Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-14163)
Resolución de 3 de julio de 2025, de la Subsecretaría, por la que se publica la segunda Adenda de modificación y prórroga del Convenio entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación e ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., para la realización de nuevas actividades de comunicación internacional a favor del sector agroalimentario español en el periodo 2023-2025, Spain Food Nation V.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 164
Miércoles 9 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 91559
en la parte correspondiente a la quinta aportación del MAPA sustituyéndose el texto por
el siguiente:
«Quinta aportación: Correspondiente a las acciones objeto del presente
convenio ejecutadas desde el 1 de enero de 2025 hasta el 30 de junio de 2025 y
cuyo pago sea justificado hasta el 30 de septiembre de 2025.»
2. Igualmente, se modifica la cláusula quinta del convenio en lo que respecta a la
cuarta aportación de ICEX, sustituyéndose el texto correspondiente por el siguiente:
«Cuarta aportación: Correspondiente a las acciones objeto del presente
convenio ejecutadas desde el 1 de enero de 2025 hasta el 30 de junio de 2025, y
cuyo pago sea justificado hasta el 30 de septiembre de 2025, previa justificación
por parte de ICEX de la ejecución de las acciones correspondientes, aportando
una memoria de acuerdo con lo especificado en la cláusula cuarta del presente
convenio, así como sus correspondientes documentos justificativos.»
Tercera. Acuerdo de prórroga.
Las partes acuerdan prorrogar la vigencia del convenio hasta el día 31 de octubre
de 2025.
Cuarta.
Eficacia de la adenda.
La presente adenda se perfeccionará con la firma de las partes y resultará eficaz una
vez inscrita en Registro Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector
Público (REOICO), sin perjuicio de su publicación posterior en el «Boletín Oficial del
Estado», según dispone el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
cve: BOE-A-2025-14163
Verificable en https://www.boe.es
En prueba de conformidad, y para la debida constancia, ambas partes suscriben por
medios electrónicos la presente adenda, tomándose como fecha de formalización la del último
firmante.–El Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, P. D. (Orden APA/1511/2024, de 2
de diciembre), la Secretaria General de Recursos Agrarios y Seguridad Alimentaria, Ana
Rodríguez Castaño.–La Consejera Delegada de ICEX España Exportación e Inversiones,
E.P.E., Elisa Carbonell Martín.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 164
Miércoles 9 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 91559
en la parte correspondiente a la quinta aportación del MAPA sustituyéndose el texto por
el siguiente:
«Quinta aportación: Correspondiente a las acciones objeto del presente
convenio ejecutadas desde el 1 de enero de 2025 hasta el 30 de junio de 2025 y
cuyo pago sea justificado hasta el 30 de septiembre de 2025.»
2. Igualmente, se modifica la cláusula quinta del convenio en lo que respecta a la
cuarta aportación de ICEX, sustituyéndose el texto correspondiente por el siguiente:
«Cuarta aportación: Correspondiente a las acciones objeto del presente
convenio ejecutadas desde el 1 de enero de 2025 hasta el 30 de junio de 2025, y
cuyo pago sea justificado hasta el 30 de septiembre de 2025, previa justificación
por parte de ICEX de la ejecución de las acciones correspondientes, aportando
una memoria de acuerdo con lo especificado en la cláusula cuarta del presente
convenio, así como sus correspondientes documentos justificativos.»
Tercera. Acuerdo de prórroga.
Las partes acuerdan prorrogar la vigencia del convenio hasta el día 31 de octubre
de 2025.
Cuarta.
Eficacia de la adenda.
La presente adenda se perfeccionará con la firma de las partes y resultará eficaz una
vez inscrita en Registro Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector
Público (REOICO), sin perjuicio de su publicación posterior en el «Boletín Oficial del
Estado», según dispone el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
cve: BOE-A-2025-14163
Verificable en https://www.boe.es
En prueba de conformidad, y para la debida constancia, ambas partes suscriben por
medios electrónicos la presente adenda, tomándose como fecha de formalización la del último
firmante.–El Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, P. D. (Orden APA/1511/2024, de 2
de diciembre), la Secretaria General de Recursos Agrarios y Seguridad Alimentaria, Ana
Rodríguez Castaño.–La Consejera Delegada de ICEX España Exportación e Inversiones,
E.P.E., Elisa Carbonell Martín.
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