Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2025-14039)
Resolución de 30 de junio de 2025, conjunta de la Universidad Complutense de Madrid y la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid, por la que se convoca concurso de acceso a plazas vinculadas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 163

Martes 8 de julio de 2025
8.4

Sec. II.B. Pág. 90897

Publicación de resultados.

Una vez terminado el concurso, junto con la propuesta de provisión, la Comisión
publicará los resultados de la evaluación de cada candidato con la puntuación numérica
correspondiente, desglosada por cada uno de los aspectos evaluados, especificando la
puntación obtenida en cada uno de los criterios generales detallados en el anexo III y en
la prueba, así como su valoración global.
9.

Propuesta de provisión

La Comisión propondrá al Rector, motivadamente y con carácter vinculante, una relación
de todos los candidatos y candidatas por orden de preferencia para su nombramiento que
vendrá determinado por la valoración global obtenida por cada candidato, y sin que pueda
exceder en la propuesta el número de plazas convocadas a concurso. La Comisión
Juzgadora publicará la propuesta de provisión junto con los resultados de la evaluación de
cada candidato en lo relativo a lo indicado en la base 8.4, en el tablón de anuncios del lugar
en el que se haya celebrado la prueba y, a efectos meramente informativos, en la página
web: https://www.ucm.es/funcionarios-de-carrera-2.
En ningún caso, la Comisión podrá elevar propuesta de provisión a favor de
aquellos/as concursantes que no obtengan un mínimo de 50 puntos.
El concurso podrá concluir con la propuesta de la Comisión, debidamente motivada,
de no provisión de la plaza convocada.
Finalizada la actuación de la Comisión, en los cincos días hábiles siguientes, el/la
Secretario/a de la misma remitirá por medios electrónicos al Servicio de Gestión de
Personal Docente e Investigador toda la Documentación relativa a las actuaciones de la
Comisión. En el caso de las plazas a las que hubieran sido admitidas dos o más
candidaturas, o en el de aquellas que hubieran sido declaradas desiertas, desde la
Secretaría de la Comisión se remitirá electrónicamente además la documentación
entregada por cada candidato/a, la cual, una vez finalizado y firme el proceso del
concurso, les podrá ser devuelta si así lo solicitan.
Contra la propuesta de la Comisión juzgadora, los/las concursantes podrán presentar
reclamación ante el Rector, en el plazo máximo de diez días hábiles contados a partir del
siguiente al de su publicación en el tablón de anuncios del lugar en el que se haya
celebrado la prueba.
Admitida a trámite la reclamación, se suspenderán los nombramientos, hasta su
resolución definitiva.
La reclamación será valorada por la Comisión regulada en el artículo 36 del Real
Decreto 678/2023 y en el artículo 93 de los EUCM.
10.

Documentación a presentar por los candidatos propuestos

a) Título de Doctor y, en su caso, Certificado de Acreditación.
b) Declaración responsable de poseer la capacidad funcional para el desempeño
de las tareas correspondientes a Profesor de Universidad.
c) Declaración responsable de no haber sido separado mediante expediente
disciplinario del servicio de ninguna de las Administraciones públicas ni de los órganos
constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas y no hallarse en
suspensión de funciones o en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos
públicos por resolución judicial, para el acceso a Cuerpos o Escalas de funcionarios. En
el caso de ser nacional de otro Estado, también tendrá que aportar declaración
responsable de no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido

cve: BOE-A-2025-14039
Verificable en https://www.boe.es

Los/as candidatos/as propuestos para la provisión de plazas deberán presentar en los
veinte días hábiles siguientes al de concluir la actuación de la Comisión, en la Sede
Electrónica de esta Universidad o por cualesquiera de los demás procedimientos señalados
en el artículo 16.4 de la LPACAP (por medios electrónicos), los siguientes documentos: