Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal técnico, de gestión y de administración y servicios. (BOE-A-2025-14047)
Resolución de 1 de julio de 2025, de la Universidad Jaume I, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala Técnica Básica de Informática.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 163
Martes 8 de julio de 2025
Sec. II.B. Pág. 90974
que no figuran en la relación provisional de personas excluidas sino, además, que sus
datos personales constan correctamente en las pertinentes relaciones de personas
admitidas.
6.5 Transcurrido el plazo anterior, vistas las alegaciones y enmendados los
defectos, si procede, se dictará resolución que elevará a definitiva la relación de
personas admitidas y excluidas a la realización de las pruebas, que se publicará en el
TAO-UJI.
6.6 En la resolución por la que se haga pública la relación definitiva de personas
admitidas a la realización de las pruebas debe establecerse, con al menos quince días
de antelación, la fecha, el lugar de celebración y la hora de comienzo de las pruebas.
6.7 Prueba de conocimiento del castellano para las personas admitidas que no
posean la nacionalidad española.
Con carácter previo a la realización de las pruebas de la oposición, las personas que
no posean la nacionalidad española y que de su origen no se desprenda el conocimiento
del castellano, deben acreditar el conocimiento del mismo mediante la realización de una
prueba en la que se comprobará que poseen un nivel adecuado de compresión y
expresión oral y escrita en esta lengua.
El contenido de esta prueba debe ajustarse a lo dispuesto en el Real
Decreto 1137/2002, de 31 de octubre, por el que se regulan los diplomas de español
como lengua extranjera.
La prueba se calificará de «apta» o «no apta», y será necesario obtener la valoración
de «apta» para pasar a realizar las pruebas de la fase de oposición.
Quedan eximidas de realizar esta prueba las personas que estén en posesión del
Diploma de Español como Lengua Extranjera regulado en el Real Decreto 1137/2002,
de 31 de octubre, o del Certificado de aptitud en Español para personas extranjeras
expedido por las escuelas oficiales de idiomas, o acreditan estar en posesión de una
titulación académica española expedida por el órgano oficial competente en el territorio
español.
Séptima.
Pruebas selectivas.
7.1 El procedimiento de selección es el de concurso-oposición. La puntuación
máxima del concurso-oposición es de 100 puntos, en el que la puntuación máxima de la
fase de oposición es de 60 puntos y la de concurso de 40 puntos.
7.2 Fase de oposición. La fase de oposición consta de dos ejercicios obligatorios y
eliminatorios.
7.2.1
Primer ejercicio.
𝐸
18
𝑁 = (𝐴 − ) ×
3
𝑛
Donde:
N = nota del test.
A = número de aciertos.
E = número de errores.
cve: BOE-A-2025-14047
Verificable en https://www.boe.es
Consistirá en una prueba tipo test con un máximo de 100 preguntas, de las cuales
corresponderán entre un 5 % y un 15 % al programa general. Cada pregunta dispondrá
de cuatro respuestas alternativas, de las cuales sólo una será correcta y versará sobre
las materias previstas en el temario que figura en el anexo II, según el perfil de la plaza.
Los errores penalizarán un tercio del valor de la correcta.
Este ejercicio se puntuará de 0 a 18 puntos, y es necesario obtener un mínimo de 9
puntos para superarlo.
La nota de test vendrá determinada por la siguiente fórmula:
Núm. 163
Martes 8 de julio de 2025
Sec. II.B. Pág. 90974
que no figuran en la relación provisional de personas excluidas sino, además, que sus
datos personales constan correctamente en las pertinentes relaciones de personas
admitidas.
6.5 Transcurrido el plazo anterior, vistas las alegaciones y enmendados los
defectos, si procede, se dictará resolución que elevará a definitiva la relación de
personas admitidas y excluidas a la realización de las pruebas, que se publicará en el
TAO-UJI.
6.6 En la resolución por la que se haga pública la relación definitiva de personas
admitidas a la realización de las pruebas debe establecerse, con al menos quince días
de antelación, la fecha, el lugar de celebración y la hora de comienzo de las pruebas.
6.7 Prueba de conocimiento del castellano para las personas admitidas que no
posean la nacionalidad española.
Con carácter previo a la realización de las pruebas de la oposición, las personas que
no posean la nacionalidad española y que de su origen no se desprenda el conocimiento
del castellano, deben acreditar el conocimiento del mismo mediante la realización de una
prueba en la que se comprobará que poseen un nivel adecuado de compresión y
expresión oral y escrita en esta lengua.
El contenido de esta prueba debe ajustarse a lo dispuesto en el Real
Decreto 1137/2002, de 31 de octubre, por el que se regulan los diplomas de español
como lengua extranjera.
La prueba se calificará de «apta» o «no apta», y será necesario obtener la valoración
de «apta» para pasar a realizar las pruebas de la fase de oposición.
Quedan eximidas de realizar esta prueba las personas que estén en posesión del
Diploma de Español como Lengua Extranjera regulado en el Real Decreto 1137/2002,
de 31 de octubre, o del Certificado de aptitud en Español para personas extranjeras
expedido por las escuelas oficiales de idiomas, o acreditan estar en posesión de una
titulación académica española expedida por el órgano oficial competente en el territorio
español.
Séptima.
Pruebas selectivas.
7.1 El procedimiento de selección es el de concurso-oposición. La puntuación
máxima del concurso-oposición es de 100 puntos, en el que la puntuación máxima de la
fase de oposición es de 60 puntos y la de concurso de 40 puntos.
7.2 Fase de oposición. La fase de oposición consta de dos ejercicios obligatorios y
eliminatorios.
7.2.1
Primer ejercicio.
𝐸
18
𝑁 = (𝐴 − ) ×
3
𝑛
Donde:
N = nota del test.
A = número de aciertos.
E = número de errores.
cve: BOE-A-2025-14047
Verificable en https://www.boe.es
Consistirá en una prueba tipo test con un máximo de 100 preguntas, de las cuales
corresponderán entre un 5 % y un 15 % al programa general. Cada pregunta dispondrá
de cuatro respuestas alternativas, de las cuales sólo una será correcta y versará sobre
las materias previstas en el temario que figura en el anexo II, según el perfil de la plaza.
Los errores penalizarán un tercio del valor de la correcta.
Este ejercicio se puntuará de 0 a 18 puntos, y es necesario obtener un mínimo de 9
puntos para superarlo.
La nota de test vendrá determinada por la siguiente fórmula: