Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Recursos. (BOE-A-2025-14053)
Resolución de 18 de junio de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador de la propiedad de Viveiro, por la que se suspende la inmatriculación de una finca por la vía del artículo 205 de la Ley Hipotecaria, por no existir coincidencia entre la descripción del título inmatriculador y la de la certificación catastral descriptiva y gráfica.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 163
Martes 8 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 91017
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
14053
Resolución de 18 de junio de 2025, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación
del registrador de la propiedad de Viveiro, por la que se suspende la
inmatriculación de una finca por la vía del artículo 205 de la Ley Hipotecaria,
por no existir coincidencia entre la descripción del título inmatriculador y la de
la certificación catastral descriptiva y gráfica.
En el recurso interpuesto por don M. R. L. contra la nota de calificación del
registrador de la Propiedad de Viveiro, don Mario Vaqueiro Bargés, por la que se
suspende la inmatriculación de una finca por la vía del artículo 205 de la Ley Hipotecaria,
por no existir coincidencia entre la descripción del título inmatriculador y la de la
certificación catastral descriptiva y gráfica.
Hechos
Mediante escritura pública de donación, otorgada el día 29 de septiembre de 1999
ante el notario de Viveiro, don Luis Muiño Fidalgo, con el número 956 de protocolo, que
sería el título previo al inmatriculador, doña P. P. F. donaba la finca cuya inmatriculación
se solicitaba a sus hijas, doña L. y doña M. I. L. P. Posteriormente, mediante escritura de
pacto de mejora con irrevocable entrega de presente del bien a favor del mejorado,
otorgada el día 16 de enero de 2025 ante el notario de As Pontes de García Rodríguez,
don Santiago Botas Ramos, doña M. I. L. P. entregaba la mitad indivisa de la anterior
finca a su hijo, don M. R. L., quien solicitaba la inmatriculación de la finca por la vía del
doble título traslativo del artículo 205 de la Ley Hipotecaria.
En el título previo, la finca se describía como: «(…) finca, radicante en la parroquia
de (…) municipio de Cervo: Al sitio que llaman (…) una hectárea y treinta una áreas de
monte charcoso cerrado sobre sí. Linda: Norte, herederos de J. P.; Sur, A. M. G.; Este,
en línea quebrada P. F. O. y Oeste camino público». No constaba su referencia catastral.
En el título inmatriculador, la finca se describía como: «Rústica.–Al sitio que llaman
(…) una hectárea y treinta una áreas de monte charcoso cerrado sobre sí. Linda: Norte,
herederos de J. P.; Sur, A. M. G.; Este, en línea quebrada P. F. O. y Oeste camino público
(…) Referencia Catastral: Forma parte de la 27013A050001900000RG».
En la certificación catastral descriptiva y gráfica que se incorporaba al título
inmatriculador, la parcela que se correspondía con la identidad de la finca, según los
otorgantes, se describía como rústica destinada a cultivo agrario, en término de Cervo,
polígono 50 parcela 190, de eucaliptos, prados, praderas y matorral, que mide 109.546
metros cuadrados, correspondiendo la titularidad catastral a Monte Vecinal en mano
común (…), que linda al norte con la parcela 127 del polígono 50 de doña M. D. P. R. y
con la parcela 126 del polígono 50 de doña M. P. R.; al sur con la parcela 200 del
polígono 50 del Monte Vecinal en mano común (…); al este, con camino público
parcela 9.014 del polígono 50 de la Diputación de Lugo, y al oeste, con camino público,
parcela 9.010 del polígono 50 del Ayuntamiento de Lugo.
cve: BOE-A-2025-14053
Verificable en https://www.boe.es
I
Núm. 163
Martes 8 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 91017
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
14053
Resolución de 18 de junio de 2025, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación
del registrador de la propiedad de Viveiro, por la que se suspende la
inmatriculación de una finca por la vía del artículo 205 de la Ley Hipotecaria,
por no existir coincidencia entre la descripción del título inmatriculador y la de
la certificación catastral descriptiva y gráfica.
En el recurso interpuesto por don M. R. L. contra la nota de calificación del
registrador de la Propiedad de Viveiro, don Mario Vaqueiro Bargés, por la que se
suspende la inmatriculación de una finca por la vía del artículo 205 de la Ley Hipotecaria,
por no existir coincidencia entre la descripción del título inmatriculador y la de la
certificación catastral descriptiva y gráfica.
Hechos
Mediante escritura pública de donación, otorgada el día 29 de septiembre de 1999
ante el notario de Viveiro, don Luis Muiño Fidalgo, con el número 956 de protocolo, que
sería el título previo al inmatriculador, doña P. P. F. donaba la finca cuya inmatriculación
se solicitaba a sus hijas, doña L. y doña M. I. L. P. Posteriormente, mediante escritura de
pacto de mejora con irrevocable entrega de presente del bien a favor del mejorado,
otorgada el día 16 de enero de 2025 ante el notario de As Pontes de García Rodríguez,
don Santiago Botas Ramos, doña M. I. L. P. entregaba la mitad indivisa de la anterior
finca a su hijo, don M. R. L., quien solicitaba la inmatriculación de la finca por la vía del
doble título traslativo del artículo 205 de la Ley Hipotecaria.
En el título previo, la finca se describía como: «(…) finca, radicante en la parroquia
de (…) municipio de Cervo: Al sitio que llaman (…) una hectárea y treinta una áreas de
monte charcoso cerrado sobre sí. Linda: Norte, herederos de J. P.; Sur, A. M. G.; Este,
en línea quebrada P. F. O. y Oeste camino público». No constaba su referencia catastral.
En el título inmatriculador, la finca se describía como: «Rústica.–Al sitio que llaman
(…) una hectárea y treinta una áreas de monte charcoso cerrado sobre sí. Linda: Norte,
herederos de J. P.; Sur, A. M. G.; Este, en línea quebrada P. F. O. y Oeste camino público
(…) Referencia Catastral: Forma parte de la 27013A050001900000RG».
En la certificación catastral descriptiva y gráfica que se incorporaba al título
inmatriculador, la parcela que se correspondía con la identidad de la finca, según los
otorgantes, se describía como rústica destinada a cultivo agrario, en término de Cervo,
polígono 50 parcela 190, de eucaliptos, prados, praderas y matorral, que mide 109.546
metros cuadrados, correspondiendo la titularidad catastral a Monte Vecinal en mano
común (…), que linda al norte con la parcela 127 del polígono 50 de doña M. D. P. R. y
con la parcela 126 del polígono 50 de doña M. P. R.; al sur con la parcela 200 del
polígono 50 del Monte Vecinal en mano común (…); al este, con camino público
parcela 9.014 del polígono 50 de la Diputación de Lugo, y al oeste, con camino público,
parcela 9.010 del polígono 50 del Ayuntamiento de Lugo.
cve: BOE-A-2025-14053
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