Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal técnico, de gestión y de administración y servicios. (BOE-A-2025-14047)
Resolución de 1 de julio de 2025, de la Universidad Jaume I, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala Técnica Básica de Informática.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 163

Martes 8 de julio de 2025

Sec. II.B. Pág. 90978

responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de
participación.
10.3 No obstante lo dispuesto en los apartados anteriores, de acuerdo con lo
establecido en el artículo 28 de la Ley 39/2015, el órgano gestor del proceso selectivo
podrá acceder a las bases de datos de las administraciones públicas, exclusivamente a
efectos de verificar los datos relativos a la condición de personas con diversidad
funcional, familia numerosa, titulación académica y nivel de conocimientos de
valenciano, salvo que la persona interesada manifeste expresamente que no presta su
consentimiento en el formulario de la solicitud.
Undécima.

Nombramiento de personal funcionario de carrera.

Transcurrido el plazo de presentación de la documentación se dictará una resolución,
que se publicará en el «Diari Oficial de la Generalitat Valenciana» por la que se hará el
nombramiento como personal funcionario de carrera de la escala técnica básica de
informática de la Universitat Jaume I, grupo C, subgrupo C1, del personal aprobado a
que hace referencia la base 9.3, previa adjudicación del puesto de trabajo de acuerdo
con la puntuación obtenida.
Con la finalidad de asegurar la cobertura de las plazas convocadas, cuando se
produzcan renuncias del personal seleccionado, antes de su nombramiento o de la toma
de posesión, el órgano convocante podrá requerir del órgano técnico de selección
relación complementaria de las personas que sigan a las propuestas para su posible
nombramiento como personal funcionario de carrera.
Órgano técnico de selección.

12.1 El órgano técnico de selección de la convocatoria estará compuesto por:
presidente o presidenta, secretario o secretaria y tres vocales, y se designará el mismo
número de suplentes. En la composición se atenderá a lo establecido en el artículo 60
del Texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público, y se garantizará
la composición equilibrada entre mujeres y hombres.
12.2 La relación nominal de las personas que integran el órgano técnico de
selección será publicada con una antelación mínima de un mes a la fecha de comienzo
de las pruebas, mediante resolución que se publicará en el TAO-UJI, una vez hayan sido
publicadas las listas provisionales de personas admitidas y excluidas.
12.3 El órgano técnico de selección, para la realización de las pruebas, podrá
solicitar la designación de personal colaborador, ayudante y asesor especialista que
estime oportunos.
12.4 Corresponde al órgano técnico de selección las funciones relativas a la
determinación concreta del contenido de las pruebas y a la calificación de las personas
admitidas, así como, en general, la adopción de cuantas medidas sea precisas de cara al
correcto desarrollo de las pruebas selectivas.
12.5 Las personas integrantes del órgano técnico de selección, así como el
personal asesor, deberán abstenerse y podrán ser recusadas por las personas
interesadas cuando concurran en las mismas circunstancias de las previstas en los
artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público.
Asimismo, deberán abstenerse las personas integrantes del órgano técnico de
selección que hubieran realizado tareas de preparación de aspirantes en los cinco años
anteriores a la publicación de esta convocatoria.
12.6 A efectos de comunicaciones y de cualquier otra incidencia el órgano técnico
de selección tendrá su sede en el Servicio de Recursos Humanos de la Universitat
Jaume I.
12.7 El órgano técnico de selección, a efectos de gratificaciones e
indemnizaciones, se regirá por lo dispuesto en el Reglamento sobre indemnizaciones por
razón del servicio y gratificaciones de la Universitat Jaume I, aprobado por el Consejo de

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Duodécima.