Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. I. Disposiciones generales. Tratados internacionales. (BOE-A-2025-14206)
Enmiendas de 2020 al Código internacional para la construcción y el equipo de buques que transporten gases licuados a granel (Código CIG), adoptadas mediante Resolución MSC.476(102).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 165

Jueves 10 de julio de 2025

Sec. I. Pág. 92044

ANEXO
Enmiendas al Código internacional para la construcción y el equipo de buques que
transporten gases licuados a granel (Código CIG)
CAPÍTULO 6
Materiales de construcción y control de calidad
6.5

Soldadura de materiales metálicos y pruebas no destructivas.

6.5.3 Pruebas de procedimiento de soldaduras para tanques de carga y recipientes
de elaboración a presión.
1.

El párrafo 6.5.3.5.1 se sustituye por el siguiente:
«.1 Pruebas de tracción: La resistencia a la tracción de las soldaduras
transversales no será inferior a la resistencia mínima a la tracción especificada
para los correspondientes materiales de base. En el caso de materiales tales
como las aleaciones de aluminio, se hará referencia a 4.18.1.3 en relación con las
prescripciones relativas a la resistencia del metal de aportación de las soldaduras
de menor resistencia de la chapa (si el metal de aportación presenta una
resistencia a la tracción inferior a la del metal de base). En todo caso, se dejará
constancia de la posición de fractura a título informativo;»
* * *

Las presentes enmiendas entraron en vigor, con carácter general y para España, el 1
de enero de 2024, de conformidad con lo dispuesto en el artículo VIII.b).vii).2) del
Convenio internacional para la seguridad de la vida humana en el mar (Convenio
SOLAS), 1974.

cve: BOE-A-2025-14206
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Madrid, 3 de julio de 2025.–La Secretaria General Técnica, Rosa Velázquez Álvarez.

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X