Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2025-13715)
Resolución de 20 de marzo de 2025, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización del Plan de Fomento de la Lectura 2017-2020 y su incidencia en la consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 160
Viernes 4 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 89071
Cuadro 13. Criterios de valoración de la subvención promoción de la lectura y las
letras españolas (convocatorias 2017-2020)
CRITERIOS DE VALORACIÓN
PUNTUACIÓN MÁXIMA SEGÚN CONVOCATORIAS
2017
2018
2019
2020
Trayectoria cultural acreditada
15
15
--
--
Relevancia e interés del proyecto en el impacto en
fomento lectura, pertinencia del presupuesto, originalidad
60
60
55
55
15
15
10
10
15
15
Impacto en grupos de atención preferente (población
infantil, adolescente y juvenil)
Impacto en otros grupos de atención preferente (sectores
más desfavorecidos) y relaciones y sinergias con la
comunidad *
Centenarios y efemérides
Alcance supra autonómico del proyecto (mínimo 3
CCAA) **
Puntuación máxima
5
5
--
--
10
10
15
15
100
100
100
100
Fuente: Elaboración propia a partir de información extraída de las convocatorias de la subvención 2017-2020
* En 2017 no se desglosa este punto. En 2018 y 2019 engloba a personas con discapacidad, mayores, enfermos,
inmigrantes y población reclusa. En 2020 añade a mujeres víctimas de violencia de género.
** En 2019 y 2020 se valoran especialmente los proyectos que fomenten la comunicación entre las diferentes lenguas
del Estado.
A la vista de los datos anteriores, se pone de manifiesto que los criterios están enunciados de manera
general y se les asigna una puntuación global, sin que exista una división en subcriterios valorados
individualmente, ni tampoco manual de procedimiento interno que explique cómo deben aplicarse los
criterios o sobre cómo resolver dentro del rango de puntuación, lo que hace difícil asegurar una
objetividad y homogeneidad a la hora de valorar los distintos proyectos tal como establece el artículo
17.3.e) de la LGS.
En este sentido, el criterio de “relevancia e interés del proyecto en el fomento de la lectura y/o
conocimiento de las letras españolas, pertinencia del presupuesto y originalidad” resulta un criterio
ambiguo, difícil de valorar con un margen amplio de puntuación (Entre el 55 % y el 60 % de la
puntuación total).
Este aspecto tiene como consecuencia que proyectos con contenidos prácticamente idénticos sean
valorados de manera diferente de una convocatoria a otra. En este sentido, se han observado
diferencias de puntuación entre convocatorias, para proyectos para los que se ha solicitado la
subvención de manera recurrente entre 2017 y 2020. Al menos cincuenta proyectos, muy similares o
con diferencias poco relevantes presentan de un año a otro una variación de puntuaciones superior
al 30 % en dos o más criterios.
-
Impacto en el fomento de la lectura: encontrándose diferencias de hasta 25 puntos (un 40 %
de la puntuación del criterio) entre una convocatoria y otra para proyectos prácticamente
iguales.
cve: BOE-A-2025-13715
Verificable en https://www.boe.es
Los criterios con diferencias más significativas de un periodo a otro son:
Núm. 160
Viernes 4 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 89071
Cuadro 13. Criterios de valoración de la subvención promoción de la lectura y las
letras españolas (convocatorias 2017-2020)
CRITERIOS DE VALORACIÓN
PUNTUACIÓN MÁXIMA SEGÚN CONVOCATORIAS
2017
2018
2019
2020
Trayectoria cultural acreditada
15
15
--
--
Relevancia e interés del proyecto en el impacto en
fomento lectura, pertinencia del presupuesto, originalidad
60
60
55
55
15
15
10
10
15
15
Impacto en grupos de atención preferente (población
infantil, adolescente y juvenil)
Impacto en otros grupos de atención preferente (sectores
más desfavorecidos) y relaciones y sinergias con la
comunidad *
Centenarios y efemérides
Alcance supra autonómico del proyecto (mínimo 3
CCAA) **
Puntuación máxima
5
5
--
--
10
10
15
15
100
100
100
100
Fuente: Elaboración propia a partir de información extraída de las convocatorias de la subvención 2017-2020
* En 2017 no se desglosa este punto. En 2018 y 2019 engloba a personas con discapacidad, mayores, enfermos,
inmigrantes y población reclusa. En 2020 añade a mujeres víctimas de violencia de género.
** En 2019 y 2020 se valoran especialmente los proyectos que fomenten la comunicación entre las diferentes lenguas
del Estado.
A la vista de los datos anteriores, se pone de manifiesto que los criterios están enunciados de manera
general y se les asigna una puntuación global, sin que exista una división en subcriterios valorados
individualmente, ni tampoco manual de procedimiento interno que explique cómo deben aplicarse los
criterios o sobre cómo resolver dentro del rango de puntuación, lo que hace difícil asegurar una
objetividad y homogeneidad a la hora de valorar los distintos proyectos tal como establece el artículo
17.3.e) de la LGS.
En este sentido, el criterio de “relevancia e interés del proyecto en el fomento de la lectura y/o
conocimiento de las letras españolas, pertinencia del presupuesto y originalidad” resulta un criterio
ambiguo, difícil de valorar con un margen amplio de puntuación (Entre el 55 % y el 60 % de la
puntuación total).
Este aspecto tiene como consecuencia que proyectos con contenidos prácticamente idénticos sean
valorados de manera diferente de una convocatoria a otra. En este sentido, se han observado
diferencias de puntuación entre convocatorias, para proyectos para los que se ha solicitado la
subvención de manera recurrente entre 2017 y 2020. Al menos cincuenta proyectos, muy similares o
con diferencias poco relevantes presentan de un año a otro una variación de puntuaciones superior
al 30 % en dos o más criterios.
-
Impacto en el fomento de la lectura: encontrándose diferencias de hasta 25 puntos (un 40 %
de la puntuación del criterio) entre una convocatoria y otra para proyectos prácticamente
iguales.
cve: BOE-A-2025-13715
Verificable en https://www.boe.es
Los criterios con diferencias más significativas de un periodo a otro son: