Ministerio de Defensa. III. Otras disposiciones. Encomienda de gestión. (BOE-A-2025-13948)
Resolución 770/38305/2025, de 13 de junio, de la Jefatura del Mando de Personal del Ejército del Aire y del Espacio, por la que se publica el Acuerdo de encomienda de gestión al Instituto de Técnica Aeroespacial «Esteban Terradas», para la realización de actividades de apoyo de carácter material y técnico encaminadas a la introducción y desarrollo de la tecnología, equipos y sistemas relacionados con la investigación espacial, con carácter docente en los centros docentes militares.
8 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 162
Lunes 7 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 90284
confeccionar la memoria inicial necesaria para que acompañe a la solicitud de ejecución
de la actividad correspondiente.
Deberá relacionar las directrices y especificaciones técnicas de las prestaciones
correspondientes a las actividades objeto de la encomienda. Para ello, se completará la
memoria inicial motivando, identificando y valorando los recursos necesarios para la
ejecución y realización esas actividades.
Facilitará al INTA toda la información que precise para el cumplimento de la actividad
objeto de la presente encomienda.
Las prestaciones correspondientes a las actividades identificadas como objeto de la
encomienda serán cuantificadas. Para ello, se elaborará una memoria justificativa donde
se preverá la distribución temporal por anualidades de la obligación económica y su
imputación concreta al presupuesto correspondiente, de acuerdo con la legislación
presupuestaria. Para una mayor concreción y capacidad de adaptación a la realidad, las
cuantías anuales previstas podrán ser objeto de modificación, al alza o a la baja, en base
a las necesidades reales de las actividades o por reajustes en el cumplimiento de la
actividad encomendada
Sexta.
Obligaciones del encomendado.
Se compromete a disponer de personal, material y recursos necesarios, ya sea de
forma directa o indirecta, para realizar la actividad y tareas establecidas en la cláusula
sexta.
Séptima. Propiedad industrial e intelectual.
Las partes acuerdan que toda la propiedad industrial e intelectual generada y
desarrollada hasta el momento de la firma de la presente encomienda de gestión no se
verá alterada por las disposiciones contenidas en el mismo. Cada parte retendrá la
titularidad exclusiva de sus respectivos derechos de propiedad industrial e intelectual
preexistentes. Ninguna de las disposiciones de esta encomienda de gestión se
interpretará como una transferencia, licencia, cesión o cualquier otra forma de
disposición de dichos derechos preexistentes, salvo acuerdo expreso y por escrito entre
las partes. Cualquier propiedad industrial e intelectual generada como resultado de las
actividades desarrolladas bajo esta encomienda, pertenecerá exclusivamente al
encomendante, no obstante, se permite al encomendado la comercialización de los
productos generados, bajo autorización expresa y por escrito del encomendante. Así
mismo, el encomendante podrá autorizar el uso de los productos generados a los entes,
organismos y entidades pertenecientes al sector público cuando así lo estime
conveniente. En cualquier caso, el encomendado se reservará el derecho a usar con
fines de su actividad propia cualquier nuevo desarrollo fruto de esta encomienda de
gestión.
Los gastos originados por la gestión material y técnica de la presente encomienda
serán financiados con cargo a la aplicación presupuestaria 14 22 121N1 227 99 de la
Dirección de Enseñanza del Ejército del Aire y del Espacio, conforme al proyecto
específico en desarrollo.
Para financiar globalmente la actividad, se realizará una aportación dineraria
materializada mediante trasferencia de crédito en el momento de la entrada en vigor de
la encomienda y a principio de cada ejercicio presupuestario, para la realización de las
actuaciones a desarrollar en el marco de las funciones encomendadas.
Al respecto, MAPER/DEN, de acuerdo con las necesidades presupuestarias
acordadas, iniciará los trámites necesarios para su financiación.
Esta encomienda tiene un techo de gasto anual de setenta y dos mil euros (72.000 €)
cve: BOE-A-2025-13948
Verificable en https://www.boe.es
Octava. Financiación.
Núm. 162
Lunes 7 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 90284
confeccionar la memoria inicial necesaria para que acompañe a la solicitud de ejecución
de la actividad correspondiente.
Deberá relacionar las directrices y especificaciones técnicas de las prestaciones
correspondientes a las actividades objeto de la encomienda. Para ello, se completará la
memoria inicial motivando, identificando y valorando los recursos necesarios para la
ejecución y realización esas actividades.
Facilitará al INTA toda la información que precise para el cumplimento de la actividad
objeto de la presente encomienda.
Las prestaciones correspondientes a las actividades identificadas como objeto de la
encomienda serán cuantificadas. Para ello, se elaborará una memoria justificativa donde
se preverá la distribución temporal por anualidades de la obligación económica y su
imputación concreta al presupuesto correspondiente, de acuerdo con la legislación
presupuestaria. Para una mayor concreción y capacidad de adaptación a la realidad, las
cuantías anuales previstas podrán ser objeto de modificación, al alza o a la baja, en base
a las necesidades reales de las actividades o por reajustes en el cumplimiento de la
actividad encomendada
Sexta.
Obligaciones del encomendado.
Se compromete a disponer de personal, material y recursos necesarios, ya sea de
forma directa o indirecta, para realizar la actividad y tareas establecidas en la cláusula
sexta.
Séptima. Propiedad industrial e intelectual.
Las partes acuerdan que toda la propiedad industrial e intelectual generada y
desarrollada hasta el momento de la firma de la presente encomienda de gestión no se
verá alterada por las disposiciones contenidas en el mismo. Cada parte retendrá la
titularidad exclusiva de sus respectivos derechos de propiedad industrial e intelectual
preexistentes. Ninguna de las disposiciones de esta encomienda de gestión se
interpretará como una transferencia, licencia, cesión o cualquier otra forma de
disposición de dichos derechos preexistentes, salvo acuerdo expreso y por escrito entre
las partes. Cualquier propiedad industrial e intelectual generada como resultado de las
actividades desarrolladas bajo esta encomienda, pertenecerá exclusivamente al
encomendante, no obstante, se permite al encomendado la comercialización de los
productos generados, bajo autorización expresa y por escrito del encomendante. Así
mismo, el encomendante podrá autorizar el uso de los productos generados a los entes,
organismos y entidades pertenecientes al sector público cuando así lo estime
conveniente. En cualquier caso, el encomendado se reservará el derecho a usar con
fines de su actividad propia cualquier nuevo desarrollo fruto de esta encomienda de
gestión.
Los gastos originados por la gestión material y técnica de la presente encomienda
serán financiados con cargo a la aplicación presupuestaria 14 22 121N1 227 99 de la
Dirección de Enseñanza del Ejército del Aire y del Espacio, conforme al proyecto
específico en desarrollo.
Para financiar globalmente la actividad, se realizará una aportación dineraria
materializada mediante trasferencia de crédito en el momento de la entrada en vigor de
la encomienda y a principio de cada ejercicio presupuestario, para la realización de las
actuaciones a desarrollar en el marco de las funciones encomendadas.
Al respecto, MAPER/DEN, de acuerdo con las necesidades presupuestarias
acordadas, iniciará los trámites necesarios para su financiación.
Esta encomienda tiene un techo de gasto anual de setenta y dos mil euros (72.000 €)
cve: BOE-A-2025-13948
Verificable en https://www.boe.es
Octava. Financiación.