Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. I. Disposiciones generales. Formación profesional. (BOE-A-2025-14086)
Real Decreto 533/2025, de 24 de junio, por el que se establece el título de Formación Profesional de Grado Medio de Técnico en Servicios funerarios, se fijan los aspectos básicos del currículo y las ofertas de grados C, B y A incluidos en este título.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 164

Miércoles 9 de julio de 2025

Sec. I. Pág. 91272

ANEXO I
Módulos profesionales y proyecto intermodular
Código

Módulo Profesional

Horas 50 % Horas 60 %

1686

Prestaciones de servicios funerarios.

65

90

1687

Protocolo y ceremonias funerarias.

65

90

1688

Cremación.

70

90

1689

Información y operaciones administrativas y de contabilidad de
servicios funerarios.

65

85

1690

Mantenimiento de instalaciones y gestión de almacén.

75

85

1691

Tanatoestética.

85

120

1692

Transporte, manipulación y exposición del féretro.

75

95

1693

Ofimática aplicada.

90

115

0211

Destrezas sociales.

70

90

0156

Inglés profesional (GM).

50

50

1709

Itinerario personal para la empleabilidad I.

50

50

1710

Itinerario personal para la empleabilidad II.

50

50

1664

Digitalización aplicada a los sectores productivos (GM).

30

30

1708

Sostenibilidad aplicada al sistema productivo.

30

30

1713

Proyecto intermodular (GM).

50

50

Módulo(s) profesional(es) optativo(s).

80

80

1000

1200

Total:

Módulo Profesional: Prestaciones de servicios funerarios.
Duración 50 %: 65 horas.
Duración 60 %: 90 horas.
Código: 1686.
Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación.
1. Organiza la documentación vinculada a la prestación del servicio funerario,
teniendo en cuenta la normativa aplicable y de protección de datos, así como la calidad
del proceso.

a) Se han identificado los documentos necesarios para la prestación del servicio
funerario.
b) Se ha identificado y comprobado la veracidad de la información que debe
guardar y custodiar el personal funerario y la normativa que posibilita garantizar la
confidencialidad.
c) Se ha establecido un protocolo para solicitar la información relativa a la persona
fallecida a la persona declarante.
d) Se ha caracterizado el proceso de introducción de los datos tanto de la persona
solicitante y/o familiares como de la persona fallecida en los formularios establecidos
para ello.

cve: BOE-A-2025-14086
Verificable en https://www.boe.es

Criterios de evaluación: