Ministerio de Defensa. I. Disposiciones generales. Organización. (BOE-A-2025-13870)
Orden DEF/696/2025, de 30 de junio, por la que se modifica la Orden DEF/91/2008, de 22 de enero, por la que se desarrolla la organización y funcionamiento de las Delegaciones de Defensa.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 162
Lunes 7 de julio de 2025
Sec. I. Pág. 90064
2. El nombramiento de Jefe de Órgano de Apoyo corresponderá a la persona
titular de la Subsecretaría de Defensa, entre oficiales en situación de servicio
activo o reserva, a propuesta del Subdelegado de Defensa correspondiente, que la
tramitará a través de su cadena orgánica hasta llegar a la Secretaría General
Técnica.
3. La suplencia del Jefe de Órgano de Apoyo, tanto con carácter interino
como accidental, será desempeñada por el militar de carrera a quien corresponda
entre los que prestan sus servicios en el correspondiente Órgano de Apoyo.
No obstante, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, el Subdelegado de Defensa, por necesidades del servicio, podrá
efectuar una designación expresa de otro militar de carrera destinado en la
Subdelegación.»
Siete. Se modifica el dispongo undécimo, quedando redactado de la siguiente
manera:
«Undécimo.
Del Gestor de área funcional.
1. Bajo la dependencia orgánica del Subdelegado, el Gestor es el
responsable del área y su nombramiento corresponderá a la persona titular de la
Subsecretaría de Defensa, entre oficiales en situación de servicio activo o reserva,
una vez oídos, por el procedimiento que se establece en esta misma orden
ministerial, el Subdelegado y los órganos superiores y directivos del Ministerio de
Defensa y los organismos autónomos adscritos al mismo de los que dependa
funcionalmente el área.
2. El nombramiento se efectuará por tres años, período que podrá ser
prorrogado o resuelto anticipadamente de acuerdo con lo que se dispone en los
artículos 104 y 105 de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre.
La prórroga se efectuará por años, sin detrimento de lo que, con carácter
general, se señala en el Real Decreto 456/2011, de 1 de abril, por el que se
aprueba el Reglamento de destinos del personal militar profesional.
3. La suplencia del Gestor de un área funcional, tanto con carácter interino
como accidental, será desempeñada por el militar de carrera a quien corresponda
entre los que prestan sus servicios en el área funcional.
No obstante, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, el Subdirector General de Administración Periférica, por
necesidades del servicio, podrá efectuar una designación expresa de otro militar
de carrera destinado en esta u otra Delegación, una vez oídos el Subdelegado y
los órganos superiores y directivos del Ministerio de Defensa y organismos
públicos adscritos al mismo de los que dependa funcionalmente el área.»
Se modifica el dispongo duodécimo, quedando redactado de la siguiente
«Duodécimo.
Del Jefe de Oficina Delegada.
1. Bajo la dependencia orgánica del Subdelegado, el Jefe de Oficina
Delegada es el responsable de su buen orden y funcionamiento. Las funciones
inherentes a esta jefatura serán desarrolladas por el Gestor de área funcional a
quien corresponda de los destinados en la citada Oficina.
2. La suplencia como Jefe de la Oficina Delegada, tanto con carácter interino
como accidental, se resolverá conforme a los citados criterios.
No obstante, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, el Subdelegado de Defensa, en el caso de que no haya más de
un área funcional o cuando así lo aconsejen las necesidades del servicio, podrá
efectuar una designación expresa de otro militar de carrera de los destinados en la
Oficina Delegada.»
cve: BOE-A-2025-13870
Verificable en https://www.boe.es
Ocho.
manera:
Núm. 162
Lunes 7 de julio de 2025
Sec. I. Pág. 90064
2. El nombramiento de Jefe de Órgano de Apoyo corresponderá a la persona
titular de la Subsecretaría de Defensa, entre oficiales en situación de servicio
activo o reserva, a propuesta del Subdelegado de Defensa correspondiente, que la
tramitará a través de su cadena orgánica hasta llegar a la Secretaría General
Técnica.
3. La suplencia del Jefe de Órgano de Apoyo, tanto con carácter interino
como accidental, será desempeñada por el militar de carrera a quien corresponda
entre los que prestan sus servicios en el correspondiente Órgano de Apoyo.
No obstante, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, el Subdelegado de Defensa, por necesidades del servicio, podrá
efectuar una designación expresa de otro militar de carrera destinado en la
Subdelegación.»
Siete. Se modifica el dispongo undécimo, quedando redactado de la siguiente
manera:
«Undécimo.
Del Gestor de área funcional.
1. Bajo la dependencia orgánica del Subdelegado, el Gestor es el
responsable del área y su nombramiento corresponderá a la persona titular de la
Subsecretaría de Defensa, entre oficiales en situación de servicio activo o reserva,
una vez oídos, por el procedimiento que se establece en esta misma orden
ministerial, el Subdelegado y los órganos superiores y directivos del Ministerio de
Defensa y los organismos autónomos adscritos al mismo de los que dependa
funcionalmente el área.
2. El nombramiento se efectuará por tres años, período que podrá ser
prorrogado o resuelto anticipadamente de acuerdo con lo que se dispone en los
artículos 104 y 105 de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre.
La prórroga se efectuará por años, sin detrimento de lo que, con carácter
general, se señala en el Real Decreto 456/2011, de 1 de abril, por el que se
aprueba el Reglamento de destinos del personal militar profesional.
3. La suplencia del Gestor de un área funcional, tanto con carácter interino
como accidental, será desempeñada por el militar de carrera a quien corresponda
entre los que prestan sus servicios en el área funcional.
No obstante, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, el Subdirector General de Administración Periférica, por
necesidades del servicio, podrá efectuar una designación expresa de otro militar
de carrera destinado en esta u otra Delegación, una vez oídos el Subdelegado y
los órganos superiores y directivos del Ministerio de Defensa y organismos
públicos adscritos al mismo de los que dependa funcionalmente el área.»
Se modifica el dispongo duodécimo, quedando redactado de la siguiente
«Duodécimo.
Del Jefe de Oficina Delegada.
1. Bajo la dependencia orgánica del Subdelegado, el Jefe de Oficina
Delegada es el responsable de su buen orden y funcionamiento. Las funciones
inherentes a esta jefatura serán desarrolladas por el Gestor de área funcional a
quien corresponda de los destinados en la citada Oficina.
2. La suplencia como Jefe de la Oficina Delegada, tanto con carácter interino
como accidental, se resolverá conforme a los citados criterios.
No obstante, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, el Subdelegado de Defensa, en el caso de que no haya más de
un área funcional o cuando así lo aconsejen las necesidades del servicio, podrá
efectuar una designación expresa de otro militar de carrera de los destinados en la
Oficina Delegada.»
cve: BOE-A-2025-13870
Verificable en https://www.boe.es
Ocho.
manera: