Ministerio de Defensa. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Convenio. (BOE-A-2025-13391)
Resolución 420/38299/2025, de 24 de junio, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad Politécnica de Cartagena, para la realización de prácticas académicas tuteladas en dependencias del Arsenal de Cartagena.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 157
Martes 1 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 86783
Segundo.
Es de interés mutuo establecer un marco de colaboración educativa y tecnológica en
materia de prácticas tuteladas, al amparo del Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por
el que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes.
Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente convenio, que se regirá por
las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
El presente convenio tiene como objeto facilitar la realización de prácticas externas
en el Arsenal de Cartagena (ARCART), de aquellos estudiantes de la Universidad
Politécnica de Cartagena que hayan superado el 50 % del total de créditos necesarios
para obtener el título universitario al que estén optando.
Los estudiantes beneficiarios de las prácticas habrán de estar cursando estudios de
alguna de las titulaciones oficiales que se imparten en la UPCT, en otras universidades
en virtud de programas nacionales de movilidad nacional o internacional, o estar
matriculados en títulos propios o máster no oficial que imparta la UPCT. Será requisito
estar inscritos en el portal web por el que se gestionan las prácticas en la UPCT.
Segunda. Aportaciones de las Partes.
El MDEF se compromete a:
La UPCT se compromete a:
a) Informar al ARCART de todos aquellos aspectos relacionados con el protocolo
propio y la normativa vigente relativa a las prácticas externas de estudiantes
universitarios.
b) Poner a disposición del ARCART aquellos medios necesarios para realizar las
actividades objeto de este convenio o que se acuerden en la Comisión Mixta de
cve: BOE-A-2025-13391
Verificable en https://www.boe.es
a) Poner a disposición de la UPCT las instalaciones apropiadas para la realización
de las prácticas, dentro de las existentes en el ARCART, para poder atender
adecuadamente a un máximo de seis alumnos de manera simultánea durante toda la
duración del convenio.
b) Respetar los plazos de incorporación de los estudiantes, según el plan de
prácticas de la Universidad.
c) Velar para que las tareas realizadas por el estudiante se atengan a lo reflejado
en el proyecto formativo.
d) Intercambiar información, sin clasificación de seguridad, relativa a la
organización, estructura y funcionamiento del ARCART, con el fin de fomentar el
conocimiento mutuo.
e) Informar al estudiante en prácticas acerca de las normas internas y protocolo en
materia de prevención de riesgos laborales.
f) Designar un tutor profesional de la plantilla del ARCART, que será el encargado
de mantener las relaciones de la entidad con cada estudiante, su tutor académico y el
Servicio Integral de Prácticas y Empleo de la UPCT (SIPEM). El tutor del ARCART queda
obligado al cumplimiento del Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan
las prácticas académicas externas de los estudiantes y de la normativa que regula las
prácticas externas de estudiantes universitarios en general y la específica de la UPCT.
Asimismo, podrá solicitar al SIPEM la expedición de un certificado en el que se le
reconozca su labor tutorial.
Núm. 157
Martes 1 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 86783
Segundo.
Es de interés mutuo establecer un marco de colaboración educativa y tecnológica en
materia de prácticas tuteladas, al amparo del Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por
el que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes.
Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente convenio, que se regirá por
las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
El presente convenio tiene como objeto facilitar la realización de prácticas externas
en el Arsenal de Cartagena (ARCART), de aquellos estudiantes de la Universidad
Politécnica de Cartagena que hayan superado el 50 % del total de créditos necesarios
para obtener el título universitario al que estén optando.
Los estudiantes beneficiarios de las prácticas habrán de estar cursando estudios de
alguna de las titulaciones oficiales que se imparten en la UPCT, en otras universidades
en virtud de programas nacionales de movilidad nacional o internacional, o estar
matriculados en títulos propios o máster no oficial que imparta la UPCT. Será requisito
estar inscritos en el portal web por el que se gestionan las prácticas en la UPCT.
Segunda. Aportaciones de las Partes.
El MDEF se compromete a:
La UPCT se compromete a:
a) Informar al ARCART de todos aquellos aspectos relacionados con el protocolo
propio y la normativa vigente relativa a las prácticas externas de estudiantes
universitarios.
b) Poner a disposición del ARCART aquellos medios necesarios para realizar las
actividades objeto de este convenio o que se acuerden en la Comisión Mixta de
cve: BOE-A-2025-13391
Verificable en https://www.boe.es
a) Poner a disposición de la UPCT las instalaciones apropiadas para la realización
de las prácticas, dentro de las existentes en el ARCART, para poder atender
adecuadamente a un máximo de seis alumnos de manera simultánea durante toda la
duración del convenio.
b) Respetar los plazos de incorporación de los estudiantes, según el plan de
prácticas de la Universidad.
c) Velar para que las tareas realizadas por el estudiante se atengan a lo reflejado
en el proyecto formativo.
d) Intercambiar información, sin clasificación de seguridad, relativa a la
organización, estructura y funcionamiento del ARCART, con el fin de fomentar el
conocimiento mutuo.
e) Informar al estudiante en prácticas acerca de las normas internas y protocolo en
materia de prevención de riesgos laborales.
f) Designar un tutor profesional de la plantilla del ARCART, que será el encargado
de mantener las relaciones de la entidad con cada estudiante, su tutor académico y el
Servicio Integral de Prácticas y Empleo de la UPCT (SIPEM). El tutor del ARCART queda
obligado al cumplimiento del Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan
las prácticas académicas externas de los estudiantes y de la normativa que regula las
prácticas externas de estudiantes universitarios en general y la específica de la UPCT.
Asimismo, podrá solicitar al SIPEM la expedición de un certificado en el que se le
reconozca su labor tutorial.