Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-13954)
Resolución de 20 de mayo de 2025, de la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, por la que se publica el Convenio con AENA, Puertos del Estado y Renfe, para la participación conjunta en la 25 Edición de la Feria Internacional de la Logística, Transporte, Intralogística y Supply Chain, Sil 2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 162
Lunes 7 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 90334
necesarios para el diseño, explotación y gestión de las áreas y las infraestructuras
portuarias».
Cuarto.
Que RENFE-Operadora es una entidad pública empresarial adscrita al Ministerio de
Transportes y Movilidad Sostenible que goza de personalidad jurídica propia, así como
de plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines y de patrimonio propio.
Se rige por lo establecido en la Ley 38/2015, de 29 de septiembre, del Sector Ferroviario,
en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en el Real
Decreto 2396/2004, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto de la entidad
pública empresarial Renfe-Operadora y en la legislación presupuestaria y otras normas
de aplicación.
En el ejercicio de sus funciones, RENFE-Operadora actúa con autonomía de gestión,
teniendo en cuenta, en todo caso, la garantía del interés público, la satisfacción de las
necesidades sociales con la máxima calidad, la seguridad de los usuarios y la eficacia
global del sistema ferroviario.
La Entidad Pública Empresarial RENFE-Operadora está legitimada para proceder a
la suscripción del presente convenio, al amparo de lo establecido en el citado Real
Decreto 2396/2004, que faculta para poder celebrar cualesquiera convenios con la
Administración General del Estado o con otras Administraciones Públicas para el mejor
cumplimiento de sus fines.
Quinto.
Que la Feria Internacional de la Logística, Transporte, Intralogística y Supply Chain
(en adelante SIL) constituye un destacado punto de encuentro de la actividad logística y
del transporte del Sur de Europa, la cuenca del Mediterráneo (en especial los países del
Magreb) Iberoamérica y Sudeste Asiático.
La próxima edición, que tendrá lugar en Barcelona, está prevista que se celebre
del 18 al 20 de junio de 2025.
Sexto.
Se considera de interés para los fines del Departamento, la presencia del Ministerio
de Transportes y Movilidad Sostenible en SIL a través de las entidades, sociedades y
organismos públicos adscritos al mismo cuya actividad tiene relación directa con el
objeto y contenido de la Feria y, en este caso, así lo han decidido ADIF, Aena, Puertos
del Estado y RENFE-Operadora.
Séptimo.
Octavo.
La Dirección General de Organización e Inspección del Ministerio de Transportes y
Movilidad Sostenible, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 15.1, z) del Real
Decreto 253/2024, de 12 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica
del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, y se modifica el Real
Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica
básica de los departamentos ministeriales llevará a cabo las actuaciones necesarias
cve: BOE-A-2025-13954
Verificable en https://www.boe.es
La participación conjunta de las citadas entidades en SIL 2025, se decide en el
marco de rigor y control del gasto público que preside las actuaciones del Ministerio de
Transportes y Movilidad Sostenible y sus organismos dependientes. De esta forma, se
pretende lograr una mayor eficiencia en la gestión de los gastos derivados de su
presencia en la Feria y se subraya la presencia institucional de los Departamentos en
uno de los foros más destacados del ámbito de la logística y del transporte.
Núm. 162
Lunes 7 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 90334
necesarios para el diseño, explotación y gestión de las áreas y las infraestructuras
portuarias».
Cuarto.
Que RENFE-Operadora es una entidad pública empresarial adscrita al Ministerio de
Transportes y Movilidad Sostenible que goza de personalidad jurídica propia, así como
de plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines y de patrimonio propio.
Se rige por lo establecido en la Ley 38/2015, de 29 de septiembre, del Sector Ferroviario,
en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en el Real
Decreto 2396/2004, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto de la entidad
pública empresarial Renfe-Operadora y en la legislación presupuestaria y otras normas
de aplicación.
En el ejercicio de sus funciones, RENFE-Operadora actúa con autonomía de gestión,
teniendo en cuenta, en todo caso, la garantía del interés público, la satisfacción de las
necesidades sociales con la máxima calidad, la seguridad de los usuarios y la eficacia
global del sistema ferroviario.
La Entidad Pública Empresarial RENFE-Operadora está legitimada para proceder a
la suscripción del presente convenio, al amparo de lo establecido en el citado Real
Decreto 2396/2004, que faculta para poder celebrar cualesquiera convenios con la
Administración General del Estado o con otras Administraciones Públicas para el mejor
cumplimiento de sus fines.
Quinto.
Que la Feria Internacional de la Logística, Transporte, Intralogística y Supply Chain
(en adelante SIL) constituye un destacado punto de encuentro de la actividad logística y
del transporte del Sur de Europa, la cuenca del Mediterráneo (en especial los países del
Magreb) Iberoamérica y Sudeste Asiático.
La próxima edición, que tendrá lugar en Barcelona, está prevista que se celebre
del 18 al 20 de junio de 2025.
Sexto.
Se considera de interés para los fines del Departamento, la presencia del Ministerio
de Transportes y Movilidad Sostenible en SIL a través de las entidades, sociedades y
organismos públicos adscritos al mismo cuya actividad tiene relación directa con el
objeto y contenido de la Feria y, en este caso, así lo han decidido ADIF, Aena, Puertos
del Estado y RENFE-Operadora.
Séptimo.
Octavo.
La Dirección General de Organización e Inspección del Ministerio de Transportes y
Movilidad Sostenible, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 15.1, z) del Real
Decreto 253/2024, de 12 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica
del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, y se modifica el Real
Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica
básica de los departamentos ministeriales llevará a cabo las actuaciones necesarias
cve: BOE-A-2025-13954
Verificable en https://www.boe.es
La participación conjunta de las citadas entidades en SIL 2025, se decide en el
marco de rigor y control del gasto público que preside las actuaciones del Ministerio de
Transportes y Movilidad Sostenible y sus organismos dependientes. De esta forma, se
pretende lograr una mayor eficiencia en la gestión de los gastos derivados de su
presencia en la Feria y se subraya la presencia institucional de los Departamentos en
uno de los foros más destacados del ámbito de la logística y del transporte.