Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2025-13716)
Resolución de 20 de marzo de 2025, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización del Plan de Reactivación económica y social, Diputación Suma+, de la Diputación Provincial de Badajoz, ejercicios 2020 a 2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 160
Viernes 4 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 89223
•
Los ayuntamientos de Almendralejo, Azuaga, Castuera, Jerez de los Caballeros, Los Santos
de Maimona, Montemolín143 y Olivenza no publicaban información referida a sus cuentas
generales.
•
Los ayuntamientos de Azuaga, Castuera, Don Benito, Olivenza y Zafra no tenían publicada
información sobre la celebración de encomiendas de gestión.
•
Todas las entidades, excepto los Ayuntamientos de Jerez de Los Caballeros, Los Santos de
Maimona, Olivenza y Zafra tenían publicada la relación de los bienes inmuebles de su
propiedad o sobre los que ostentaban algún derecho real.
•
Ninguna de las entidades tenía publicada información estadística para valorar el grado de
cumplimiento y calidad de los servicios públicos de su competencia.
II.4.2. Evolución en la publicidad activa
En el Informe de fiscalización del cumplimiento de la Ley 19/2013, de transparencia, acceso a la
información pública y buen gobierno en las Entidades Locales, aprobado por el pleno del Tribunal de
Cuentas el 22 de diciembre de 2020, se pusieron de manifiesto deficiencias en la publicidad que
realizan las entidades locales que dieron lugar a la formulación de recomendaciones dirigidas a los
responsables de las entidades locales para su mejora.
•
La DP de Badajoz ha mejorado en la publicación de información de relevancia jurídica, así
como las declaraciones anuales de bienes y actividades de las personas representantes
locales.
•
El Ayuntamiento de Almendralejo también ha mejorado en la publicidad de la información de
relevancia jurídica publicada y en la referida al ejercicio del derecho de acceso a la
información.
•
El Ayuntamiento de Badajoz cuenta ahora, a diferencia con lo que ocurría en el momento de
realización de la indicada fiscalización, con un portal de transparencia y una sede electrónica.
Además, presentaba mejoras en la publicidad de las retribuciones de su presidente y del resto
de miembros de sus órganos de gobierno y de la información presupuestaria.
•
El Ayuntamiento de Don Benito mejora en la publicidad de su RPT, de sus principales partidas
presupuestaria, de las indemnizaciones percibidas en el caso de abandono del cargo y de la
143
El Ayuntamiento de Montemolín incluyó un enlace en su Portal de Transparencia a la Plataforma de Rendición de
Cuentas tras la remisión del Anteproyecto de Informe para sus alegaciones.
144
No se pudo verificar el contenido del portal de transparencia del Ayuntamiento de Azuaga por no estar operativo en el
momento de realizar las comprobaciones.
cve: BOE-A-2025-13716
Verificable en https://www.boe.es
De las entidades analizadas, ocho de ellas fueron también incluidas en el ámbito subjetivo de la citada
fiscalización. Sin que el objeto de la presente actuación fiscalizadora haya sido la realización de un
seguimiento de las recomendaciones formuladas en la citada actuación, se ha evaluado el estado de
algunas de las deficiencias detectadas, observándose, en términos generales, en todas ellas, excepto
en el Ayuntamiento de Castuera y en la ELM de Gargáligas, que continuaba sin tener portal de
transparencia, un mayor grado de cumplimiento de los principios de transparencia con respecto a la
actuación fiscalizadora anterior144:
Núm. 160
Viernes 4 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 89223
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Los ayuntamientos de Almendralejo, Azuaga, Castuera, Jerez de los Caballeros, Los Santos
de Maimona, Montemolín143 y Olivenza no publicaban información referida a sus cuentas
generales.
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Los ayuntamientos de Azuaga, Castuera, Don Benito, Olivenza y Zafra no tenían publicada
información sobre la celebración de encomiendas de gestión.
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Todas las entidades, excepto los Ayuntamientos de Jerez de Los Caballeros, Los Santos de
Maimona, Olivenza y Zafra tenían publicada la relación de los bienes inmuebles de su
propiedad o sobre los que ostentaban algún derecho real.
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Ninguna de las entidades tenía publicada información estadística para valorar el grado de
cumplimiento y calidad de los servicios públicos de su competencia.
II.4.2. Evolución en la publicidad activa
En el Informe de fiscalización del cumplimiento de la Ley 19/2013, de transparencia, acceso a la
información pública y buen gobierno en las Entidades Locales, aprobado por el pleno del Tribunal de
Cuentas el 22 de diciembre de 2020, se pusieron de manifiesto deficiencias en la publicidad que
realizan las entidades locales que dieron lugar a la formulación de recomendaciones dirigidas a los
responsables de las entidades locales para su mejora.
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La DP de Badajoz ha mejorado en la publicación de información de relevancia jurídica, así
como las declaraciones anuales de bienes y actividades de las personas representantes
locales.
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El Ayuntamiento de Almendralejo también ha mejorado en la publicidad de la información de
relevancia jurídica publicada y en la referida al ejercicio del derecho de acceso a la
información.
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El Ayuntamiento de Badajoz cuenta ahora, a diferencia con lo que ocurría en el momento de
realización de la indicada fiscalización, con un portal de transparencia y una sede electrónica.
Además, presentaba mejoras en la publicidad de las retribuciones de su presidente y del resto
de miembros de sus órganos de gobierno y de la información presupuestaria.
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El Ayuntamiento de Don Benito mejora en la publicidad de su RPT, de sus principales partidas
presupuestaria, de las indemnizaciones percibidas en el caso de abandono del cargo y de la
143
El Ayuntamiento de Montemolín incluyó un enlace en su Portal de Transparencia a la Plataforma de Rendición de
Cuentas tras la remisión del Anteproyecto de Informe para sus alegaciones.
144
No se pudo verificar el contenido del portal de transparencia del Ayuntamiento de Azuaga por no estar operativo en el
momento de realizar las comprobaciones.
cve: BOE-A-2025-13716
Verificable en https://www.boe.es
De las entidades analizadas, ocho de ellas fueron también incluidas en el ámbito subjetivo de la citada
fiscalización. Sin que el objeto de la presente actuación fiscalizadora haya sido la realización de un
seguimiento de las recomendaciones formuladas en la citada actuación, se ha evaluado el estado de
algunas de las deficiencias detectadas, observándose, en términos generales, en todas ellas, excepto
en el Ayuntamiento de Castuera y en la ELM de Gargáligas, que continuaba sin tener portal de
transparencia, un mayor grado de cumplimiento de los principios de transparencia con respecto a la
actuación fiscalizadora anterior144: