Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. I. Disposiciones generales. Formación profesional. (BOE-A-2025-14086)
Real Decreto 533/2025, de 24 de junio, por el que se establece el título de Formación Profesional de Grado Medio de Técnico en Servicios funerarios, se fijan los aspectos básicos del currículo y las ofertas de grados C, B y A incluidos en este título.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 164

Miércoles 9 de julio de 2025

Sec. I. Pág. 91283

Módulo Profesional: Transporte, manipulación y exposición del féretro.
Duración 50 %: 75 horas.
Duración 60 %: 95 horas.
Código: 1692.
Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación.
1. Reconoce el protocolo de recogida de un cadáver en el lugar de defunción
teniendo en cuenta la normativa de prevención de riesgos laborales, medioambiental y
sanidad mortuoria.
Criterios de evaluación:
a) Se ha reconocido el proceso de identificación de un cadáver y las circunstancias
de su muerte.
b) Se ha identificado el proceso de manipulación en el traslado de la persona
fallecida.
c) Se han identificado los equipos de protección individual (EPI) y los materiales
necesarios para tapar el cadáver.
d) Se han definido los materiales y elementos necesarios para la manipulación y
transporte de personas fallecidas.
e) Se han descrito los procedimientos de identificación, desinfección, retirada de los
equipos de protección individual (EPI) y almacenamiento de residuos en caso de que la
persona fallecida sea del grupo I o enfermedad infecciosa señalada.
f) Se ha documentado la recogida del cadáver de acuerdo con los protocolos
establecidos por la empresa funeraria.
g) Se ha determinado la normativa sobre prevención de riesgos laborales,
medioambiental y de sanidad mortuoria en el servicio de recogida del cadáver.
2. Identifica las operaciones de transporte del féretro desde el lugar de recogida
hasta su destino final o intermedio, atendiendo a la demanda de la persona solicitante
del servicio funerario y a la normativa de prevención de riesgos laborales,
medioambiental y sanidad mortuoria.

a) Se ha establecido el protocolo de transporte del féretro desde el lugar recogida
hasta el destino final o intermedio.
b) Se ha determinado el proceso de manipulación de camillas, féretros, carros y
otros accesorios desde el lugar de recogida hasta el vehículo funerario, teniendo en
cuenta la normativa de prevención de riesgos laborales, medioambiental y sanidad
mortuoria.
c) Se ha analizado la normativa de transporte vinculada a los vehículos fúnebres
para garantizar la seguridad.
d) Se han identificado los elementos de ornamentación y preservación de la
memoria de las personas fallecidas en las operaciones de transporte de personas
fallecidas.
e) Se ha establecido el protocolo de colocación de elementos de ornamentación y
preservación de la memoria, teniendo en cuenta las posibles demandas de las personas
solicitantes de un servicio funerario.
f) Se ha documentado, informática y/o manualmente, el transporte del cadáver de
acuerdo con los protocolos establecidos.

cve: BOE-A-2025-14086
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Criterios de evaluación: