Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. III. Otras disposiciones. Puertos. (BOE-A-2025-14196)
Orden TRM/728/2025, de 25 de junio, por la que se aprueba la valoración de terrenos y lámina de agua de la zona de servicio del Puerto de Palma.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 164
Miércoles 9 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 91864
Al igual que en el caso de la zona de servicio terrestre del puerto, se ha realizado la
división de la lámina de agua en áreas funcionales. Se ha procedido distinguiendo
primeramente entre las zonas I y II y, a su vez, subdividiendo la zona I del Puerto de
Palma en 10 áreas funcionales debido a las diferencias existentes en cuanto a calados y
grado de abrigo.
Zona I
Área I.1: Dársenas de Caló d’en Rigo y El Portitxol.
En el área I.1 se incluyen los espacios de la lámina de agua que se encuentran
dentro de las Dársenas del Portitxol y la Dársena del Molinar o Caló d’en Rigo, situadas
en la zona de levante del Paseo Marítimo y protegidas por sus respectivos diques de
abrigo.
Área I.2: Moll Vell.
En el área I.2 se incluyen los espacios de la lámina de agua que se encuentran entre
el Moll Vell y el extremo noroeste del pantalán n.º 2 del Muelle de la Lonja, llegando
hasta el Espigón de la Consigna. Limita hacia el suroeste mediante la línea imaginaria
que une el extremo norte del pantalán n.º 2 del Muelle de la Lonja de la punta sur del
Espigón de la Consigna.
Área I.3: Dársena pesquera.
En el área I.3 se incluye la lámina de agua situada entre los muelles de Pescadores,
Industria Pesquera y el segundo tramo del Muelle de la Lonja, hasta el punto medio entre
los pantalanes n.º 1 y 2.
Área I.4: Muelle nuevo.
Esta área se corresponde con la lámina de agua de los muelles Nuevo, Espigón
Exterior y Rama Corta, limitando por el noroeste a través de una línea imaginaria
correspondiente con una prolongación de la alineación exterior del muelle de
Armamento, por el noreste con una línea imaginaria que une el quiebro oeste del
Espigón de la Consigna y por el suroeste con una paralela al último pantalán de
alineación NW-SE de las instalaciones náutico deportivas situadas en el Contramuelle
Mollet, a 40 metros hacia el oeste.
En el área I.5 se incluyen los espacios de la lámina de agua sobre los que se
encuentran los pantalanes y la lámina de agua correspondiente con las instalaciones
náutico-deportivas del Contramuelle Mollet, al norte de los muelles comerciales, y con los
espacios de la lámina de agua del extremo norte de la zona I de aguas, donde se
encuentra el Muelle Jonquet y la Dársena de San Pedro.
Su límite sur y oeste queda definido por el límite de la lámina de agua vinculada a las
instalaciones náutico-deportivas del Contramuelle Mollet y una perpendicular a la
Avenida Gabriel Roca por el extremo este de los pantalanes de la Dársena de San Magín
y Alborán.
Área I.6: Dársenas de San Magín y Alborán, Golondrinas y marina deportiva al sur.
En el área I.6 se incluyen los espacios de la lámina de agua correspondientes con la
Dársena de San Magín y Alborán, las aguas contiguas al Muelle De Tráfico Local y
aquellas sobre las que se encuentran los pantalanes de uso náutico-deportivo situadas al
sur de éste, hasta el extremo sur del pantalán dispuesto a lo largo de la línea de costa,
en el entorno de la prolongación del Carrer de la Pedrera, concretamente hasta el punto
de coordenadas (467970,3258; 4379004,6692). Por el este y sur limita a través de una
cve: BOE-A-2025-14196
Verificable en https://www.boe.es
Área I.5: Dársena náutico-deportiva del Contramuelle Mollet y del Muelle Jonquet.
Núm. 164
Miércoles 9 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 91864
Al igual que en el caso de la zona de servicio terrestre del puerto, se ha realizado la
división de la lámina de agua en áreas funcionales. Se ha procedido distinguiendo
primeramente entre las zonas I y II y, a su vez, subdividiendo la zona I del Puerto de
Palma en 10 áreas funcionales debido a las diferencias existentes en cuanto a calados y
grado de abrigo.
Zona I
Área I.1: Dársenas de Caló d’en Rigo y El Portitxol.
En el área I.1 se incluyen los espacios de la lámina de agua que se encuentran
dentro de las Dársenas del Portitxol y la Dársena del Molinar o Caló d’en Rigo, situadas
en la zona de levante del Paseo Marítimo y protegidas por sus respectivos diques de
abrigo.
Área I.2: Moll Vell.
En el área I.2 se incluyen los espacios de la lámina de agua que se encuentran entre
el Moll Vell y el extremo noroeste del pantalán n.º 2 del Muelle de la Lonja, llegando
hasta el Espigón de la Consigna. Limita hacia el suroeste mediante la línea imaginaria
que une el extremo norte del pantalán n.º 2 del Muelle de la Lonja de la punta sur del
Espigón de la Consigna.
Área I.3: Dársena pesquera.
En el área I.3 se incluye la lámina de agua situada entre los muelles de Pescadores,
Industria Pesquera y el segundo tramo del Muelle de la Lonja, hasta el punto medio entre
los pantalanes n.º 1 y 2.
Área I.4: Muelle nuevo.
Esta área se corresponde con la lámina de agua de los muelles Nuevo, Espigón
Exterior y Rama Corta, limitando por el noroeste a través de una línea imaginaria
correspondiente con una prolongación de la alineación exterior del muelle de
Armamento, por el noreste con una línea imaginaria que une el quiebro oeste del
Espigón de la Consigna y por el suroeste con una paralela al último pantalán de
alineación NW-SE de las instalaciones náutico deportivas situadas en el Contramuelle
Mollet, a 40 metros hacia el oeste.
En el área I.5 se incluyen los espacios de la lámina de agua sobre los que se
encuentran los pantalanes y la lámina de agua correspondiente con las instalaciones
náutico-deportivas del Contramuelle Mollet, al norte de los muelles comerciales, y con los
espacios de la lámina de agua del extremo norte de la zona I de aguas, donde se
encuentra el Muelle Jonquet y la Dársena de San Pedro.
Su límite sur y oeste queda definido por el límite de la lámina de agua vinculada a las
instalaciones náutico-deportivas del Contramuelle Mollet y una perpendicular a la
Avenida Gabriel Roca por el extremo este de los pantalanes de la Dársena de San Magín
y Alborán.
Área I.6: Dársenas de San Magín y Alborán, Golondrinas y marina deportiva al sur.
En el área I.6 se incluyen los espacios de la lámina de agua correspondientes con la
Dársena de San Magín y Alborán, las aguas contiguas al Muelle De Tráfico Local y
aquellas sobre las que se encuentran los pantalanes de uso náutico-deportivo situadas al
sur de éste, hasta el extremo sur del pantalán dispuesto a lo largo de la línea de costa,
en el entorno de la prolongación del Carrer de la Pedrera, concretamente hasta el punto
de coordenadas (467970,3258; 4379004,6692). Por el este y sur limita a través de una
cve: BOE-A-2025-14196
Verificable en https://www.boe.es
Área I.5: Dársena náutico-deportiva del Contramuelle Mollet y del Muelle Jonquet.