.a y 2.b de la Ley 5/2007 de modificación
de la Ley 14/1998, del Patrimonio Cultural Valenciano ya que las parcelas que rodean el
conjunto monumental son tanto parcelas urbanas como agrarias.
En esta delimitación se han tenido en cuenta, a su vez, criterios de otra naturaleza
como: