Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-13944)
Resolución de 23 de junio de 2025, del Centro de Estudios Jurídicos, O.A., por la que se publica el Convenio con el Consejo General del Poder Judicial, en materia de formación dirigida a miembros de las Carreras Judicial y Fiscal.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 162

Lunes 7 de julio de 2025

Sec. III. Pág. 90252

El CGPJ, por su parte, actuará como institución organizadora de las actividades
incluidas anualmente en su Plan Estatal de Formación Continua para la carrera judicial, y
que sean consideradas de interés para el desarrollo y concreción del objeto de este
convenio por la Comisión de Seguimiento.
1. Formación de miembros de la carrera judicial en actividades del plan de
formación continua de la carrera fiscal del CEJ:
a. El Centro de Estudios Jurídicos, O.A. asumirá la organización, gestión y
supervisión de las actividades del Plan de Formación Continua de la carrera fiscal, con
las siguientes atribuciones:
– Diseño y programación de las actividades.
– Realización del seguimiento administrativo y el control de las actividades.
– Cesión gratuita de espacios (sedes, servicios o instalaciones, así como
plataformas de comunicación virtual) para la organización de las actividades que se
programen en el marco del convenio.
– Dotación de los locales y el equipamiento técnico adecuados a las actividades de
formación programadas, así como del apoyo didáctico necesario.
– Envío del programa de cada actividad, así como de los detalles de organización
(lugar de realización en el caso de actividades presenciales, enlace en cursos virtuales)
al Consejo General del Poder Judicial, y a los participantes en la misma.
– Seguimiento de la participación académica del alumnado y su evaluación, en los
casos en que corresponda, con el fin de verificar el grado de aprovechamiento del curso.
– Expedición de los correspondientes certificados de asistencia y/o
aprovechamiento.
– Comunicación al CGPJ de los resultados de participación académica y del grado
de aprovechamiento del curso.
– Distribución de las encuestas de satisfacción entre las personas participantes al
finalizar cada actividad formativa, y remisión de los resultados al Consejo General del
Poder Judicial.
b.

Atribuciones correspondientes al Consejo General del Poder Judicial:

– Selección y autorización de participantes de la carrera judicial.
– Abono de los gastos de desplazamiento y, en su caso, estancia y manutención de
los participantes pertenecientes a la carrera judicial de las actividades formativas
presenciales incluidas en el marco de este convenio.
2. Formación de miembros de la carrera fiscal en actividades del plan de formación
continua de la carrera judicial del CGPJ:

– Diseño y programación de las actividades.
– Realización del seguimiento administrativo y el control de las actividades.
– Cesión gratuita de espacios (sedes, servicios o instalaciones, así como
plataformas de comunicación virtual) para la organización de las actividades que se
programen en el marco del convenio.
– Dotación de los locales y el equipamiento técnico adecuados a las actividades de
formación programadas, así como del apoyo didáctico necesario.
– Envío del programa de cada actividad, así como de los detalles de organización
(lugar de realización en el caso de actividades presenciales, enlace en cursos virtuales)
al CEJ, y a los participantes en la misma.
– Seguimiento de la participación académica del alumnado y su evaluación, en los
casos en que corresponda, con el fin de verificar el grado de aprovechamiento del curso.

cve: BOE-A-2025-13944
Verificable en https://www.boe.es

a. El Consejo General del Poder Judicial asumirá la organización, gestión y
supervisión de las actividades incluidas en el Plan de Formación Continua de la carrera
judicial, con las siguientes atribuciones: