Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-13954)
Resolución de 20 de mayo de 2025, de la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, por la que se publica el Convenio con AENA, Puertos del Estado y Renfe, para la participación conjunta en la 25 Edición de la Feria Internacional de la Logística, Transporte, Intralogística y Supply Chain, Sil 2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 162

Lunes 7 de julio de 2025

Sec. III. Pág. 90336

2. Coste de diseño, fabricación, montaje y desmontaje, mantenimiento y asistencia
técnica integral del stand: El importe máximo de licitación no excederá de: 80.000,00
euros (sin IVA).
Consecuentemente, el coste máximo previsto para cada una de las citadas entidades
es de 32.380,80 euros (sin IVA), incluyendo los dos conceptos citados.
En el caso de que se produzcan costes comunes adicionales a los descritos en esta
cláusula las partes tramitarán la correspondiente adenda modificativa del convenio de
acuerdo con lo previsto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Séptima. Aportaciones de las partes.
1.

Coste de alquiler de suelo según tarifa oficial de la Feria:

El alquiler del espacio para el montaje del stand institucional en la Feria, se
contratará, y abonará directamente por las partes al Consorcio ZF Internacional, SAU
(sociedad que gestiona, con carácter exclusivo, el arrendamiento del espacio del
SIL 2025) quien emitirá la correspondiente factura individualizada a cada entidad
firmante de este convenio por el importe correspondiente a la superficie imputable a
efectos de facturación para cada una de ellas, según lo indicado en la cláusula tercera.
2. Coste de diseño, fabricación, montaje, desmontaje, mantenimiento y asistencia
técnica integral del stand:
Este importe será abonado a la empresa que resulte adjudicataria del procedimiento
de licitación de acuerdo con los siguientes criterios:
– Coste de elementos y estructuras, equipamiento técnico y otros servicios
solicitados de manera específica por cada entidad para su ámbito expositivo individual:
cada una de las entidades abonará íntegramente la cuantía correspondiente.
– Coste de elementos y estructuras, equipamiento técnico y otros servicios de la
entrada del stand y habitáculos de servicio de uso común (claúsula tercera): se dividirá
en partes iguales entre las entidades participantes.
3. La empresa adjudicataria emitirá una factura individualizada a cada una de las
partes, por los importes que les corresponda asumir en función de los conceptos y
repartos señalados en el punto 2 de esta cláusula, debiéndose abonar dentro del plazo
de 60 días siguientes a la fecha de su presentación.
Si como consecuencia del desarrollo del contrato se modificara el importe de alguno
de los conceptos indicados en los dos puntos anteriores, la variación se repercutirá a
cada una de las entidades firmantes, en la cuantía que corresponda.
Octava. Comisión de Seguimiento.

– Decidir el lema y el concepto de comunicación común con el que concurrirán
conjuntamente a la Feria.
– Decidir los contenidos generales del pliego de prescripciones técnicas del contrato.
– Participar en el proceso de selección de los proyectos de los licitadores, antes de
la adjudicación del contrato.
– Proponer de forma unánime los gastos adicionales y sobrevenidos derivados de la
cláusula anterior y su distribución entre los firmantes y proponer la correspondiente
adenda modificativa del convenio de acuerdo con lo previsto en la Ley 40/2015, de 1 de
octubre.

cve: BOE-A-2025-13954
Verificable en https://www.boe.es

Se constituirá una Comisión de Seguimiento para el presente convenio, integrada por
un representante de cada uno de los firmantes. Tendrá, entre otras, las siguientes
funciones: