Ministerio de Defensa. III. Otras disposiciones. Encomienda de gestión. (BOE-A-2025-13949)
Resolución 500/38309/2025, de 27 de junio, de la Jefatura del Mando de Apoyo Logístico del Ejército de Tierra, por la que se publica el Acuerdo de modificación y prórroga de la encomienda de gestión con el Instituto de Técnica Aeroespacial «Esteban Terradas», para la realización de actividades de carácter material y técnico.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 162
Lunes 7 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 90291
Octava. Prórrogas y modificaciones.
Queda redactada como sigue:
«Alcanzada la fecha de terminación, si las actividades de carácter material y
técnico de esta encomienda siguieran siendo necesarias, esta encomienda, por
acuerdo expreso entre las partes, podrá prorrogarse por periodos de hasta dos
años adicionales. Para ello, con una antelación de treinta días al vencimiento
inicial, se suscribirá una adenda para su renovación, procediéndose en su caso, a
la actualización de las actividades a realizar.
En el mismo sentido, la encomienda podrá ser modificada por acuerdo de
ambas partes, cuando resulte necesario para la mejor realización de su objeto o
existan razones de interés público que así lo aconsejen, la cual deberá ser suscrita
con anterioridad a la expiración del plazo de duración de la misma.
Tanto la prórroga como cualquier eventual modificación a la encomienda,
deberá cumplir con los trámites preceptivos contemplados para su firma y eficacia.»
Novena a decimotercera.
Sin variaciones.
ANEXO I
Actividades encomendadas al Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial (INTA)
mediante la encomienda de gestión
Queda redactado como sigue:
«Las actividades incluidas en la presente encomienda de gestión
corresponden a los ámbitos funcionales de certificación, calificación, calibración,
homologación, desarrollo, formación, evaluación, realización de pruebas, estudios
y análisis correspondientes a:
– Vehículos, material, equipos, armamento, municiones y materiales energéticos
del Ejército de Tierra.
– Sistemas electroópticos y guerra electrónica del Ejército de Tierra.
– Material de defensa NBQ del Ejército de Tierra.
– Sistemas asociados a las tecnologías de la información, nuevas tecnologías,
comunicaciones y simulación, redes y sistemas asociados a las tecnologías de la
información, telecomunicaciones, computación, sensores, simulación sistemas de
control robótico, y procesado de datos del Ejército de Tierra.
– Equipamiento, infraestructura, así como medidas medioambientales.
– Metrología y calibración de material y equipos del Ejército de Tierra.
– Ensayos, certificación, entrenamiento y pruebas de sistemas aéreos del
Ejército de Tierra.»
ANEXO II
Se deja sin contenido.
B.
Prórroga de la encomienda
Por seguir siendo necesarias la realización de las actividades de carácter material y
técnico de la encomienda referida en antecedentes, y próxima su finalización en fecha
el 20 de julio de 2025, previos cumplimiento de los requisitos que la misma establece y
de los trámites legales preceptivos correspondientes, las partes acuerdan prorrogar
cve: BOE-A-2025-13949
Verificable en https://www.boe.es
Material del ET a depositar temporalmente en el INTA
Núm. 162
Lunes 7 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 90291
Octava. Prórrogas y modificaciones.
Queda redactada como sigue:
«Alcanzada la fecha de terminación, si las actividades de carácter material y
técnico de esta encomienda siguieran siendo necesarias, esta encomienda, por
acuerdo expreso entre las partes, podrá prorrogarse por periodos de hasta dos
años adicionales. Para ello, con una antelación de treinta días al vencimiento
inicial, se suscribirá una adenda para su renovación, procediéndose en su caso, a
la actualización de las actividades a realizar.
En el mismo sentido, la encomienda podrá ser modificada por acuerdo de
ambas partes, cuando resulte necesario para la mejor realización de su objeto o
existan razones de interés público que así lo aconsejen, la cual deberá ser suscrita
con anterioridad a la expiración del plazo de duración de la misma.
Tanto la prórroga como cualquier eventual modificación a la encomienda,
deberá cumplir con los trámites preceptivos contemplados para su firma y eficacia.»
Novena a decimotercera.
Sin variaciones.
ANEXO I
Actividades encomendadas al Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial (INTA)
mediante la encomienda de gestión
Queda redactado como sigue:
«Las actividades incluidas en la presente encomienda de gestión
corresponden a los ámbitos funcionales de certificación, calificación, calibración,
homologación, desarrollo, formación, evaluación, realización de pruebas, estudios
y análisis correspondientes a:
– Vehículos, material, equipos, armamento, municiones y materiales energéticos
del Ejército de Tierra.
– Sistemas electroópticos y guerra electrónica del Ejército de Tierra.
– Material de defensa NBQ del Ejército de Tierra.
– Sistemas asociados a las tecnologías de la información, nuevas tecnologías,
comunicaciones y simulación, redes y sistemas asociados a las tecnologías de la
información, telecomunicaciones, computación, sensores, simulación sistemas de
control robótico, y procesado de datos del Ejército de Tierra.
– Equipamiento, infraestructura, así como medidas medioambientales.
– Metrología y calibración de material y equipos del Ejército de Tierra.
– Ensayos, certificación, entrenamiento y pruebas de sistemas aéreos del
Ejército de Tierra.»
ANEXO II
Se deja sin contenido.
B.
Prórroga de la encomienda
Por seguir siendo necesarias la realización de las actividades de carácter material y
técnico de la encomienda referida en antecedentes, y próxima su finalización en fecha
el 20 de julio de 2025, previos cumplimiento de los requisitos que la misma establece y
de los trámites legales preceptivos correspondientes, las partes acuerdan prorrogar
cve: BOE-A-2025-13949
Verificable en https://www.boe.es
Material del ET a depositar temporalmente en el INTA