Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. I. Disposiciones generales. Formación profesional. (BOE-A-2025-14086)
Real Decreto 533/2025, de 24 de junio, por el que se establece el título de Formación Profesional de Grado Medio de Técnico en Servicios funerarios, se fijan los aspectos básicos del currículo y las ofertas de grados C, B y A incluidos en este título.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 164
Miércoles 9 de julio de 2025
Sec. I. Pág. 91260
gestión más eficiente de los recursos públicos. Del mismo modo, durante el
procedimiento de elaboración de la norma se ha permitido la participación activa de las
potenciales personas destinatarias a través de los trámites de consulta pública previa y
de audiencia e información pública, y quedan justificados los objetivos que persigue la
ley.
Este real decreto se enmarca en la operación «Desarrollo del Sistema Nacional de
Formación Profesional, dentro de la Prioridad 3 (Educación y Formación)», incluido en la
línea de actuación 6 (Impulso y Calidad de la Formación Profesional) del Programa FSE+
de Educación, Formación, Empleo.
En la tramitación de este real decreto se han cumplido los trámites establecidos en la
Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno y en la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Han sido consultadas las comunidades autónomas, ha emitido dictamen el Consejo
Escolar del Estado y han informado el Consejo General de la Formación Profesional y el
Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática.
Este real decreto se dicta al amparo de las competencias que atribuye al Estado el
artículo 149.1.30.ª de la Constitución Española, para la regulación de las condiciones de
obtención, expedición y homologación de los títulos académicos y profesionales y
normas básicas para el desarrollo del artículo 27 de la Constitución Española, a fin de
garantizar el cumplimiento de las obligaciones de los poderes públicos en esta materia.
En su virtud, a propuesta de la Ministra de Educación, Formación Profesional y
Deportes, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 24 de
junio de 2025,
DISPONGO:
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1.
Objeto.
Este real decreto tiene por objeto el establecimiento del título de Formación
Profesional de Grado Medio de Técnico en Servicios funerarios y de los Grados C, B y A,
vinculados a este, con carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, así como de
los aspectos básicos de su currículo.
CAPÍTULO II
Identificación del título, perfil profesional y entorno profesional del título
en el sector o sectores
Artículo 2. Identificación del título.
a) Denominación: Servicios funerarios.
b) Nivel: Formación Profesional de Grado Medio.
c) Duración: 2000 horas.
d) Familia Profesional: Servicios Socioculturales y a la Comunidad.
e) Referente en la Clasificación Internacional Normalizada de la Educación: P-3.5.4.
f) Referencia del Marco Español de Cualificaciones para el aprendizaje
permanente: 4 A.
cve: BOE-A-2025-14086
Verificable en https://www.boe.es
El título de Formación Profesional de Grado Medio de Técnico en Servicios
funerarios queda identificado por los siguientes elementos:
Núm. 164
Miércoles 9 de julio de 2025
Sec. I. Pág. 91260
gestión más eficiente de los recursos públicos. Del mismo modo, durante el
procedimiento de elaboración de la norma se ha permitido la participación activa de las
potenciales personas destinatarias a través de los trámites de consulta pública previa y
de audiencia e información pública, y quedan justificados los objetivos que persigue la
ley.
Este real decreto se enmarca en la operación «Desarrollo del Sistema Nacional de
Formación Profesional, dentro de la Prioridad 3 (Educación y Formación)», incluido en la
línea de actuación 6 (Impulso y Calidad de la Formación Profesional) del Programa FSE+
de Educación, Formación, Empleo.
En la tramitación de este real decreto se han cumplido los trámites establecidos en la
Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno y en la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Han sido consultadas las comunidades autónomas, ha emitido dictamen el Consejo
Escolar del Estado y han informado el Consejo General de la Formación Profesional y el
Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática.
Este real decreto se dicta al amparo de las competencias que atribuye al Estado el
artículo 149.1.30.ª de la Constitución Española, para la regulación de las condiciones de
obtención, expedición y homologación de los títulos académicos y profesionales y
normas básicas para el desarrollo del artículo 27 de la Constitución Española, a fin de
garantizar el cumplimiento de las obligaciones de los poderes públicos en esta materia.
En su virtud, a propuesta de la Ministra de Educación, Formación Profesional y
Deportes, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 24 de
junio de 2025,
DISPONGO:
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1.
Objeto.
Este real decreto tiene por objeto el establecimiento del título de Formación
Profesional de Grado Medio de Técnico en Servicios funerarios y de los Grados C, B y A,
vinculados a este, con carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, así como de
los aspectos básicos de su currículo.
CAPÍTULO II
Identificación del título, perfil profesional y entorno profesional del título
en el sector o sectores
Artículo 2. Identificación del título.
a) Denominación: Servicios funerarios.
b) Nivel: Formación Profesional de Grado Medio.
c) Duración: 2000 horas.
d) Familia Profesional: Servicios Socioculturales y a la Comunidad.
e) Referente en la Clasificación Internacional Normalizada de la Educación: P-3.5.4.
f) Referencia del Marco Español de Cualificaciones para el aprendizaje
permanente: 4 A.
cve: BOE-A-2025-14086
Verificable en https://www.boe.es
El título de Formación Profesional de Grado Medio de Técnico en Servicios
funerarios queda identificado por los siguientes elementos: