Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal técnico, de gestión y de administración y servicios. (BOE-A-2025-14047)
Resolución de 1 de julio de 2025, de la Universidad Jaume I, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala Técnica Básica de Informática.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 163
Martes 8 de julio de 2025
Sec. II.B. Pág. 90977
sede electrónica de la Universitat Jaume I, a través del Registro Electrónico, mediante
una solicitud genérica.
9.2 Una vez baremados los méritos, el órgano técnico de selección expondrá en el
TAO-UJI, las listas provisionales con la puntuación obtenida en la fase de concurso,
desglosada en los diferentes apartados del baremo, y se abrirá un plazo de diez días
hábiles para que formulen las reclamaciones que consideren pertinentes en relación con
la baremación.
9.3 Resueltas las posibles reclamaciones, el órgano técnico de selección, mediante
anuncio, publicará en el TAO-UJI, las listas definitivas con la puntuación obtenida en la
fase de concurso, desglosada en los diferentes apartados del baremo; esta publicación
servirá de notificación a las personas interesadas, así como la relación definitiva con el
personal aprobado y su puntuación total a que se refiere la base 7.4.
En ningún caso el órgano técnico de selección podrá declarar que han aprobado el
proceso selectivo un número superior al de plazas convocadas, teniendo en cuenta lo
previsto en las bases 1 y 10 de esta convocatoria.
Décima.
Relación definitiva y presentación de documentos.
10.1.1 Original y copia del DNI o NIE.
10.1.2 Original y copia del título académico exigible según lo establecido en la
base 2.4 de la convocatoria o certificación académica que acredite haber realizado todos
los estudios para la obtención del título. En el caso de titulaciones obtenidas en el
extranjero, fotocopia compulsada de la credencial que acredite la homologación que
corresponda o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia.
10.1.3 Para el personal funcionario interino: declaración jurada de no haber sido
separado, o haberse revocado su nombramiento como tal, con carácter firme mediante
procedimiento disciplinario de ninguna administración pública u órgano constitucional o
estatutario, ni encontrarse inhabilitado por sentencia firme para el ejercicio de
cualesquiera funciones públicas o de aquellas propias del cuerpo, agrupación profesional
o escala objeto de la convocatoria. En el caso de personal laboral, declaración jurada de
no encontrarse inhabilitado por sentencia firme o a consecuencia de haber sido
despedido disciplinariamente de manera procedente, para ejercer funciones similares a
las propias de la categoría profesional a la que se pretende acceder.
Para nacionales de otros Estados: no encontrarse inhabilitado o inhabilitada o en
situación equivalente ni haber sido sometido o sometida a sanción disciplinaria o
equivalente que impidiera en los mismos términos en su Estado el acceso al empleo
público.
10.1.4 Declaración responsable en la que manifestarán poseer las capacidades y
aptitudes físicas y psíquicas necesarias para el desempeño de las funciones o tareas
que correspondan al puesto de trabajo. Esta declaración constituirá presunción de
disponer de tales capacidades y requisitos de aptitud por parte de la persona declarante
y podrá ser verificada, en su caso, con los informes médicos que emita el servicio de
prevención correspondiente.
10.1.5 Acreditación de los conocimientos de valenciano, de acuerdo con la base 2.6
de esta convocatoria.
10.2 Las personas seleccionadas que, dentro del plazo indicado y excepto casos
de fuerza mayor, no presentaran la documentación acreditativa o de la misma se
dedujera que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrá ser nombradas
personal funcionario de carrera de la Universitat Jaume I, sin perjuicio de la
cve: BOE-A-2025-14047
Verificable en https://www.boe.es
10.1 El órgano técnico de selección elevará al Rectorado de la Universitat Jaume I
la relación definitiva del personal aprobado ordenado por su puntuación total, para que
en el plazo de diez días hábiles contadores desde el siguiente al de su publicación
aporte ante el Servicio de Recursos Humanos los siguientes documentos:
Núm. 163
Martes 8 de julio de 2025
Sec. II.B. Pág. 90977
sede electrónica de la Universitat Jaume I, a través del Registro Electrónico, mediante
una solicitud genérica.
9.2 Una vez baremados los méritos, el órgano técnico de selección expondrá en el
TAO-UJI, las listas provisionales con la puntuación obtenida en la fase de concurso,
desglosada en los diferentes apartados del baremo, y se abrirá un plazo de diez días
hábiles para que formulen las reclamaciones que consideren pertinentes en relación con
la baremación.
9.3 Resueltas las posibles reclamaciones, el órgano técnico de selección, mediante
anuncio, publicará en el TAO-UJI, las listas definitivas con la puntuación obtenida en la
fase de concurso, desglosada en los diferentes apartados del baremo; esta publicación
servirá de notificación a las personas interesadas, así como la relación definitiva con el
personal aprobado y su puntuación total a que se refiere la base 7.4.
En ningún caso el órgano técnico de selección podrá declarar que han aprobado el
proceso selectivo un número superior al de plazas convocadas, teniendo en cuenta lo
previsto en las bases 1 y 10 de esta convocatoria.
Décima.
Relación definitiva y presentación de documentos.
10.1.1 Original y copia del DNI o NIE.
10.1.2 Original y copia del título académico exigible según lo establecido en la
base 2.4 de la convocatoria o certificación académica que acredite haber realizado todos
los estudios para la obtención del título. En el caso de titulaciones obtenidas en el
extranjero, fotocopia compulsada de la credencial que acredite la homologación que
corresponda o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia.
10.1.3 Para el personal funcionario interino: declaración jurada de no haber sido
separado, o haberse revocado su nombramiento como tal, con carácter firme mediante
procedimiento disciplinario de ninguna administración pública u órgano constitucional o
estatutario, ni encontrarse inhabilitado por sentencia firme para el ejercicio de
cualesquiera funciones públicas o de aquellas propias del cuerpo, agrupación profesional
o escala objeto de la convocatoria. En el caso de personal laboral, declaración jurada de
no encontrarse inhabilitado por sentencia firme o a consecuencia de haber sido
despedido disciplinariamente de manera procedente, para ejercer funciones similares a
las propias de la categoría profesional a la que se pretende acceder.
Para nacionales de otros Estados: no encontrarse inhabilitado o inhabilitada o en
situación equivalente ni haber sido sometido o sometida a sanción disciplinaria o
equivalente que impidiera en los mismos términos en su Estado el acceso al empleo
público.
10.1.4 Declaración responsable en la que manifestarán poseer las capacidades y
aptitudes físicas y psíquicas necesarias para el desempeño de las funciones o tareas
que correspondan al puesto de trabajo. Esta declaración constituirá presunción de
disponer de tales capacidades y requisitos de aptitud por parte de la persona declarante
y podrá ser verificada, en su caso, con los informes médicos que emita el servicio de
prevención correspondiente.
10.1.5 Acreditación de los conocimientos de valenciano, de acuerdo con la base 2.6
de esta convocatoria.
10.2 Las personas seleccionadas que, dentro del plazo indicado y excepto casos
de fuerza mayor, no presentaran la documentación acreditativa o de la misma se
dedujera que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrá ser nombradas
personal funcionario de carrera de la Universitat Jaume I, sin perjuicio de la
cve: BOE-A-2025-14047
Verificable en https://www.boe.es
10.1 El órgano técnico de selección elevará al Rectorado de la Universitat Jaume I
la relación definitiva del personal aprobado ordenado por su puntuación total, para que
en el plazo de diez días hábiles contadores desde el siguiente al de su publicación
aporte ante el Servicio de Recursos Humanos los siguientes documentos: