Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-14163)
Resolución de 3 de julio de 2025, de la Subsecretaría, por la que se publica la segunda Adenda de modificación y prórroga del Convenio entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación e ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., para la realización de nuevas actividades de comunicación internacional a favor del sector agroalimentario español en el periodo 2023-2025, Spain Food Nation V.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 164
Miércoles 9 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 91558
Ambas partes se reconocen capacidad jurídica suficiente para suscribir la presente
adenda de modificación y prórroga, a tal efecto
EXPONEN
Primero.
El MAPA e ICEX firmaron un convenio con fecha de 8 de noviembre de 2023 con el
objeto de colaborar en el diseño e implementación de nuevas actividades de
comunicación internacional, «Spain Food Nation V», a favor del sector agroalimentario
español, en el periodo 2023-2025. Dicho convenio adquirió eficacia tras la inscripción en
el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación (REOICO)
el 10 de noviembre de 2023 y fue publicado en el «Boletín Oficial del Estado» el 7 de
diciembre de 2023.
Dicho convenio fue modificado por una adenda suscrita el 10 de abril de 2024 y
adquirió eficacia tras la inscripción en el REOICO el 10 de abril de 2024 y publicada en el
BOE el 10 de mayo de 2024.
Segundo.
En su cláusula novena, se estipula que cualquiera de las partes podrá proponer la
modificación de este convenio, en cualquier momento antes de su finalización. De
producirse la modificación del convenio, los correspondientes cambios requerirán
acuerdo unánime de los firmantes y habrán de incorporarse al mismo mediante la
correspondiente adenda.
Tercero.
En la reunión mantenida por la Comisión de Seguimiento del convenio, celebrada
el 9 de mayo de 2025, se informó por parte de ICEX de la necesidad de disponer de un
plazo mayor para recepcionar la documentación requerida para la quinta aportación del
MAPA y la cuarta aportación de ICEX. Con este fin, se acordó la modificación de la
cláusula quinta del convenio y prorrogar la duración del convenio hasta el 31 de octubre
de 2025.
Por todo lo expuesto, ambas partes acuerdan suscribir la presente adenda de
modificación y prorroga que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
El objeto de la presente adenda de modificación y prórroga es la ampliación de los
plazos de justificación de actividades, en lo relativo a la quinta aportación del MAPA y la
cuarta aportación del ICEX, así como de la vigencia del convenio.
Modificación de la cláusula quinta «Financiación y forma de pago».
1. La cláusula quinta del convenio firmado el 8 de noviembre de 2023 entre el
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación e ICEX España Exportación e
Inversiones, E.P.E. para la realización de nuevas actividades de comunicación
internacional a favor del sector agroalimentario español en el periodo 2023-2025 (Spain
Food Nation V), y modificada según adenda suscrita el 10 de abril de 2024, se modifica
cve: BOE-A-2025-14163
Verificable en https://www.boe.es
Segunda.
Núm. 164
Miércoles 9 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 91558
Ambas partes se reconocen capacidad jurídica suficiente para suscribir la presente
adenda de modificación y prórroga, a tal efecto
EXPONEN
Primero.
El MAPA e ICEX firmaron un convenio con fecha de 8 de noviembre de 2023 con el
objeto de colaborar en el diseño e implementación de nuevas actividades de
comunicación internacional, «Spain Food Nation V», a favor del sector agroalimentario
español, en el periodo 2023-2025. Dicho convenio adquirió eficacia tras la inscripción en
el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación (REOICO)
el 10 de noviembre de 2023 y fue publicado en el «Boletín Oficial del Estado» el 7 de
diciembre de 2023.
Dicho convenio fue modificado por una adenda suscrita el 10 de abril de 2024 y
adquirió eficacia tras la inscripción en el REOICO el 10 de abril de 2024 y publicada en el
BOE el 10 de mayo de 2024.
Segundo.
En su cláusula novena, se estipula que cualquiera de las partes podrá proponer la
modificación de este convenio, en cualquier momento antes de su finalización. De
producirse la modificación del convenio, los correspondientes cambios requerirán
acuerdo unánime de los firmantes y habrán de incorporarse al mismo mediante la
correspondiente adenda.
Tercero.
En la reunión mantenida por la Comisión de Seguimiento del convenio, celebrada
el 9 de mayo de 2025, se informó por parte de ICEX de la necesidad de disponer de un
plazo mayor para recepcionar la documentación requerida para la quinta aportación del
MAPA y la cuarta aportación de ICEX. Con este fin, se acordó la modificación de la
cláusula quinta del convenio y prorrogar la duración del convenio hasta el 31 de octubre
de 2025.
Por todo lo expuesto, ambas partes acuerdan suscribir la presente adenda de
modificación y prorroga que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
El objeto de la presente adenda de modificación y prórroga es la ampliación de los
plazos de justificación de actividades, en lo relativo a la quinta aportación del MAPA y la
cuarta aportación del ICEX, así como de la vigencia del convenio.
Modificación de la cláusula quinta «Financiación y forma de pago».
1. La cláusula quinta del convenio firmado el 8 de noviembre de 2023 entre el
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación e ICEX España Exportación e
Inversiones, E.P.E. para la realización de nuevas actividades de comunicación
internacional a favor del sector agroalimentario español en el periodo 2023-2025 (Spain
Food Nation V), y modificada según adenda suscrita el 10 de abril de 2024, se modifica
cve: BOE-A-2025-14163
Verificable en https://www.boe.es
Segunda.