Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-14168)
Resolución de 3 de julio de 2025, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Agencia Estatal de Administración Digital y el Consorcio de la Zona Especial Canaria, para la prestación de los servicios asociados a la utilización de la «Gestión Integrada de Servicios de Registro» como aplicación integral de registro.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 164

Miércoles 9 de julio de 2025

Sec. III. Pág. 91601

en la programación o en el diseño. Incluye la modificación y puesta en producción de las
correcciones.
b) Mantenimiento adaptativo: Introducción de modificaciones en el aplicativo que
obedecen a cambios de normativa o cambios de versión del software de base. Incluye la
modificación y puesta en producción de las modificaciones.
c) Mantenimiento evolutivo: Incorporación de mejoras de carácter tecnológico o
funcional, con el objeto de garantizar la permanente actualización y mejora del servicio a
través del aprovechamiento de la evolución tecnológica y mediante el desarrollo e
incorporación de nuevas funcionalidades, metodologías o herramientas para la gestión
de la información. En especial hay que destacar la incorporación de cuantas mejoras y
nuevas funcionalidades sean necesarias para la plena evolución de GEISER como
aplicación de administración electrónica. Incluye la modificación y puesta en producción
de las mejoras.
2.º) Facilitar los medios materiales y humanos necesarios para proveer el servicio
centralizado GEISER de modo que el Consorcio de la Zona Especial Canaria pueda
gestionar el servicio de gestión de sus oficinas de registro de entrada/salida, como la
recepción y envío de registros en las unidades tramitadoras destinatarias de la
documentación por el Consorcio de la Zona Especial Canaria.
3.º) Prestar el soporte técnico a usuarios y la atención a las incidencias y
solicitudes recibidas en relación con el funcionamiento de la aplicación, de acuerdo con
lo señalado en el presente documento.
4.º) Preparar cursos de formación del funcionamiento de GEISER para el personal
responsable de la utilización de la aplicación en el Consorcio de la Zona Especial
Canaria.
5.º) Prestar el soporte técnico a usuarios según las condiciones recogidas en el
presente convenio.
6.º) Poner a disposición del Consorcio de la Zona Especial Canaria el Servicio
de GEISER, en los términos y condiciones que se establecen en el presente convenio.
7.º) Asumir las obligaciones que le corresponden a la AEAD como encargado del
tratamiento de los datos personales incluidos en GEISER, de acuerdo con lo previsto en
el apartado 2 de la disposición adicional séptima del Real Decreto 1118/2024, de 5 de
noviembre, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Estatal de Administración
Digital y de acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento
Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas
físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de
estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de
protección de datos), la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y garantía de los derechos digitales, y demás normativa de aplicación en
materia de protección de datos. Asimismo, la AEAD asumirá las obligaciones derivadas
del contrato de encargo contraído con el Consorcio de la Zona Especial Canaria.
El Consorcio de la Zona Especial Canaria se compromete a:

1.º) Administrar el funcionamiento de la gestión del servicio GEISER que cubre la
gestión de las oficinas de registro de entrada/salida, como la recepción y envío de
registros en las unidades tramitadoras destinatarias de la documentación.
2.º) Facilitar a la AEAD la información técnica y administrativa relacionada con su
gestión de sus registros oficiales de entrada y salida y el intercambio, tanto a nivel
interno como con otros organismos, de la documentación en formato electrónico que
acompaña a dichos registros, así como aquella que estime necesaria para el mejor
desarrollo y mantenimiento de GEISER.
3.º) Encargarse del primer nivel de soporte informático, con su personal informático,
o bien quien/quienes determine, de acuerdo con lo establecido en la cláusula cuarta.
4.º) Asumir las obligaciones que le corresponden al Centro Usuario como
responsable del tratamiento de los datos personales de los perceptores de la recepción y

cve: BOE-A-2025-14168
Verificable en https://www.boe.es

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