Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-14157)
Resolución de 3 de julio de 2025, de la Subsecretaría, por la que se publica el Acuerdo interdepartamental entre el Ministerio de Defensa y la Delegación del Gobierno en Melilla, para el desarrollo del Plan de Empleo 2024-2025 en la Base Discontinua «Teniente Flomesta» del Ejército de Tierra.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 164

Miércoles 9 de julio de 2025

Sec. III. Pág. 91507

bienes del MINISDEF o a terceros ajenos al mismo, estará amparado bajo la cobertura
de las medidas adoptadas en el apartado 2.a de esta cláusula, por la Delegación del
Gobierno en Melilla, quedando exento de dicha responsabilidad el Ministerio de Defensa.
Cuarta. Condiciones de ejecución.
1. Las relaciones institucionales se llevarán a cabo a través de la Jefatura de la
Base Discontinua «Teniente Flomesta» y la coordinación y apoyo del control y desarrollo
de las actividades a través de la Unidad de Servicios de la Base Discontinua.
2. La suscripción del presente acuerdo interdepartamental por parte del MINISDEF
no supone la adquisición de más compromisos que los estipulados en el mismo, y en
ningún caso se derivarán obligaciones propias de una relación laboral o contractual, de
conformidad con la normativa vigente.
3. La prestación laboral enmarcada en la ejecución del programa para el fomento
de empleo promovido por la Delegación del Gobierno en Melilla, se realizará bajo la
exclusiva dependencia laboral de esta, bajo su potestad de dirección y organización, sin
vínculo alguno de los trabajadores con el Ministerio de Defensa.
4. La relación para todos los aspectos relativos a la coordinación y al control de los
trabajadores y con la gestión de los proyectos se realiza directamente con la Delegación
del Gobierno en Melilla y a través del personal (coordinadores del Plan de Empleo) que
la citada Delegación del Gobierno destaca junto con los trabajadores.
5. A tal fin, la Delegación del Gobierno en Melilla que ostentará todas y cada una de
las facultades de dirección del empresario recogidas en el Real Decreto
Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
del Estatuto de los Trabajadores, en lo referente a organización del trabajo, potestad
disciplinaria, distribución de vacaciones y asuntos propios y cuantas otras facultades se
atribuyan al poder dirección empresarial en la vigente normativa laboral, de Seguridad
Social y Prevención de Riesgos Laborales.
6. En todo caso, corresponde a la Delegación del Gobierno en Melilla la asunción
de la organización de los trabajadores, dirección y control del resultado de la obra o
servicio encomendado, sin que ello excluya las facultades del Ministerio de Defensa en
cuanto a la supervisión de la obra o servicio prestado, informando a la Delegación del
Gobierno en Melilla, cuantas incidencias requieran de su intervención o conocimiento.
7. El personal adscrito a cada una de las actividades que se ejecuten en el marco
de este acuerdo interdepartamental deberá poseer la cualificación y preparación
necesaria para la realización de las citadas actividades, especialmente en aquellos
proyectos que por su complejidad y naturaleza técnica así lo aconsejen.
8. Las actividades contempladas en el acuerdo interdepartamental estarán
directamente vinculadas con el proyecto especificado en la cláusula segunda.
9. Los trabajadores contratados por la Delegación del Gobierno en Melilla cumplirán
rigurosamente la normativa vigente sobre seguridad de la información y seguridad militar,
así como la referida a la protección de datos de carácter personal.
Confidencialidad de la información y protección de datos de carácter personal.

Se respetará la normativa vigente sobre materias clasificadas y seguridad de la
información del MINISDEF, así como cualquier otra normativa que fuera de aplicación al
respecto.
La información que, en el marco de la ejecución de este acuerdo interdepartamental,
obtengan las partes, con la expresa autorización para su explotación en el caso del
MINISDEF, tendrá la consideración de «uso público» y podrá ser usada públicamente sin
restricciones.
Las partes acuerdan que el resto de la información que se revelen mutuamente o a la
que puedan acceder durante las actividades amparadas por este acuerdo
interdepartamental tendrá la consideración de «uso oficial», por lo que se comprometen
a guardar la debida reserva sobre dicha información.

cve: BOE-A-2025-14157
Verificable en https://www.boe.es

Quinta.