Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-14179)
Resolución de 3 de julio de 2025, de la Subsecretaría, por la que se publica la Adenda para la prórroga y modificación del Convenio entre el Instituto Nacional de la Seguridad Social y el Instituto Nacional de Estadística, O.A., sobre el acceso a la base padronal del INE.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 164
Miércoles 9 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 91710
Ambas partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutua capacidad
para obligarse y convenir, y
EXPONEN
Primero.
Que con fecha 30 de julio de 2021, el Instituto Nacional de la Seguridad Social y el
Instituto Nacional de Estadística suscribieron un convenio sobre el acceso a la base
padronal del INE. El citado convenio fue inscrito en el Registro Electrónico estatal de
Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal (REOICO) en la
misma fecha, y publicado en el «Boletín Oficial del Estado» el 30 de agosto de 2021.
Segundo.
Que el Instituto Nacional de la Seguridad Social y el Instituto Nacional de Estadística
desean seguir cooperando en el marco de colaboración existente entre ambas
Administraciones Públicas conforme lo dispuesto en el artículo 141.1. c) de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público mediante el
establecimiento de un sistema estable y periódico de suministro de información.
Tercero.
Que, para tal fin, el Instituto Nacional de Estadística continuará suministrando
información al Instituto Nacional de la Seguridad Social, para el ejercicio de las funciones
de naturaleza pública que tiene encomendadas dicha Entidad Gestora relativas al
reconocimiento, modificación, conservación o extinción del derecho a las prestaciones de
la Seguridad Social en cualquier procedimiento así como, para la actualización de la
información obrante en las bases de datos del Sistema de la Seguridad Social.
Según lo dispuesto anteriormente y habiendo sido constatados los óptimos
resultados de la colaboración alcanzada entre el Instituto Nacional de la Seguridad
Social y el Instituto Nacional de Estadística, ambas partes manifiestan su voluntad de
prorrogar la vigencia del convenio.
Por todo lo anteriormente expuesto, las partes acuerdan suscribir la presente adenda
de prórroga y modificación del convenio, que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Compromisos de las partes.
Los compromisos adquiridos por las partes firmantes, y contemplados en el convenio
de origen, permanecen inalterados durante el periodo de vigencia fijado mediante la
presente adenda, con la excepción de la modificación recogida en la cláusula segunda
de esta adenda de prórroga y modificación.
Modificación de la cláusula primera del convenio.
Se modifica la cláusula primera del convenio, quedando redactada con el siguiente
tenor:
«Primera.
Objeto del convenio.
El objeto del presente convenio es la utilización del Servicio WEB de
consultas padronales, “SECOPA”, disponible en la Plataforma de
intermediación de datos, mediante el cual se posibilite el acceso del Instituto
Nacional de la Seguridad Social a la Base de Padrón continuo gestionada por
cve: BOE-A-2025-14179
Verificable en https://www.boe.es
Segunda.
Núm. 164
Miércoles 9 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 91710
Ambas partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutua capacidad
para obligarse y convenir, y
EXPONEN
Primero.
Que con fecha 30 de julio de 2021, el Instituto Nacional de la Seguridad Social y el
Instituto Nacional de Estadística suscribieron un convenio sobre el acceso a la base
padronal del INE. El citado convenio fue inscrito en el Registro Electrónico estatal de
Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal (REOICO) en la
misma fecha, y publicado en el «Boletín Oficial del Estado» el 30 de agosto de 2021.
Segundo.
Que el Instituto Nacional de la Seguridad Social y el Instituto Nacional de Estadística
desean seguir cooperando en el marco de colaboración existente entre ambas
Administraciones Públicas conforme lo dispuesto en el artículo 141.1. c) de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público mediante el
establecimiento de un sistema estable y periódico de suministro de información.
Tercero.
Que, para tal fin, el Instituto Nacional de Estadística continuará suministrando
información al Instituto Nacional de la Seguridad Social, para el ejercicio de las funciones
de naturaleza pública que tiene encomendadas dicha Entidad Gestora relativas al
reconocimiento, modificación, conservación o extinción del derecho a las prestaciones de
la Seguridad Social en cualquier procedimiento así como, para la actualización de la
información obrante en las bases de datos del Sistema de la Seguridad Social.
Según lo dispuesto anteriormente y habiendo sido constatados los óptimos
resultados de la colaboración alcanzada entre el Instituto Nacional de la Seguridad
Social y el Instituto Nacional de Estadística, ambas partes manifiestan su voluntad de
prorrogar la vigencia del convenio.
Por todo lo anteriormente expuesto, las partes acuerdan suscribir la presente adenda
de prórroga y modificación del convenio, que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Compromisos de las partes.
Los compromisos adquiridos por las partes firmantes, y contemplados en el convenio
de origen, permanecen inalterados durante el periodo de vigencia fijado mediante la
presente adenda, con la excepción de la modificación recogida en la cláusula segunda
de esta adenda de prórroga y modificación.
Modificación de la cláusula primera del convenio.
Se modifica la cláusula primera del convenio, quedando redactada con el siguiente
tenor:
«Primera.
Objeto del convenio.
El objeto del presente convenio es la utilización del Servicio WEB de
consultas padronales, “SECOPA”, disponible en la Plataforma de
intermediación de datos, mediante el cual se posibilite el acceso del Instituto
Nacional de la Seguridad Social a la Base de Padrón continuo gestionada por
cve: BOE-A-2025-14179
Verificable en https://www.boe.es
Segunda.