Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2025-13716)
Resolución de 20 de marzo de 2025, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización del Plan de Reactivación económica y social, Diputación Suma+, de la Diputación Provincial de Badajoz, ejercicios 2020 a 2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 160
Viernes 4 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 89225
III. CONCLUSIONES
El Plan de reactivación económica y social, Diputación Suma+ (Plan Suma), de la Diputación (DP) de
Badajoz, se enmarca entre las medidas extraordinarias adoptadas por las Administraciones
públicas encaminadas a proteger y dar soporte al tejido productivo y social, con objeto de minimizar
los impactos negativos derivados de la pandemia SARS-CoV-2 (COVID-19).
Fue aprobado el 5 de junio de 2020, teniendo como principal objetivo contribuir de forma decisiva a
la reactivación económica en la provincia, la creación de empleo, la recuperación de los sectores
productivos y de las actividades culturales y sociales, el comercio local, la construcción, así como la
atención a los colectivos más vulnerables.
La ejecución del Plan inicialmente debía finalizar el 30 de junio de 2021, pero fue objeto de sucesivas
prórrogas, algunas de ellas “improrrogables”. A 1 de septiembre 2023, 26 meses después de la fecha
inicial prevista para su finalización, no había concluido el plazo para la ejecución y justificación por
los beneficiarios de las actuaciones financiadas con los recursos del Plan.
El número de beneficiarios pendiente de justificar las actuaciones desarrolladas ascendía a 24, de
los que 23 eran municipios y 1 ELM, que habían recibido un importe significativo de los recursos del
Plan, el 39 % del total, 7.778.150 euros y se habían comprometido a aportar 3.992.787 euros por su
cuota de corresponsabilidad. En la medida en que se la justificación global de las ayudas se exige a
la finalización de la totalidad de las actuaciones, la DP desconoce su estado concreto de ejecución y
las actuaciones pendientes.
III.1. REFERIDAS A LA TRAMITACIÓN Y GESTIÓN DEL PLAN SUMA (SUBAPARTADO II.2)
III.1.1. Referidas al diseño del Plan y a las deficiencias de las Bases Reguladoras (Epígrafe
II.2.1)
1) Se realizaron consultas al tejido productivo y a las EELL de la provincia para el diseño del
Plan; sin embargo, la estructura de este no se ajustó en su totalidad a los resultados
obtenidos en las consultas, destinando más recursos a actuaciones que no se habían
identificado como prioritarias.
2) Las Bases Reguladoras (BBRR) presentaron imprecisiones, incoherencias y no incluyeron
aspectos contenidos en la Ordenanza General de Subvenciones de la DP de Badajoz en
relación con suministro de información de las actuaciones, la justificación de su ejecución, el
periodo durante el que debían destinarse al fin para el cual se concedió la subvención, así
como falta de concreción de la fase del procedimiento de las potenciales actuaciones
financiables.
cve: BOE-A-2025-13716
Verificable en https://www.boe.es
Al objeto de lograr una mayor reactivación económica con efectos perdurables en el tiempo,
podría haber sido oportuno que el Plan hubiese destinado una mayor cantidad de recursos a
las actuaciones identificadas como más prioritarias, como la promoción y dinamización
cultural, comercial y turística, frente al sector construcción, al que se destinaron el 40 % de
los recursos.
Núm. 160
Viernes 4 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 89225
III. CONCLUSIONES
El Plan de reactivación económica y social, Diputación Suma+ (Plan Suma), de la Diputación (DP) de
Badajoz, se enmarca entre las medidas extraordinarias adoptadas por las Administraciones
públicas encaminadas a proteger y dar soporte al tejido productivo y social, con objeto de minimizar
los impactos negativos derivados de la pandemia SARS-CoV-2 (COVID-19).
Fue aprobado el 5 de junio de 2020, teniendo como principal objetivo contribuir de forma decisiva a
la reactivación económica en la provincia, la creación de empleo, la recuperación de los sectores
productivos y de las actividades culturales y sociales, el comercio local, la construcción, así como la
atención a los colectivos más vulnerables.
La ejecución del Plan inicialmente debía finalizar el 30 de junio de 2021, pero fue objeto de sucesivas
prórrogas, algunas de ellas “improrrogables”. A 1 de septiembre 2023, 26 meses después de la fecha
inicial prevista para su finalización, no había concluido el plazo para la ejecución y justificación por
los beneficiarios de las actuaciones financiadas con los recursos del Plan.
El número de beneficiarios pendiente de justificar las actuaciones desarrolladas ascendía a 24, de
los que 23 eran municipios y 1 ELM, que habían recibido un importe significativo de los recursos del
Plan, el 39 % del total, 7.778.150 euros y se habían comprometido a aportar 3.992.787 euros por su
cuota de corresponsabilidad. En la medida en que se la justificación global de las ayudas se exige a
la finalización de la totalidad de las actuaciones, la DP desconoce su estado concreto de ejecución y
las actuaciones pendientes.
III.1. REFERIDAS A LA TRAMITACIÓN Y GESTIÓN DEL PLAN SUMA (SUBAPARTADO II.2)
III.1.1. Referidas al diseño del Plan y a las deficiencias de las Bases Reguladoras (Epígrafe
II.2.1)
1) Se realizaron consultas al tejido productivo y a las EELL de la provincia para el diseño del
Plan; sin embargo, la estructura de este no se ajustó en su totalidad a los resultados
obtenidos en las consultas, destinando más recursos a actuaciones que no se habían
identificado como prioritarias.
2) Las Bases Reguladoras (BBRR) presentaron imprecisiones, incoherencias y no incluyeron
aspectos contenidos en la Ordenanza General de Subvenciones de la DP de Badajoz en
relación con suministro de información de las actuaciones, la justificación de su ejecución, el
periodo durante el que debían destinarse al fin para el cual se concedió la subvención, así
como falta de concreción de la fase del procedimiento de las potenciales actuaciones
financiables.
cve: BOE-A-2025-13716
Verificable en https://www.boe.es
Al objeto de lograr una mayor reactivación económica con efectos perdurables en el tiempo,
podría haber sido oportuno que el Plan hubiese destinado una mayor cantidad de recursos a
las actuaciones identificadas como más prioritarias, como la promoción y dinamización
cultural, comercial y turística, frente al sector construcción, al que se destinaron el 40 % de
los recursos.