Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-13999)
Resolución de 26 de junio de 2025, de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición, O.A., por la que se publica la Adenda de modificación y prórroga al Convenio con el Instituto de Investigación y Tecnología Agroalimentarias, por el que se instrumenta una encomienda de gestión, para la colaboración en el marco de las actividades de laboratorio europeo de referencia de Biotoxinas Marinas.
<< 4 << Página 4
Página 5 Pág. 5
-
5 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 162

Lunes 7 de julio de 2025

Sec. III. Pág. 90708

Delegado de Protección de Datos:
Secretaría General-Subdirección General Adjunta: dpdaesan@aesan.gob.es
C/ Alcalá 56, 28014-Madrid.
Por su parte, en el caso de IRTA, el Responsable del Tratamiento y el
Delegado de Protección de datos a los efectos del Reglamento General de
Protección de Datos son:
Responsable del tratamiento:
Institut de Recerca i Tecnologies Agroalimentàries (IRTA): irta@irta.cat
Teléfono: 93 467 40 40.
NIF Q-5855049-B.
Torre Marimon, Ctra. C-59, km 12,1, 08140 Caldes de Montbui (Barcelona).
Delegado de Protección de Datos:
Delegado de Protección de Datos: dpo@irta.cat
Torre Marimon, Ctra. C-59, km 12,1, 08140 Caldes de Montbui (Barcelona).
En todo caso, los afectados podrán ejercer sus derechos de acceso,
rectificación, supresión, oposición, limitación o portabilidad ante la parte que
corresponda a través de comunicación por escrito al domicilio social que consta al
comienzo del presente documento, acreditando su identidad e identificando el
derecho que se solicita. Asimismo, en caso de considerar vulnerado su derecho a
la protección de datos personales, podrán interponer una reclamación ante la
Agencia Española de Protección de Datos (www.aepd.es) o ante el delegado de
protección de datos de cualquiera de las partes.»
Tercera. Prórroga.
Se prorroga la duración del convenio, en la redacción modificada de conformidad con
la cláusula segunda de esta adenda, por un período de dos años adicionales a la
vigencia del mismo.
Cuarta.

Eficacia y vigencia de la adenda.

El plazo de vigencia de la presente adenda se extiende desde el momento de
finalización del periodo de vigencia establecido inicialmente, es decir, desde el 4 de julio
de 2025, hasta el 4 de julio de 2027.
Esta adenda resultará eficaz con su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» y
deberá incluirse en la base de datos del Registro de Convenios y Encomiendas del
Sector Público Estatal (RCESPE).
Quinta. Subsistencia del resto del convenio.

Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, firman electrónicamente el
presente documento, constando como fecha de suscripción la de la última realizada
(25 de junio de 2025).–Por el Organismo Autónomo Agencia Española de Seguridad
Alimentaria y Nutrición, la Directora Ejecutiva, P. S. (Resolución de 17 de diciembre
de 2022), la Secretaria General, Lucía Gestal Souto.–Por el Instituto de Investigación y
Tecnología Agroalimentarias, Josep Usall Rodié.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-A-2025-13999
Verificable en https://www.boe.es

Se mantienen plenamente en vigor todos y cada uno de los términos y condiciones
del convenio en lo no estipulado por esta adenda.