Ministerio de Trabajo y Economía Social. III. Otras disposiciones. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2025-13964)
Resolución de 25 de junio de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el XII Convenio colectivo de European Air Transport Leipzig GMBH, Sucursal en España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 162

Lunes 7 de julio de 2025

Sec. III. Pág. 90404

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
13964

Resolución de 25 de junio de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la
que se registra y publica el XII Convenio colectivo de European Air Transport
Leipzig GMBH, Sucursal en España.

Visto el texto del XII Convenio colectivo de la empresa European Air Transport
Leipzig GMBH, Sucursal en España (código de convenio n.º 90012642012000), que fue
suscrito con fecha 26 de septiembre de 2024, de una parte por las personas designadas
por la Dirección de la empresa, en representación de la misma, y de otra por las
secciones sindicales de USO y CCOO, en representación de los trabajadores afectados,
y que ha sido definitivamente subsanado en fecha 24 de junio de 2025, y de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los
Trabajadores, texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de
octubre (BOE de 24 de octubre), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre
registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de
igualdad,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción del citado Convenio colectivo en el correspondiente Registro
de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad con
funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación
a la Comisión Negociadora.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 25 de junio de 2025.–La Directora General de Trabajo, María Nieves
González García.
12.º CONVENIO COLECTIVO ENTRE EUROPEAN AIR TRANSPORT Y SUS
TRABAJADORES
CAPÍTULO I
Disposiciones Generales

El presente Convenio colectivo tiene por objeto regular las condiciones y relaciones
de trabajo en European Air Transport (en adelante EAT), y obliga tanto a los trabajadores
incluidos en sus ámbitos personal y territorial, como a la dirección de la compañía.
Artículo 2. Ámbito Territorial.
El presente convenio será de aplicación en los centros de trabajo que actualmente
tiene la empresa en todo el Estado español.

cve: BOE-A-2025-13964
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 1. Objeto.