Ministerio de Defensa. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-13946)
Resolución 420/38311/2025, de 1 de julio, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con Hisdesat Servicios Estratégicos, SA, para la contribución española -capacidad excedente en los satélites Spainsat, Xtar-Eur, y Spainsat NG, terminales y servicios de telepuerto- en la fase de demostración del proyecto Govsatcom de la Agencia Europea de Defensa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 162

Lunes 7 de julio de 2025
Segunda.

Sec. III. Pág. 90268

Alcance.

La contribución de España al proyecto del «EDA Category B Project: Governmental
Satellite Communication (Govsatcom)-Pooling and Sharing Demonstration (GSC
Demo)», en adelante Acuerdo B 1513, (anexo 2 del Acuerdo B 1513) está formada por:
a) Capacidad en banda X en los satélites Spainsat, Xtar-Eur y Spainsat NG.
b) Terminales de comunicaciones en banda X.
c) Servicios de telepuerto y anclaje nacional en banda X.
Tercera.

Obligaciones de Hisdesat.

a) Responder en tiempo y forma a las solicitudes realizadas por la EDA para la
provisión de servicios del proyecto, y que España asume en su nombre y representación.
b) Prestar los servicios aceptados en los términos recogidos en las
correspondientes peticiones de servicio. (anexo 2 del Acuerdo B 1513).
c) Cumplir con los procedimientos operativos definidos en el Acuerdo B 1513 y sus
anexos.
d) Informar semestralmente al MINISDEF sobre las prestaciones de servicio
recibidas, aceptadas, denegadas, así como de los ingresos y costes incurridos.
e) Poner a disposición de la EDA y del MINISDEF las personas de contacto para
dar respuesta a las solicitudes que en cada fase de la prestación del servicio se
requieran.
f) Hacer frente a cualquier coste de tipo administrativo o de otro tipo derivada de la
participación en el Acuerdo B 1513 y de cualquier otro coste de personal en relación con
el mismo.
Cuarta.

Obligaciones del Ministerio de Defensa.

a) Actuar como supervisor en el presente convenio a fin de que se satisfaga el
cumplimiento de los términos, disposiciones y condiciones establecidos en el Acuerdo
B 1513 ratificado entre las naciones y la EDA.
b) Ofrecer como contribución española al proyecto la capacidad excedente en los
satélites Spainsat, Xtar-Eur y Spainsat NG, terminales y servicios de telepuerto, a través
de Hisdesat.
Condiciones de financiación y responsabilidades.

Cada parte realizará las actuaciones previstas en el presente convenio con sus
propios medios.
El presente convenio no supondrá ningún coste económico para el MINISDEF,
correspondiendo a Hisdesat la obligación de asumir los costes vinculados a la prestación
de los servicios aceptados por sus propios medios, recibiendo directamente de la EDA el
importe correspondiente a la prestación de servicios en los términos recogidos en el
Acuerdo B 1513.
Hisdesat será responsable de hacer efectiva la prestación recogida en el formulario
de pedido rubricada entre España y otro país perteneciente al Acuerdo B 1513 y de
aquellos compromisos que emanen del mismo y estén contemplados, tanto en el
Acuerdo B 1513 como en sus anexos.
Asimismo, Hisdesat asumirá la responsabilidad de cualquier incumplimiento de la
prestación objeto del presente convenio cuya reclamación sea exigida al MINISDEF.
Sexta. Mecanismos de seguimiento, vigilancia y control del convenio.
Para la coordinación, vigilancia, control y seguimiento del presente convenio, se crea
una Comisión de Seguimiento formada paritariamente por dos miembros designados por

cve: BOE-A-2025-13946
Verificable en https://www.boe.es

Quinta.